BOLETÍN Nº 126 - 11 de junio de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

VILLAFRANCA

Calendario laboral 2020

El artículo 30.7 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas atribuye a las comunidades autónomas fijar el calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos que comprenderá los días inhábiles de las Entidades Locales correspondientes a su ámbito territorial.

Vista Resolución 177/2019, de 10 de mayo, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 105, de fecha 31 de mayo de 2019, por la que se procede al establecimiento del calendario oficial de fiestas laborales para el 2020 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Vista Resolución 250/2019, de 22 de noviembre, de la Directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 239, de fecha 5 de diciembre de 2019, por la que se determinan las fiestas locales para el año 2020 con carácter retribuido y no recuperable, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Y vista la propuesta de calendario laboral presentado por el personal de este Ayuntamiento, en virtud de las competencias otorgadas por la legalidad vigente,

HE RESUELTO:

Primero.–Establecer como días festivos, permaneciendo cerradas las oficinas municipales los siguientes días:

–1 de enero: Año nuevo.

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–19 de marzo: San José.

–9 de abril: Jueves Santo.

–10 de abril: Viernes Santo.

–13 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–5 de agosto: Nuestra Señora de los Milagros.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–Del 16 al 20 de septiembre: Fiestas Patronales.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–7 de diciembre: Día siguiente al Día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: Natividad del Señor.

Asimismo, se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2020, todos los sábados, domingos y los días declarados festivos para las Oficinas Municipales.

Segundo.–La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en la Administración del Ayuntamiento de Villafranca queda fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo y se realizará de la siguiente forma:

1. La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos, de lunes a viernes.

2. La distribución de la jornada de trabajo señalada en los apartados anteriores de este artículo no se aplicará a los empleados que, por necesidades del servicio, tengan establecida algún tipo de jornada especial ni a los afectados por alguna compensación horaria (trabajo a turnos, nocturno, etc), que se regirán en todo caso por su calendario laboral específico.

3. Los empleados dispondrán de una bolsa de 11 horas y 20 minutos a disfrutar a lo largo del año, en función de las necesidades del servicio.

4. Los días 15 de septiembre, 24 y 31 de diciembre el horario de trabajo será de 08:00 a 12:00 horas.

Tercero.–Proceder a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Cuarto.–Dar cuenta de la presente Resolución a la Junta de Gobierno Local y al pleno de la corporación, en la próxima sesión ordinaria que dicho órgano colegiado celebre.

a) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde la notificación o publicación del acuerdo o acto recurrido, o,

b) Recurso de reposición ante el órgano autor del acto o acuerdo, en el plazo de un mes contado desde la publicación o notificación del acto o acuerdo recurrido.

Villafranca, 25 de mayo de 2020.–La Alcaldesa, M.ª Carmen Segura Moreno.

Código del anuncio: L2005394