BOLETÍN Nº 146 - 3 de julio de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

ORDEN FORAL 70/2020, de 22 de junio, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se procede a la designación y revocación de las personas que deben disponer de certificado digital asociado al NIF del Gobierno de Navarra.

La entrada en vigor de las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, suponen un nuevo escenario en el funcionamiento de todas las Administraciones Públicas.

Uno de los aspectos en los que incide la Ley 39/2015, de 1 de octubre, es en la práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos, forma obligada para las notificaciones que se dirijan a las personas jurídicas. Cierto es que las Administraciones Públicas deben comunicarse a través de los canales y aplicaciones telemáticas que se contemplan en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, debiendo tener un tratamiento diferenciado del resto de personas jurídicas, acorde con su distinta naturaleza jurídica. No obstante, en el orden práctico es conveniente contar con firma electrónica de representante de cada departamento y organismo autónomo dependiente, así como del propio Gobierno de Navarra para el acceso a determinadas aplicaciones, cuya gestión debe encomendarse a cada uno de ellos.

De conformidad con lo expuesto, el Gobierno de Navarra adoptó un Acuerdo, el 29 de marzo de 2017, por el que se autoriza a los Consejeros y Consejeras a que mediante orden foral designen a las personas que deben disponer de certificado digital de representante de sus respectivos departamentos y organismos autónomos. Asimismo, se acuerda que la Consejera del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia pueda además designar a la persona o personas que deban disponer de certificado digital asociado al NIF del Gobierno de Navarra.

Igualmente se dispone que, en todo caso, las designaciones así realizadas podrán ser revocadas en cualquier momento.

Actualmente las personas que disponen de certificado digital de representante del Gobierno de Navarra se encuentran designadas por Orden Foral 193/2019, de 4 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior.

En el momento actual, tras la provisión de la Jefatura de Negociado de Información al Público y Registro General, procede la revocación de las designaciones realizadas a favor de María Carmen Vallés López y doña Victoria de África Segura Martínez, y la designación a favor de doña María Rosario Sala Balda, como responsable del Negociado de Información al Público y Registro General, y de doña Ana María Loperena Goñi y de doña María Victoria Adot Baztán que prestan sus servicios en la mencionada unidad, para disponer todas ellas del certificado digital de representante del Gobierno de Navarra.

Por lo expuesto, y en ejercicio de las facultades atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente,

ORDENO:

1.º Designar a doña María Rosario Sala Balda, como responsable del Negociado de Información al Público y Registro General, como la persona que debe disponer del certificado digital de representante del Gobierno de Navarra, para poder permitir su acceso a las notificaciones electrónicas formalmente dirigidas al mismo.

2.º Designar a doña Ana María Loperena Goñi y doña María Victoria Adot Baztán como personas que deben disponer de certificado digital de representante del Gobierno de Navarra, para poder permitir su acceso a las notificaciones electrónicas formalmente dirigidas al mismo.

3.º En todo caso, las designaciones realizadas podrán ser revocadas en cualquier momento.

4.º Revocar las designaciones de María Carmen Vallés López y doña Victoria de África Segura Martínez como personas que debían disponer del certificado digital de representante del Gobierno de Navarra.

Esta revocación producirá sus efectos en el plazo de diez días hábiles a contar desde la fecha de la publicación de esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Trasladar esta Orden Foral a la Secretaría General Técnica y a la Sección de Atención Ciudadana, ambas del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior y notificarla a las interesadas.

6.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra para general conocimiento.

Pamplona, 22 de junio de 2020.–El Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, Javier Remírez Apesteguía.

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