BOLETÍN Nº 17 - 27 de enero de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 177/2019, de 4 de diciembre, del Director General de Educación, por la que se modifica la autorización con la que cuenta el Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria “Luis Amigó”, de Mutilva (Aranguren), por la modificación de sus instalaciones, debido al cambio de uso o destino de sus espacios, lo que supone la modificación de la capacidad del centro.

Visto el expediente instruido ante la solicitud de don José Manuel Durá Cervera, en representación de la Congregación de Religiosos Terciarios Capuchinos, titular del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria “Luis Amigó” de Mutilva, para que se autorice con carácter definitivo una nueva línea de Educación Secundaría Obligatoria.

Visto el informe favorable emitido por el Servicio de Infraestructuras Educativas sobre la adecuación de las instalaciones a la legalidad vigente.

Teniendo en cuenta lo establecido por el Decreto Foral 251/1992, de 6 de julio, por el que se establece el procedimiento para la autorización de centros docentes privados que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias en la Comunidad Foral de Navarra.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 32.1 d) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y a propuesta del Servicio de Inspección Educativa,

RESUELVO:

1.º Modificar, con efectos del inicio del curso 2019/20, la autorización con la que cuenta del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria “Luis Amigó” (código de centro: 31000580), de Mutilva (Aranguren), por la modificación de sus instalaciones, debido al cambio de uso o destino de sus espacios, lo que supone la ampliación de la capacidad del centro en 4 unidades (una línea) en Educación Secundaria Obligatoria; con lo que el número total de unidades autorizadas de que dispondrá el centro será de 16 unidades de Educación Secundaria Obligatoria.

2.º Dejar sin efecto, desde el inicio del curso 2019/20, la autorización transitoria de las unidades de Educación Secundaria Obligatoria que tiene autorizadas transitoriamente, por necesidades de escolarización, el centro.

3.º Indicar que la composición jurídica definitiva resultante del Centro será la siguiente:

a) Segundo ciclo de Educación Infantil: 12 unidades con una capacidad máxima de 300 puestos escolares.

b) Educación Primaria: 24 unidades con una capacidad máxima de 600 puestos escolares.

c) Educación Secundaria Obligatoria: 16 unidades con una capacidad máxima de 480 puestos escolares.

d) Bachillerato en las modalidades de Ciencias y Tecnología y de Humanidades y Ciencias Sociales: 4 unidades con una capacidad máxima de 140 puestos escolares.

4.º Recordar que, dado que el centro tiene el carácter de concertado, la puesta en funcionamiento de las nuevas unidades que se autorizan por la presente Resolución, quedará subordinada a lo que disponga la legislación de conciertos al respecto.

5.º Notificar la presente Resolución al titular del centro, indicando que contra la misma puede interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

6.º Trasladar la presente resolución al Servicio de Inspección Educativa y al de Infraestructuras Educativas; a la Sección de Centros Escolares, Financiación y Ayudas al Estudio, y al Registro de Centros Docentes no Universitarios del Gobierno de Navarra.

7.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 4 de diciembre de 2019.–El Director General de Educación, Gil Sevillano González.

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