BOLETÍN Nº 125 - 10 de junio de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 305E/2020, de 15 de mayo, del Director General de Medio Ambiente, por la que se formula Declaración Ambiental Estratégica del Plan Urbanístico Municipal de Allo, promovido por el Ayuntamiento de Allo.

De acuerdo con lo establecido en el apartado 1 del artículo 6 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, deben someterse a Evaluación Ambiental Estratégica los planes que se adopten o aprueben por una Administración pública, y ser objeto de Declaración Ambiental Estratégica, de manera previa o simultánea a la aprobación del Plan.

La Evaluación Ambiental Estratégica del Plan General Municipal de Allo se inicia con el informe del Servicio de Integración Ambiental de fecha 9 de enero de 2007 sobre la Estrategia y Modelo de Ocupación Territorial de Allo (EMOT). En dicho informe se indicaban los aspectos ambientales más relevantes a considerar en la elaboración del Plan Urbanístico Municipal y del Estudio de Incidencia Ambiental, haciendo especial incidencia en los elementos de interés ambiental del municipio. Entre los que se destacó el corredor biológico del entramado fluvial, elementos de interconexión como la vía pecuaria y retazos de vegetación natural y enclaves de valor paisajístico. En relación a la estructura general del municipio y las previsiones de suelo industrial, se indicaba el valor ambiental de los carrascales del entorno.

Con fecha 9 de febrero se emitió informe de suficiencia a la documentación del Plan Urbanístico Municipal, el cual fue aprobado inicialmente el 30 de noviembre de 2009 y sometido a un periodo de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 7, de 15 de enero de 2010. En relación a la documentación aportada, el Servicio de Calidad Ambiental emitió un informe el 25 de agosto de 2010, adjuntando el informe de la Sección de Recursos Hídricos de 18 de junio de 2010. Los aspectos más relevantes y de mayor incidencia ambiental que precisaban de una revisión se centraban en la propuesta de ampliación del suelo industrial en los Sectores 6 y 7 en el entorno de las instalaciones de Georgia Pacific sobre terrenos de valor ambiental, la incorporación de información sobre inundabilidad y la red fluvial y la categorización del suelo no urbanizable atendiendo a los valores ambientales del municipio.

Tras el resultado de los informes sectoriales y las alegaciones y ante los cambios incorporados en el Plan Urbanístico se han sucedido varios periodos de información pública en el Boletín Oficial de Navarra número 155, de 11 de agosto de 2017 y posterior ampliación en el Boletín Oficial de Navarra número 170, de 4 de septiembre de 2017, Boletín Oficial de Navarra número 194, de 5 de octubre de 2018 y Boletín Oficial de Navarra número 7, de 15 de enero de 2020).

El Plan General Municipal de Allo sustituye al planeamiento vigente desde mayo de 2002, y supone una revisión del modelo de ordenación municipal y su adaptación a los Planes de Ordenación Territorial y al nuevo marco legal en materia de ordenación del territorio.

El ámbito de aplicación del Plan y por lo tanto, el análisis, diagnóstico y propuestas efectuadas afectan a la totalidad del término municipal. Figura en el Anexo I la descripción del Plan Urbanístico Municipal y del Estudio de Ambiental Estratégico.

A lo largo de la tramitación del Plan se han incorporado cambios sustanciales como han sido pasar de un modelo de ocupación residencial expansivo a una propuesta más contenida, localizada en el acceso a la localidad por la carretera de Estella, y hacia el este, entre el núcleo actual y el Camino de Mirabete. Se han suprimido las previsiones del planeamiento vigente al sur y oeste de la localidad, las cuales pasan a ser consideradas como suelo no urbanizable de salvaguarda del modelo de desarrollo. Esta propuesta residencial ocupa terrenos de cereal y pequeños olivares colindantes al núcleo urbano actual. Se trata de terrenos en los que no se identifican áreas de interés ambiental, por lo que se considera un impacto compatible que no genera afecciones ambientales significativas.

