BOLETÍN Nº 160 - 21 de julio de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MONTEAGUDO

Convocatoria de ayudas de emergencia a particulares y familias tras la crisis que ha generado el COVID-19

En Sesión plenaria celebrada por el pleno municipal el 11 de junio de 2020, se adoptó el siguiente acuerdo:

1.–Aprobar las Bases para la Convocatoria de Ayudas de emergencia a particulares y familias tras la crisis que ha generado el COVID-19.

2.–Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, en el tabón de anuncios del Ayuntamiento de Monteagudo y en la web municipal.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DE EMERGENCIA A PARTICULARES Y FAMILIAS TRAS LA CRISIS QUE HA GENERADO EL COVID-19

Las presentes bases tienen como objeto la regulación del procedimiento para la concesión de ayudas de emergencia en régimen de evaluación individualizada, destinadas a particulares y familias ante la crisis económica que generado el COVID-19, aprobadas en el Pleno del Ayuntamiento de Monteagudo en sesión celebrada el 11 de junio de 2020 y dotadas con 10.000 euros.

Serán beneficiarios de las ayudas habilitadas las personas o unidades familiares que, hallándose empadronadas en Monteagudo con una antigüedad de mas de dos años, así lo soliciten.

Para el inicio del procedimiento de solicitud de ayudas, bastará con que el beneficiario presente ante el Ayuntamiento de Monteagudo una solicitud en la que haga constar sus datos personales, domicilio, así como teléfono de contacto.

Será el personal de los Servicios Sociales de Base del Valle del Queiles quien se encargue de contactar con los solicitantes, reuniendo la información necesaria para determinar si el peticionario adquiere la condición de beneficiario de las presentes ayudas así como, en su caso, el montante de las mismas. Finalizado el señalado análisis, la entidad emitirá un informe que será remitido al Ayuntamiento de Monteagudo el cual a través de alcaldía dictará una resolución recogiendo las conclusiones del mismo y aprobando, si así fuera, el pago de la ayuda determinada.

El plazo para resolver las solicitudes por parte de la entidad convocante será de dos meses contados a partir de que se presente la petición.

Las propuestas se podrán presentar ante este Ayuntamiento una vez haya sido publicado en correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, y serán atendidas en riguroso orden de presentación hasta agotar la partida dispuesta.

En el supuesto de incumplimiento, falsedad o falta de condición del beneficiario en la percepción de las ayudas, se estará a lo dispuesto en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.

El tratamiento de los datos que aporten los solicitantes se llevará a cabo de conformidad con el Reglamento de la Unión Europea 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.

Monteagudo, 4 de junio de 2020.El Alcalde, Mariano Herrero Ibáñez.

Código del anuncio: L2007281