BOLETÍN Nº 17 - 27 de enero de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 35E/2019, de 18 de diciembre, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba definitivamente la modificación del Plan General Municipal de Oco, en el Sector S-4, promovido por el Ayuntamiento de Oco.

El Ayuntamiento de Oco ha presentado ante el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Mediante Resolución 13E/2019, de 4 de septiembre, del Director General de Medio Ambiente, se formula Informe Ambiental Estratégico favorable de la Modificación Estructurante del Plan Municipal de Oco, Sector S-4, promovida por el Ayuntamiento de Oco. Este informe no contiene determinaciones que precisen incorporarse a la modificación. Dicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 198, de 7 de octubre de 2019.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, se considera procedente su aprobación definitiva.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 262/2019, de 30 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente la modificación del Plan General Municipal de Oco, en el Sector S-4, promovido por el Ayuntamiento de Oco.

2.º Indicar que, respecto a las infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución de la actuación o que pudieran condicionarla, el promotor se proveerá, de modo previo a la ejecución de las obras, de cuantas autorizaciones fueren precisas de los órganos competentes en razón de la materia de que se trate.

En especial, se estará a lo dispuesto al efecto por la Mancomunidad de Montejurra, en su informe de fecha 24 de junio de 2019.

3.º Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.º Notificar esta Orden Foral al Ayuntamiento de Oco, a la Sección de Impacto ambiental y a la Mancomunidad de Montejurra, a los efectos oportunos.

5.º Recordar al Ayuntamiento de Oco el deber de publicar la correspondiente normativa urbanística en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 18 de diciembre de 2019.–El Consejero del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, José María Ayerdi Fernández de Barrena.

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