En relación a la ubicación del área de actividades económicas, el nuevo modelo descarta la ampliación del área industrial en el entorno de La Fábrica, propuesto inicialmente y el denominado Sector 6 pasa a suelo no urbanizable (salvaguarda del modelo de desarrollo). Esta alternativa supone la salvaguarda de zonas de carrascal y matorral de interés ambiental, tal y como se indicó en el informe de la Sección de Calidad Ambiental de 25 de agosto de 2010 y en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental de la concentración parcelaria de Allo.

Se descarta la ubicación de un pequeño ámbito de actividades económicas en la carretera de Lerín, y se opta por trasladarla al oeste del núcleo urbano (S I1). Se trata de una zona de uso cerealista cuyo límite oeste queda definido por la acequia de Pradochica. Este ámbito que se desarrollará mediante un Plan Parcial, deberá contar con un análisis previo de las condiciones de inundabilidad, de tal forma que la ordenación y los usos a previstos resulten compatibles. Para ello, es preciso que se incorpore esta medida como una determinación vinculante en la ficha urbanística del S I1.

En relación a la Zonificación acústica del municipio, tal y como establece el RD 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, se incluye el plano correspondiente.

El Plan posibilita la ampliación de las instalaciones de la Cooperativa mediante un Plan Especial, cuyo ámbito se extiende la carretera a Lerín y la Pasada 13. Se trata de terrenos agrícolas que no acogen elementos ambientales de interés, sin embargo, se deberá atender en el Plan Especial a las servidumbres que se deriven de la vía pecuaria.

Derivado del proceso de participación, el Plan propone una ámbito perimetral al casco urbano denominado “Zona A” destinado a posibilitar la implantación de almacenes, pabellones agrícolas e instalaciones de ganadería intensiva. A este respecto es preciso indicar que las actividades ganaderas resultan autorizables y se regulan por normativa sectorial.

La propuesta de ordenación del suelo rústico se aborda desde la identificación y delimitación de los valores ambientales, naturales, culturales y agrícolas del municipio y la categorización del suelo no urbanizable de protección y de preservación. En esta propuesta se identifican elementos que a pesar de ser reconocidos por su valor ambiental en el Estudio Ambiental Estratégico y en los propios objetivos del Plan, no han tenido un reflejo en la ordenación del suelo rústico. Este es el caso de la Balsa de Ripalba, pequeño humedal que acoge hábitats de interés como juncales mediterráneos (6420) en el entorno de la Pasada 13. Esta vía pecuaria, que junto con el camino histórico GR1 forma parte de los itinerarios de interés cultural del municipio, cuenta con una asignación catastral que deberá incorporarse al Plan, sustituyendo así al trazado orientativo recogido en los planos de ordenación.

El entorno de Mirabete y La Plana conserva pequeñas manchas dispersas de carrascal, conformando junto con el arroyo Riomayor uno de los entornos de mayor calidad ecológica y paisajística de Allo. El planeamiento no refleja el valor paisajístico de estos ámbitos asignándoles un subcategoría específica, si bien, su conservación queda garantizada bajo la subcategoría de suelo de valor ambiental. Sin embargo, son varios los bosquetes y pequeños enclaves de carrascales y matorrales dispersos en el suelo agrícola que se han omitido en el plano de ordenación del suelo no urbanizable.

En cuanto a los riesgos identificados destaca las zonas inundables asociadas al río Ega, que actúan sobre las primeras terrazas fluviales, quedando estas alejadas del casco urbano. De forma puntual, se detecta un área inundable en el sector industrial La Fábrica, por lo que es preciso constatar este condicionante en la ficha urbanística NI-1. Respecto al suelo urbanizable industrial (S-I1), el límite oeste coincide con la acequia de Pradochica, por lo que igualmente se incluirá como medida preventiva vinculada al Plan Parcial, la determinación de realizar el análisis previo de las condiciones de inundabilidad. En el caso de la UE-R30 colindante al regacho San Pedro, se deberá garantizar que la zona verde prevista en su entorno se ordena de tal forma que quede garantizada la compatibilidad de usos con la zona potencialmente inundable.

Analizada la documentación completa, el Servicio de Biodiversidad informa que el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica está completo y emite informe favorable con condiciones.

