BOLETÍN Nº 159 - 20 de julio de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 568/2020, de 23 de junio, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas para la reconstitución del rebaño de ganado vacuno sacrificado en el marco de campañas de saneamiento ganadero, para el año 2020. Identificación BDNS: 512602.

Por Orden Foral 111/2016, de 12 de abril, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, se aprobaron las normas que regulan la concesión de ayudas para la reconstitución del rebaño de ganado vacuno sacrificado en el marco de campañas de saneamiento ganadero. Esta Orden Foral ha sido modificada por la Orden Foral 165/2017, de 11 de mayo, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

Previamente, esta norma fue comunicada a la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea, que acusó registro de la información remitida por la Comunidad Foral de Navarra y registró el proyecto de norma arriba indicado como la ayuda SA.44606 (2016/XA).

Por otra parte, la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, determina en sus artículos 18 y 19, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará de oficio, cuando previamente el órgano competente haya establecido la norma o convocatoria de subvención y sus correspondientes bases reguladoras, salvo que ya existieran éstas.

Dado que se cumplen los requisitos establecidos en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, y que la vigencia del presente régimen de ayudas se extiende hasta el 31 de diciembre de 2020, de conformidad con el Reglamento (UE) número 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comunidad Foral de Navarra desea aprobar para el ejercicio 2020 la correspondiente convocatoria de ayudas para la reconstitución del rebaño de ganado vacuno sacrificado, en el marco de campañas de saneamiento ganadero.

De conformidad con el punto 4 de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, este expediente se instruirá y tramitará en todas sus fases sin aplicación de suspensión de plazos por tratarse de un procedimiento indispensable para el funcionamiento básico de los servicios en materia de ganadería. El sector primario es esencial en esta crisis para garantizar el abastecimiento alimentario, así lo prevé el artículo 15 del propio Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que obliga a las autoridades competentes a adoptar medidas para garantizarlo. Estas medidas son esenciales para el mantenimiento de la actividad de PYMES ganaderas, y permiten garantizar el abastecimiento alimentario a la población en la medida que el sacrificio de animales enfermos, se ve compensado como señala el artículo 26.9 del Reglamento (UE) número 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio, por ayudas que compensan los daños causados por enfermedades animales reconocidas por la autoridad pública, y que alcanza a los gastos de reconstitución del rebaño, que comprenderá tanto los gastos de compra de ganado para sustituir a los animales sacrificados, como la reconstitución propia para sustituir estos animales por la pérdida de ingresos que genera la no venta del resto de animales de la explotación. En definitiva, éste procedimiento se considera indispensable para el funcionamiento básico del servicio.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas para la reconstitución del rebaño de ganado vacuno sacrificado en el marco de campañas de saneamiento ganadero para el año 2020.

2.º Aprobar el modelo sobre la obligación de declaración de transparencia, al que se puede acceder a través del siguiente enlace:

http://www.navarra.es/appsext/DescargarFichero/default.aspx?CodigoCompleto=Portal@@@epub/BON/IMPRESOSG/001_Transparencia_C.pdf

3.º El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Los expedientes derivados de esta convocatoria de ayudas se instruirán y tramitarán en todas sus fases sin aplicación de suspensión de plazos prevista en la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, por tratarse de un procedimiento indispensable para el funcionamiento básico de los servicios en materia de ganadería que garantiza el abastecimiento alimentario.

5.º Autorizar un gasto de 110.000 euros, con cargo a la partida 710004 71310 7700 412203 “Ayuda a la reposición de reproductoras bovinas por sacrificio obligatorio” de los Presupuestos Generales de Navarra del ejercicio 2020.

6.º Para esta convocatoria serán de aplicación las normas previstas en la Orden Foral 111/2016, de 12 de abril, modificada por la Orden Foral 165/2017, de 11 de mayo, ambas de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se aprueban las normas que regulan la concesión de ayudas para la reconstitución del rebaño de ganado vacuno sacrificado en el marco de campañas de saneamiento ganadero.

7.º Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes que se computará desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del estado de alarma.

8.º Registrar la presente convocatoria de subvenciones en la Base de Datos del Gobierno de Navarra de Subvenciones (BDGNS).

9.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 23 de junio de 2020.–El Director General de Agricultura y Ganadería, Ignacio Gil Jordán.

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