BOLETÍN Nº 18 - 28 de enero de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

DONEZTEBE/SANTESTEBAN

Suspensión del otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos, edificación y demolición relativas o relacionadas con el uso comercial minorista, en los siguientes ámbitos y suelos del Plan Municipal con uso característico distinto al residencial:
UC-6, UN-3, UN-7, UN-8, AR-4 y AR-5

Con objeto de dar cumplimiento al mandato legal establecido en artículo 18 de la Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del Comercio en Navarra, y de ordenar el uso comercial minorista en el municipio de acuerdo con los principios rectores y los principios recogidos en los artículos 16 y 17 de dicha Ley Foral, en especial la obligación de cumplir los principios legales de respetar y garantizar la condición de “dotación complementaria y unida de los usos residenciales y las actividades comerciales”, así como el principio de “Potenciación de un modelo de ciudad en el que exista una armonía entre los usos residenciales y las actividades comerciales”, principios que comparte el Ayuntamiento de Doneztebe a los efectos de la planificación y ordenación de los distintos usos urbanísticos, y, en especial, de los usos residencial y comercial minorista.

Considerando la obligatoriedad establecida por la Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del Comercio en Navarra, de que los Planes Generales Municipales de las entidades locales deben contar con Planes de Atracción y Ordenación Comercial (PAOC). A este respecto, el Ayuntamiento de Doneztebe, junto con los Ayuntamientos de Baztan, Lesaka y Bera, ha iniciado un proceso de reflexión para poder tramitar y aprobar un PAOC de carácter comarcal, o el instrumento de ordenación del uso comercial correspondiente, que pueda incorporarse y formar parte del Plan General Municipal de Doneztebe, con objeto de dar cumplimiento a la obligación de incluir en el Planeamiento General Municipal un Plan de Atracción y Ordenación Comercial.

Al objeto de cumplir los indicados mandatos legales, es de interés del Ayuntamiento de Doneztebe, ordenar el uso comercial minorista en el municipio de acuerdo con los principios rectores y los principios recogidos en los artículos 16 y 17 de dicha Ley Foral, y de, este modo, ordenar el uso comercial minorista en el municipio de tal manera que garantice la relación de dotación complementaria y unida de los usos residenciales y las actividades comerciales, ordenando y autorizando el uso comercial minorista exclusivamente en suelos urbanos o urbanizables con un uso residencial dominante, y para ello, asimismo tramitar y aprobar un Plan de Atracción y Ordenación Comercial (PAOC) de carácter comarcal, o el instrumento de ordenación del uso comercial correspondiente, que pueda incorporarse y formar parte del Plan General Municipal de Doneztebe.

Con el fin de estudiar la forma de cumplir los anteriormente indicados objetivos, el Ayuntamiento de Doneztebe-Santesteban, previamente a la aprobación inicial, en su caso, de la correspondiente modificación del Plan General Municipal que corresponda, en sesión ordinaria del Pleno de fecha 20 de noviembre de 2019 acordó, por unanimidad, al amparo de lo dispuesto en el artículo 70 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, la suspensión del otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos, edificación y demolición relativas o relacionadas con el uso comercial minorista, en los siguientes ámbitos y suelos del Plan Municipal de Doneztebe con uso característico distinto al residencial, que se someten, en lo que respeta al uso comercial minorista, a partir de esta aprobación al régimen de suspensión de licencias:UC-6, UN-3, UN-7, UN-8, AR-4 y AR-5.

El texto de la parte dispositiva del acuerdo adoptado en sesión ordinaria del Pleno de fecha 20 de noviembre de 2019, es el siguiente:

“1.º Al amparo de lo dispuesto en el artículo 70 del DFL 1/2017, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, acordar la suspensión del otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos, edificación y demolición relativas o relacionadas con el uso comercial minorista, en los siguientes ámbitos y suelos del Plan Municipal de Doneztebe con uso característico distinto al residencial: UC-6, UN-3, UN-7, UN-8, AR-4 y AR-5.

2.º Someter el presente acuerdo a publicación en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios municipales y en los diarios editados en la Comunidad Foral de Navarra.

3.º Contra el presente acuerdo podrá interponerse, optativamente, alguno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de este acuerdo.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de notificación de este acuerdo.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo.”

Lo que se publica para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 70.1 del Decreto Foral Legislativo 1/2017 y general conocimiento, con la salvedad del artículo 206 del R.O.F.

Doneztebe-Santesteban, 20 de noviembre de 2019.–El Alcalde, Santiago Uterga Labiano.

Código del anuncio: L1916518