De conformidad con la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 el Ayuntamiento de Allo ha manifestado su conformidad con la no suspensión del plazo para la resolución del presente expediente.

A la vista de los informes que figuran en el expediente, considerando que el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica se ha desarrollado adecuadamente y, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Se formula Declaración Ambiental Estratégica sobre el Plan General Municipal de Allo, promovido por el Ayuntamiento de Allo.

2.º El Plan Urbanístico Municipal incluirá las siguientes condiciones:

–En relación al suelo no urbanizable; incluir la Balsa de Ripalba como humedal de interés, asignar a la Pasada 13 las parcelas catastrales 1462 (polígono 2), parcela 3083 (polígono 3), parcelas 1509, 1371, 1372,1374, 1630, 1686 (polígono 4) y parcela 1222 (polígono 5).

–El Plan Especial del ámbito de la Cooperativa tendrá en consideración las servidumbres de la Pasada 13.

–Revisar los enclaves de carrascales (formaciones arboladas con valor ambiental) y formaciones arbustivas en el plano de ordenación del suelo no urbanizable.

–Incluir en las fichas urbanísticas del suelo industrial (NI-1 y S-I1) y del suelo residencial (UE-R30), los condicionantes relativos a la inundabilidad.

–El desarrollo del Plan General Municipal de Allo aplicará las medidas protectoras, correctoras y compensatorias, así como los indicadores de seguimiento expuestos en el Estudio Ambiental Estratégico.

3.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Notificar esta Resolución, al Sección de Urbanismo y al Ayuntamiento de Allo, a los efectos oportunos.

Pamplona, 15 de mayo de 2020.–El Director General de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

Anexo I

Resumen del Plan Urbanístico Municipal y del Estudio Ambiental Estratégico

El análisis, diagnóstico y propuestas efectuadas afectan a la totalidad del término municipal, con una extensión superficial de 36,3 km².

Los objetivos fundamentales del Plan Urbanístico son definir criterios y propuestas que sirvan de guía para el proceso de crecimiento del municipio y por otra parte, revisar el modelo de crecimiento del núcleo urbano y replantear su estructura urbana y morfológica, adaptándose al marco legal vigente.

La localidad de Allo es un núcleo vertebrador de escala intermedia, que juega un papel destacado en la subárea de Montejurra Sur. La estructura del municipio se describe en dos zonas claramente diferenciadas. Al norte donde, se ubica los asentamientos urbanos e industriales y el resto del municipio que se caracteriza por un uso agrícola.

El objetivo del Plan para el suelo residencial es replantear las zonas de suelo urbano y urbanizable vigentes en el planeamiento y no ejecutadas. En consecuencia se propone redelimitar el núcleo y desclasificar parte de esos suelos. Definir una estructura urbana a partir de los elementos actuales y considerar la demanda interna como el principal elemento dinamizador de las actuaciones a plantear en el Plan.

Estos objetivos se plasman en la ordenación de tres sectores de suelo urbanizable, dos de suelo urbanizable no sectorizado y dos en suelo urbano no consolidado. Localizando las nuevas propuestas residenciales al este del municipio, entre la carretera de Estella y el Camino de Mirabete, y considerando como suelo no urbanizable de salvaguarda del modelo de desarrollo los terrenos colindantes al núcleo urbano. Esta propuesta ordena suelo urbano no consolidado y urbanizable sectorizado para aproximadamente 269 viviendas.

El modelo de áreas de actividades económicas consolida la actual ubicación industrial (Essity España) posibilitando su crecimiento a partir de la densificación y prevé la ordenación de un pequeño polígono económico de carácter mixto y al servicio del núcleo urbano, apoyado en la carretera a Sesma (S- I1), con una superficie aproximada de 5 ha. Así mismo, mantiene dos pequeños emplazamientos de tejido no residencial de naves y pabellones actualmente existentes (uno en la carretera de Arróniz y otro en la carreteara de acceso de La Fabrica).

