BOLETÍN Nº 18 - 28 de enero de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

RONCAL

Tasas y tipos de gravamen para 2020

El Pleno del Ayuntamiento de Roncal/Erronkari, en sesión extraordinaria celebrada el día 20 de diciembre de 2019 y al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra adoptó el siguiente acuerdo relativo a los ingresos tributarios y precios públicos que regirán a partir del 1 de enero de 2020:

1.º Impuestos de exacción obligatoria. Se aprueban los tipos de gravamen, coeficientes e índices que se detallan a continuación: (Se mantienen los tipos de gravamen del año anterior y se unifica la contribución):

–Contribución territorial: 0,40%.

–Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: 4,5%.

–Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, aplicar los porcentajes máximos establecidos en el artículo 175 de la Ley Foral 2/1995. Tipo de gravamen: 18%.

–Impuesto de actividades económicas: índice 1,4.

2.º Tarifas y cuotas del resto de tasas y precios públicos. Se acuerda mantener las mismas tasas y precios públicos vigentes durante el año 2019, con la siguiente modificación:

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 6: REGULADORA DE LAS TASAS POR APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DEL SUELO, VUELO Y SUBSUELO DE LA VÍA PÚBLICA Y TERRENOS DEL COMÚN DE RONCAL

Epígrafe I.–Aprovechamientos especiales en el suelo.

I.3. Otros aprovechamientos para actividades como casetas y barracas en ferias y fiestas, puestos de ventas y espectáculos o de recreo de cualquier clase, por puesto (6 metros lineales): Tarifa anual: 33,50 euros. Tarifa semestral: 20,00 euros. Tarifa trimestral: 11,50 euros. Tarifa diaria: 2,50 euros.

Durante las fiestas patronales de agosto la tarifa diaria será de 10 euros, salvo que la adjudicación sea efectuada por subasta.

3.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Roncal/Erronkari, para general conocimiento de la ciudadanía.

Contra este acuerdo puede interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a esta notificación, pudiendo no obstante interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo; o bien

b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a esta notificación.

Roncal/Erronkari, 23 de diciembre de 2019.–La Alcaldesa, Amparo Viñuales Gale.

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