BOLETÍN Nº 151 - 10 de julio de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BERRIOZAR

Extracto de becas comedor, ayudas económicas para alimentación en los centros públicos de educación infantil y primaria, curso 2020/2021. Colegios Mendialdea 1 y Mendialdea 2

Nota: El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index). BDNS (Identificación): 512110.

1.–Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.

Las personas interesadas deberán presentar la solicitud cumplimentada en el registro electrónico del ayuntamiento de Berriozar que deberá ajustarse al modelo normalizado que se le facilitará.

El plazo de presentación de solicitudes será el periodo entre el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra y el 10 de agosto de 2020, ambos inclusive.

2.–Requisitos.

Podrán solicitar las presentes ayudas municipales las unidades familiares que reúnan los siguientes requisitos:

a) Hallarse empadronadas y tener vecindad efectiva en Berriozar desde el momento de la solicitud. Deberá hallarse empadronada en Berriozar el alumno destinatario de la ayuda, y por lo menos uno de los progenitores, o tutores legales en su caso.

b) Que los menores estén escolarizados en los colegios públicos de Berriozar.

c) Estar al corriente de cualquier tipo de obligación de carácter municipal en el momento previo a la concesión de la subvención o ayuda. En caso de que el beneficiario resulte con deudas municipales pendientes, se le otorgará un plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la concesión de la ayuda a fin de que pueda ponerse al corriente de las mismas.

d) Contar con unos rendimientos anuales de la unidad familiar inferiores a los establecidos en el punto 5 “cobertura de la prestación económica”.

3.–Documentación a presentar.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

–La solicitud cumplimentada y ajustada al modelo normalizado.

–Copia de la declaración de la renta del año anterior (renta del ejercicio 2019, declaración que se presenta en la campaña de renta de 2020).

–Fotocopia del libro de familia,

–Separación o divorcio. Se acreditaran de la siguiente manera:

1) En la separación de hecho, se deberá presentar, o bien documento notarial, o fotocopia cotejada con el original de justificantes de interposición de demanda u otros documentos que avalen dicha situación.

2) Si la separación fuera legal o divorcio, deberá presentarse fotocopias cotejadas con los originales de las sentencias judiciales que determine la misma.

–En caso de existencia de hijo/a no matrimonial reconocido por el padre, deberá de presentarse fotocopia cotejada con el original de medidas de guarda y custodia y pensión de alimentos. En su defecto, justificación de interposición de demanda u otros documentos que avalen dicha situación.

–Certificado de discapacidad en caso de que exista algún miembro de la unidad familiar con reconocimiento de discapacidad igual o superior al 33%.

Berriozar, 23 de junio de 2020.–El Alcalde, Raúl Maiza González.

Código del anuncio: L2006596