Respecto a la actividad económica en el medio rural, el Plan posibilita la ampliación de las instalaciones de la Cooperativa mediante un Plan Especial, y define un ámbito denominado zona A alrededor del casco urbano para acoger pabellones y almacenes agrícolas, en los que el tamaño de parcela exigido es menor.

En relación al sistema viario y ejes estructurantes del municipio, se consolida lo existente sin proponer nuevas reservas viarias y se incorporan al modelo territorial las infraestructuras de saneamiento y abastecimiento.

Se mantiene el sistema de dotaciones, aportando la reserva de suelo para una eventual ampliación del colegio y la cesión del edificio de la Harinera para garantizar la preservación del edificio catalogado por su valor cultural. Se hace una incidencia especial en los espacios libres, con el objetivo de generar una red de espacios acabada y racionalmente distribuida por todo el núcleo, ubicándolas en el tramo de la carretera norte de Estella, en la Huerta de Fortun, en el entorno del colegio y en la unión entre el barrio Mirabete y el casco urbano.

En relación al Suelo No Urbanizable y teniendo en cuenta las subcategorías derivadas del TRLFOTU y del POT 4, se establecen la clasificación del suelo y las normas de regulación de actividades y usos:

En el municipio de Allo no se encuentra ningún espacio perteneciente a la Red Natura 2000 y destacan por su valor ambiental, la Vegetación de Especial Interés del arroyo Rio Mayor (con juncales mediterráneos (6420)), el conjunto de la red fluvial, los matorrales, enebrales, pastizales y coscojares dispersos por el municipio y especialmente en el tercio norte, los carrascales de Mirabete y la Plana, y puntualmente los pinares del límite sur.

Como suelos destinados a explotación natural figura la mayor parte de la superficie del término municipal como secanos cerealistas y olivares.

Los valores culturales se corresponden con itinerarios de interés como son la Pasada 13 y el Camino Histórico GR-1, y los 53 yacimientos arqueológicos identificados.

Resumen del Estudio Ambiental Estratégico

El Estudio Ambiental Estratégico identifica los objetivos del Plan, las distintas propuestas tanto para el suelo urbano y urbanizable como no urbanizable y analiza las interacciones con planes sectoriales vigentes.

Incluye un análisis, diagnóstico y valoración ambiental del municipio que integra datos del medio físico y biótico referentes al clima, la geología, hidrogeología y vulnerabilidad de acuíferos a la contaminación, hidrología y edafología. Describe la vegetación y principales formaciones existentes, entre las que destacan los carrascales de Mirabete y la Plana, los pinares de pino carrasco, los matorrales y tangencialmente las formaciones de ribera del rio Ega. Asociados a estos biotopos, identifica la comunidad faunística propia, destacando por su extensión en el municipio, los secanos cerealistas de ambiente pseudoestepario. Allo participa de dos áreas de importancia media para la fauna esteparia, Olza-Riomayor y Plano de Abajo.

Desde el punto de vista paisajístico, en el municipio de Allo se identifican cuatro unidades paisajísticas como son los barrancos en el entorno de Riomayor y en la mitad sur, el mosaico de cultivos leñosos (olivos, almendros, viñas...) y llecos con carrascas y coscojas en el tercio norte, las grandes extensiones cerealistas y la ribera del Ega y el carrascal de Mirabete y La Plana.

El estudio Ambiental expone las alternativas de los diferentes modelos de ocupación valorados así como los cambios introducidos en el planeamiento a lo largo del proceso de redacción del Plan. A partir de la identificación de los elementos del medio susceptibles de ser alterados, realiza la caracterización y valoración de los impactos ambientales para cada una de las propuestas desarrolladas en el Plan. Concluye el Estudio que los impactos resultan moderados y compatibles como consecuencia principalmente del cambio de uso del suelo en las zonas residenciales e industriales y se propicia la adecuación ambiental a través de la clasificación del suelo rústico.

El capítulo 10 del Estudio Ambiental Estratégico desarrolla una propuesta de la clasificación del suelo rústico, medidas protectoras, correctoras y compensatorias que resultan de aplicación en el desarrollo del Plan General Municipal así como un programa de supervisión de los efectos del Plan.

Código del anuncio: F2004996