BOLETÍN Nº 170 - 3 de agosto de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TIEBAS

Aprobación definitiva de modificación del reglamento de régimen interno del Polideportivo-Piscinas

La Junta del Concejo de Tiebas, en sesión celebrada el día 16 de diciembre de 2019 aprobó inicialmente la modificación del Reglamento de Régimen Interno del Polideportivo-Piscinas del Concejo de Tiebas, relativa a los artículos 8.-2, 20.-1, 20.-2, 22-1 y 22.-4 del mismo.

De conformidad con el contenido de los artículos 325 y concordantes de la Ley Foral 6/1990 de Administración Local de Navarra el Expediente el expediente se sometió al trámite de Información Pública mediante la publicación del presente acuerdo de aprobación inicial en el Boletín Oficial de Navarra número 26 de fecha de 07/02/20 y en el tablón de anuncios del Concejo por el plazo de treinta días hábiles, para que los vecinos e interesados legítimos pudieran examinar el Expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

Durante dicho plazo no se han presentado ni recibido alegaciones al Expediente, por lo que se entiende aprobado definitivamente el texto de la modificación, procediéndose ahora a la publicación del correspondiente anuncio y del texto íntegro de la modificación en el Boletín Oficial de Navarra.

Tiebas, 29 de junio de 2020.–La Presidenta, Leire Martínez Carneiro.

REGLAMENTO RÉGIMEN INTERNO DEL POLIDEPORTIVO-PISCINAS CASTILLO DE TIEBAS

CAPÍTULO II

De la apertura y cierre de las instalaciones

Artículo 8. El Polideportivo-Piscinas Castillo de Tiebas estará abierto durante el periodo estival.

8.1. Los periodos en los que la instalación permanecerá cerrada serán, como normal general, del 15 de septiembre al 15 de junio, pudiendo variar las fechas de apertura y cierre de estos bajo la determinación del Concejo de Tiebas.

8.2. Horario en el periodo estival:

  • Baño en las piscinas de 11:00 a 20:30 horas.
  • Uso de Pistas de 11:00 a 22:00 horas.

–Para poder utilizar las pistas fuera del horario de baño (a partir de las 20:30 horas) deberá reservarse previamente.

8.3. Al margen de lo dispuesto en los puntos anteriores, el Concejo de Tiebas podrá determinar los periodos en los que permanecerá cerrado el el Polideportivo-Piscinas Castillo de Tiebas, así como los horarios de apertura al público.

Artículo 20. Pistas de tenis y polideportiva.

20.1. Para el uso de la pista de tenis y polideportiva se seguirán las siguientes reglas:

–Los abonados podrán reservar hora con 2 días de antelación, los demás con 1 día.

–La reserva máxima serán de 1 hora al día.

–Si hubiera personas esperando a jugar, no se podrá permanecer jugando más de 1 hora.

–Si hubiera actividades organizadas por el Concejo o por la empresa que gestiona las instalaciones, estas tendrán prioridad frente a las posibles reservas.

20.2. La pista de tenis y la polideportiva podrá alquilarse independientemente del resto de las instalaciones, como se indica en el punto anterior, con un día de antelación por aquellos usuarios que no son abonados y quieran hacer un uso exclusivamente de las mismas. El precio por hora será de 10 euros/hora, y dará derecho al uso de duchas y vestuarios. En caso de utilizar los focos de luz, el precio se incrementará en 2,00 euros/hora.

20.3. Está prohibida la entrada con zapatos a las pistas.

Artículo 22. Gimnasio.

22.1. Toda persona que quiera utilizar el gimnasio deberá contar con el correspondiente abono de las piscinas durante el periodo estival o bien obtener el correspondiente abono “Gimnasio 2 Instalaciones Piscinas de Tiebas” o “Gimnasio Doble” cuyos precios son los siguientes:

22.1.1. Abonos Local “Gimnasio 2 Instalaciones Piscinas Tiebas”.

VECINOS

NO EMPADRONADOS

EDAD

ANUAL
(euros)

SEMESTRAL
(euros)

ANUAL
(euros)

SEMESTRAL
(euros)

De 16 a 64 años

60

35

100

60

Jubilados Pensionistas

30

20

50

30

22.1.2. Abonos Local “Gimnasio doble”*.

VECINOS

NO EMPADRONADOS

EDAD

ANUAL
(euros)

SEMESTRAL
(euros)

ANUAL
(euros)

SEMESTRAL
(euros)

De 16 a 64 años

100

58

167

100

Jubilados Pensionistas

50

33

83

50

–Estos abonos permiten el uso tanto del Gimnasio del Edificio Concejil como el Gimnasio de las Piscinas.

22.2. Para acceder a dicho espacio deportivo habrá que hacerlo con vestimenta y calzado deportivo adecuado. A los usuarios que no hagan caso de esta norma, se les podrá negar el acceso a dicho espacio deportivo.

22.3. Grupos organizados podrán solicitar el gimnasio para el desarrollo de actividades fuera de las propiamente ofertadas por el Concejo de Tiebas y la empresa gestora fuera del horario establecido para las actividades propias de la instalación. Para ello deberán rellenar una solicitud y obtener el permiso correspondiente.

22.4. Durante el periodo de verano el horario de uso será de 11:00 a 20:30 horas.

El resto del año, si se cuenta con el correspondiente abono “Gimnasio 2 Instalaciones Piscinas Tiebas” o “Gimnasio doble”, el horario será de 07:00 a 21:00 horas.

22.5. El acceso al Gimnasio está permitido para personas mayores de 18 años. Los menores de 16 (inclusive) a 18 (exclusive) deberán contar con la autorización de los padres o persona a su cargo. Los menores de 16 años podrán hacer uso del mismo acompañados de persona responsable.

22.6. Toda persona que acceda al Gimnasio tomará las medidas oportunas para el buen uso de las máquinas de musculación, bicicletas estáticas, etc, existentes; dando cuenta al Concejo de cualquier desperfecto o mal funcionamiento que permita tomar las medidas oportunas para solucionarlo.

El texto de los artículos 8.-2, 20.-1, 20.-2, 22.-1 y 22.-4 corresponde a un Expediente de Modificación aprobado por la Junta del Concejo en fecha de 16 de diciembre 2019.

Código del anuncio: L2006910