BOLETÍN Nº 166 - 28 de julio de 2020

3. Administración del Estado

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Propuesta de aprobación del canon de regulación del embalse de Itoiz 2021

Con fecha 5 de mayo de 2020 Dirección Técnica de este Organismo ha aprobado propuesta del canon de regulación del embalse de Itoiz 2021 que conforme a lo establecido en el artículo 302 del R.D. 849/1986 de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico (Boletín Oficial del Estado número 103 de 30 de abril), incluye la siguiente propuesta de valores:

A) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores I y II.1 abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 27,9397674620 euros/ha.

B) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores II.2, III, IV.2 y IV.3 abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 28,5374599606 euros/ha.

C) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores IV.1 abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 29,1351524593 euros/ha.

D) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores II.2, III, IV.1-2-4-5, IX y X abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 29,7328449580 euros/ha.

E) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores V, VII y VIII abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 30,3305374566 euros/ha.

F) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores de Regularización 2015 en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 30,9282299553 euros/ha.

G) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores de Regularización 2016 en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 31,5259224540 euros/ha.

H) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra del Sector VI y Regularización Sectores 2017 en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 32,1236149526 euros/ha

I) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra del Sectores XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI y Regularización Sectores 2018 en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 32,7213074513 euros/ha

J) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores XXII-Arga 5, XXII-Arga 6 y Regularización Sectores 2019 en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 34,5143849473 euros/ha

K) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Irati, anterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 2,4368518837 euros/ha.

L) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, anterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 2,0780202050 euros/ha.

M) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Irati, posterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 21,7987139592 euros/ha.

N) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, posterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 14,3202164692 euros/ha.

O) El Eje del Ebro tendrá la consideración de beneficiario de la regulación del Embalse de Itoiz y abonará la cantidad de 42.597,39 euros, dicha cantidad se tendrá en consideración para el cálculo del canon de regulación del embalse del Ebro.

P) Los usuarios hidroeléctricos directos con concesión, en el río Irati, posterior a la construcción del Embalse de Itoiz, que se benefician del caudal superior al de estiaje normal producido por la regulación del embalse, abonarán en concepto de Canon de Regulación la cantidad de 0,0099774710 euros/kWh.

Q) Los usuarios hidroeléctricos fluyentes del Irati con concesión, en el río Irati, posterior a la construcción del Embalse de Itoiz, que se benefician del caudal superior al de estiaje normal producido por la regulación del embalse, abonarán en concepto de Canon de Regulación la cantidad de 0,0053108779 euros/kWh.

R) Los usuarios hidroeléctricos con concesión, en el río Aragón, anterior a la construcción del Embalse de Itoiz y mejorados por su regulación, abonarán en concepto de Canon de Regulación la cantidad de 0,0029103924 euros/kWh.

S) Los usuarios hidroeléctricos apoyo eje del Ebro con concesión, en el río Aragón, anterior a la construcción del Embalse de Itoiz y mejorados por su regulación, abonarán en concepto de Canon de Regulación la cantidad de 0,0008795574 euros/kWh.

T) Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el Canal de Navarra, o desde el río Iratí, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 0,0236786650 euros/m³.

U) Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el río Aragón, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 0,0077258644 euros/m³.

V) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Irati, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 0,0021827943 euros/m³.

W) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Aragón, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de 0,0007346620 euros/m³.

X) El Estado como beneficiario de las Obras (defensa contra avenidas y demás beneficios generales) aportará al Organismo Gestor, en concepto de Canon de Regulación un total de 2.844.219,51 euros.

Lo que se somete a información pública a efecto de que puedan formularse las reclamaciones que procedan ante el señor Presidente de Confederación Hidrográfica del Ebro, dentro del plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra. Durante este periodo podrá examinarse el expediente administrativo mediante comparecencia en la sede del Organismo, sita en Paseo Sagasta 24-28 de Zaragoza.

Zaragoza, 20 de mayo de 2020.–El Director Técnico, Francisco José Hijós Bitrián.

Código del anuncio: E2007196