BOLETÍN Nº 150 - 9 de julio de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BURLADA

Extracto de ayudas económicas para campamentos de verano
en euskera para alumnado de modelo D. Curso 2019-2020

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index), BDNS (Identificación): 513183.

El Ayuntamiento de Burlada, concederá ayudas económicas para la participación en campamentos de verano íntegramente realizados en euskera, ateniéndose a la ordenanza municipal reguladora de las bases aprobadas y publicadas en el Boletín Oficial de Navarra número 156, de 11 de agosto de 2014.

–Objeto de la Convocatoria: Financiar, en parte, los gastos que origina la participación en campamentos de euskera, organizados para alumnado de modelo D, que proponen contenidos lúdicos, deportivos y/o de relación con la naturaleza.

Quedan excluidos de esta convocatoria:

Los gestionados directa o indirectamente a través del Ayuntamiento de Burlada, o bien subvencionados por éste, al llevar estos ya deducida la subvención en la cuota.

a) Las excursiones o viajes.

b) Otras actividades que se desarrollen en la localidad o zonas próximas y no requieran un régimen de internado.

–Requisitos:

Podrán solicitar la subvención las personas que cumplan, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser estudiante de Educación Primaria o ESO.

b) Ser estudiante de modelo D (en escuela pública o ikastola).

c) Llevar al menos un año empadronadas en Burlada en el momento de la publicación de la convocatoria.

–Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Burlada, lo que el Ayuntamiento comprobará de oficio, haciendo constar dicha circunstancia mediante la oportuna diligencia. Así mismo, previamente a la propuesta de concesión, se comprobará de oficio que no tiene cantidad pendiente de pagar a la tesorería municipal.

Quedan expresamente excluidas de acceder a esta convocatoria las siguientes personas:

a) Las personas que hayan incumplido o vulnerado, en los dos ejercicios anteriores, sus obligaciones con el Ayuntamiento de Burlada, como perceptoras de subvención o firmantes de convenios de colaboración.

b) En términos generales, las que incumplan alguno de los condicionantes básicos especificados en el punto anterior.

No será necesario justificar documentalmente aquellos extremos que ya obren en los archivos municipales y no hayan sido modificados en el periodo de tiempo de los cuatro últimos años, a no ser que se soliciten expresamente en estas bases.

Podrán solicitar la subvención las entidades que cumplan, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

Las solicitudes deberán formularse, mediante instancia firmada por la persona solicitante a la que acompañará:

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

–Fotocopia del DNI de la persona solicitante o del padre/madre/tutor-a legal.

–Documentación acreditativa de los ingresos familiares brutos (declaración de la renta 2019).

–Certificado de la entidad organizadora del campamento en el que se detallarán las condiciones del mismo tratamiento dado al euskera y objetivos lingüísticos, fechas de duración, folleto o programa de las actividades, así como un certificado de asistencia.

–Recibo del pago de la matrícula (expedido por la entidad bancaria) en el que constará pagado el 100% de la cuota.

–Fotocopia de la primera hoja de la libreta bancaria en la que se desea que se ingrese el importe de la subvención (número IBAN).

Todos los documentos serán originales o compulsados.

El plazo de presentación de solicitudes será entre el día 15 al 30 de septiembre 2020. El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.

Las solicitudes deberán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Burlada o presentarse en el registro general del Ayuntamiento de Burlada (Plaza las Eras, s/n, 31600 Burlada) o en cualquiera de los previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En todo lo no regulado en el presente texto los solicitantes se atendrán a las bases reguladoras que a tal efecto fueron publicadas en el Boletín Oficial de Navarra, número 156, de 11 de agosto de 2014.

–Aprobar un gasto de 2.500 euros para la presente convocatoria.

Burlada, 24 de junio de 2020.–La Alcaldesa, Ana M.ª Gongora Urzaiz.

Código del anuncio: L2006907