BOLETÍN Nº 182 - 17 de agosto de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 2147E/2020, de 20 de julio, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se modifica la Resolución 2296/2018, de 20 de agosto, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se regula la convocatoria de subvenciones para la creación y promoción de empresas de economía social.

Por Resolución 2296/2018, de 20 de agosto, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, se regula la convocatoria de subvenciones para la creación y promoción de empresas de economía social.

Por Resolución 37E/2020, de 6 de febrero, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare se autoriza el gasto de la convocatoria de la subvención “Subvenciones para la creación y promoción de empresas de economía social”.

Uno de los objetos de esta convocatoria consiste en fomentar el mantenimiento de las empresas de economía social a través de la realización de asistencias técnicas a empresas de economía social. Entre las entidades beneficiarias recogidas en estas bases no se encuentran las Cooperativas del Sector agrario.

Sin embargo, éstas, forman parte de las entidades de la economía social que contribuyen al crecimiento económico sostenible y al empleo estable y de calidad. Con la modificación que ahora se propone, se consigue dar el mismo tratamiento que al resto de las empresas de economía social beneficiarias detalladas en las base 3.1b.

En consecuencia, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 del Decreto Foral 302/2019, de 6 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.

RESUELVO:

1. Modificar la Resolución 2296/2018, de 20 de agosto, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, se regula la convocatoria de subvenciones para la creación y promoción de empresas de economía social, en los siguientes términos:

1.1.–Añadir a la base 2.ª punto 2 a) microcooperativas o cooperativas agrarias.

1.2.–Añadir a la base 3.ª punto 1 b) la categoría de Cooperativas del Sector agrario.

1.3.–Suprimir el punto 3 de la base 3.ª

1.4.–Modificar la base 17.ª que queda redactada de la siguiente forma:

“Las subvenciones recogidas en esta convocatoria que tengan como beneficiarias a empresas, directa o indirectamente, están sometidas al régimen de “minimis” en los términos establecidos en el Reglamento (UE) N.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado del Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

Las subvenciones recogidas en esta convocatoria que tengan como beneficiarias a Cooperativas del Sector Agrario están sometidas al régimen de “minimis” en los términos establecidos en el Reglamento (UE) N.º 1408/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 el Tratado del Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3. Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Derechos Sociales, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 20 de julio de 2020.–La Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Mirian Martón Pérez.

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