BOLETÍN Nº 17 - 27 de enero de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 345E/2019, de 15 de diciembre, del Director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático por la que se renueva la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de gestión de residuos, cuyo titular es Áridos Reciclados de Navarra, S.L., ubicada en término municipal de Estella/Lizarra.

Esta instalación dispone de Autorización Ambiental Integrada concedida mediante Resolución 2506/2009, de 14 de diciembre, del Director General de Medio Ambiente y Agua, para centro de almacenamiento temporal de residuos peligrosos y no peligrosos.

Con fecha 13 de noviembre de 2017 el titular solicitó la renovación de la Autorización ambiental integrada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 30 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, aprobado por el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre.

El expediente fue sometido al trámite de información pública durante un período de treinta días, sin que se hubiera presentado alegación alguna.

Con fecha 29 de abril de 2019, se notificó al titular un requerimiento de la Sección de Prevención, Información y Formación en Emergencias del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia en relación con el cumplimiento de las medidas de protección contra incendios en la instalación, que fue respondido por el titular con fecha 9 de julio de 2019.

El expediente ha sido tramitado conforme al procedimiento establecido en el artículo 30 del Reglamento de desarrollo de la Ley 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, aprobado por el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de diez días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución107/2019, de 8 de noviembre, del Director General de Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Renovar la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de gestión de residuos, cuyo titular es Áridos Reciclados de Navarra, S.L., ubicada en término municipal de Estella/Lizarra, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones contempladas en los Anejos de la presente Resolución.

Segundo.–Mantener la vigencia de las autorizaciones de la instalación como centro de transferencia de residuos no peligrosos, inscrita con el número 15G05097040132009, la autorización de la instalación como centro de transferencia de residuos peligrosos, inscrita con el número 15G02097040132009, y la autorización como centro de pretratamiento de residuos, inscribiéndola con el número 15G04097040132019, referentes a producción y gestión de residuos.

Tercero.–En relación con la seguridad contra incendios (Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre), la cantidad de residuos almacenados en la instalación no deberá suponer el incremento del nivel de riesgo intrínseco calculado en la documentación técnica del expediente de concesión de la Autorización Ambiental Integrada.

Cuarto.–El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente Resolución supondrá la adopción de las medidas de disciplina ambiental recogidas en el Título IV del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sectorial, que seguirá siendo aplicable, y subsidiariamente, en el régimen sancionador establecido en el Título VI de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental.

Quinto.–Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Sexto.–Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

Séptimo.–Trasladar la presente Resolución a Áridos Reciclados de Navarra SL y al Ayuntamiento de Estella/Lizarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 15 de diciembre de 2019.–El Director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, Pedro Zuazo Onagoitia.

Nota: Los anexos a que se refiere la presente Resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9 - Planta Baja, Servicio de Economía Circular y Agua; y en el sitio Web del Gobierno de Navarra http://www.navarra.es/home_es/Temas/Medio+Ambiente/Evaluacion+ambiental/Autorizaciones+ambientales/

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