BOLETÍN Nº 175 - 7 de agosto de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 37/2020, de 6 de agosto, de la Consejera de Salud, por la que se prorrogan las medidas establecidas en el Título I del Decreto-ley Foral 7/2020, de 22 de julio, por el que se aprueban las medidas preventivas extraordinarias para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19), una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Con fecha 22 de julio, se aprobó el Decreto-ley Foral 7/2020, de 22 de julio, por el que se aprueban medidas preventivas extraordinarias para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19), una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Dicho decreto-ley foral fue publicado el 23 de julio de 2020 en el Boletín Oficial de Navarra número 163 y convalidado por el Parlamento de Navarra con fecha 30 de julio de 2020.

El Título I del citado decreto-ley foral contempla medidas extraordinarias en el ámbito del ocio nocturno como la limitación del horario de cierre a las 2:00 horas de determinados establecimientos dedicados a espectáculos públicos y actividades recreativas y de sociedades gastronómicas y peñas. Asimismo, también se establecen limitaciones con respecto a las ocupaciones máximas por mesa o grupos de mesas, y limitaciones relacionadas con celebraciones de convivencia y ocio en espacios públicos.

En la disposición adicional segunda, punto 1, de la citada norma se habilita a la persona titular del Departamento de Salud para que, siempre que se justifique en motivos de la evolución sanitaria y de acuerdo con lo señalado en el informe que al respecto se emita por el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, pueda prorrogar por períodos de 15 días naturales, las medidas establecidas en el Título I de este decreto-ley foral.

Según el informe del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, el número de casos confirmados por semana ha ido aumentando progresivamente desde la semana del 6 al 12 de julio hasta la semana del 20 al 25 de julio. Este aumento es debido fundamentalmente al tramo de edad de 15 a 34 años en estas cuatro últimas semanas. Asimismo, en este momento, hay 53 brotes activos, estando los de mayor tamaño relacionados con eventos sociales y de ocio, sobre todo nocturno. En algunos brotes de gran tamaño el 76% de las personas tienen entre 15 y 29 años. La situación, por tanto, sigue siendo frágil y requiere todo el esfuerzo del sistema sanitario y de la población para contener brotes y atajar las cadenas de contagios que puedan darse. En consecuencia, a la vista de los datos y de experiencias de los brotes que se han dado con alto número de casos, se considera necesario prorrogar las medidas del Título I del Decreto-ley Foral 7/2020, de 22 de julio, por el que se aprueban las medidas preventivas extraordinarias para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19), una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

En virtud, del artículo 2.2 de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud,

ORDENO:

1.º Prorrogar por un período de 15 días naturales las medidas establecidas en el Título I del Decreto Ley Foral 7/2020, de 22 de julio, por el que se aprueban las medidas preventivas extraordinarias para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19), una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

2.º Esta orden foral tendrá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 6 de agosto de 2020.–La Consejera de Derechos Sociales, María Carmen Maeztu Villanueva (Firma por suplencia, de conformidad con el Decreto Foral 19/2020, de 31 de julio, de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra).

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