BOLETÍN Nº 151 - 10 de julio de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 134E/2020, de 15 de junio, del Director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, por la que se revisa la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de fabricación de resinas, cuyo titular es Kemira Ibérica, S.A. Sociedad Unipersonal, ubicada en término municipal de Villatuerta.

Esta instalación dispone de Autorización Ambiental Integrada concedida mediante la Resolución 619E/2016, de 18 de mayo, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, modificada posteriormente por la Resolución 408E/2018, de 14 de diciembre, del Director del Servicio de Economía Circular y Agua.

El artículo 26 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, establece la obligación de revisar las condiciones de la autorización, en un plazo de cuatro años a partir de la publicación de las conclusiones relativas a las mejores técnicas disponibles que, en el caso del sector industrial al que pertenece esta instalación, se llevó a cabo mediante la Decisión 2016/902 de Ejecución de la Comisión, de 30 de mayo de 2016, por la que se establecieron las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) para los sistemas comunes de tratamiento y gestión de aguas y gases residuales en el sector químico conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las emisiones industriales.

Por este motivo, con fecha 14/10/2019, el titular presentó la documentación necesaria para poder revisar las condiciones del permiso conforme a la Decisión 2016/902 de Ejecución de la Comisión, de 30 de mayo de 2016, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, iniciándose la tramitación del procedimiento de revisión de su autorización.

El Servicio de Economía Circular y Cambio Climático ha comprobado que la instalación se encuentra adaptada a la Decisión 2016/902 de Ejecución de la Comisión, de 30 de mayo de 2016, a excepción del programa de autocontrol de los vertidos de aguas residuales, el cual es actualizado mediante la presente resolución.

Asimismo, se ha procedido a incluir un tercer grupo electrógeno, existente en la instalación, y su correspondiente foco de emisión a la atmósfera (número 12), que no figuraban en la autorización ambiental integrada de esta instalación.

El expediente ha sido sometido al trámite de información pública durante un período de treinta días, sin que se haya presentado alegación alguna.

El expediente ha sido tramitado conforme al procedimiento establecido en el artículo 16 del Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 16 de octubre.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de 10 días. Las alegaciones presentadas por el titular han consistido en observaciones que han permitido adecuar el texto de los Anejos de la presente Resolución.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 107/2019, de 8 de noviembre, del Director General de Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Revisar la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de fabricación de resinas, cuyo titular es Kemira Ibérica, S.A. Sociedad Unipersonal, ubicada en término municipal de Villatuerta, con objeto de comprobar la adaptación de la instalación a la Decisión 2016/902 de la Comisión, de 30 de mayo de 2016, por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) para los sistemas comunes de tratamiento y gestión de aguas y gases residuales en el sector químico, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones contempladas en el Proyecto de autorización ambiental integrada, y en el resto de la documentación técnica incluida en los expedientes administrativos anteriormente tramitados, y en cualquier caso, las condiciones establecidas en los Anejos de la presente Resolución.

Segundo.–Mantener la inscripción del centro como Productor de Residuos Peligrosos con el número 15P01257023302002 en el Registro de Producción y Gestión de Residuos de la Comunidad Foral de Navarra. Los residuos que podrá producir son los incluidos en el Anejo III de esta Resolución. Cualquier cambio en la producción de los residuos deberá ser notificado al Servicio de Economía Circular y Cambio Climático del Gobierno de Navarra a efectos de su inclusión en el citado Registro.

Tercero.–Actualizar la autorización de vertido de aguas residuales a la red de colectores municipales, exigida en aplicación del artículo 245 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición adicional décima del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y en el artículo 6 de la Orden Foral 448/2014, de 23 de diciembre, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local. Los vertidos que podrá realizar, y las condiciones que deberá cumplir la instalación, se incluyen en el Anejo II de esta Resolución. La autorización tiene un plazo de vigencia de cinco años, entendiéndose renovada automáticamente por periodos sucesivos de igual duración, siempre que se cumplan las normas de calidad y objetivos ambientales exigibles en cada momento.

Cuarto.–Las condiciones establecidas en la presente Resolución comenzarán a ser aplicables a partir de la fecha de la misma. Mientras tanto, serán de aplicación las condiciones establecidas en su Autorización Ambiental Integrada vigente.

Quinto.–El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente Resolución supondrá la adopción de las medidas de disciplina ambiental recogidas en el Título IV del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sectorial, que seguirá siendo aplicable, y subsidiariamente, en el régimen sancionador establecido en el Título VI de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental.

Sexto.–Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Séptimo.–Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, o desde el día siguiente a la notificación, si esta es posterior.

Octavo.–Trasladar la presente Resolución a Kemira Ibérica, Sociedad Unipersonal y al Ayuntamiento de Villatuerta, a los efectos oportunos.

Pamplona, 15 de junio de 2020.–El Director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, Pedro Zuazo Onagoitia.

Nota: Los anexos a que se refiere la presente Resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9 - Planta Baja, Servicio de Economía Circular y Agua; y en el sitio web del Gobierno de Navarra http://www.navarra.es/home_es/Temas/Medio+Ambiente/Evaluacion+ambiental/Autorizaciones+ambientales/.

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