BOLETÍN Nº 122 - 8 de junio de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 79/2020, de 14 de mayo, del Director General de Desarrollo Rural, por la que se aprueban la convocatoria de ayudas para las actividades de control y certificación del Consejo de la Producción Ecológica de Navarra para el año 2020. Identificación BDNS: 506394.

Por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el Estado de Alarma en todo el territorio nacional por un periodo de quince días, para afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19.

Por Resolución de 9 de abril de 2020, del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del Estado de Alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, de manera que la prórroga, se extiende hasta las 00:00 horas del día 26 de abril de 2020, y se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, y por el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el Estado de Alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

El citado Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, suspende automáticamente los términos e interrumpe los plazos para la tramitación de los procedimientos administrativos de las entidades del sector público (DA 3.ª). Como excepción a la regla general, el punto 3 de la disposición adicional tercera permite no obstante lo anterior, que el órgano competente pueda acordar, mediante resolución motivada, las medidas de ordenación e instrucción estrictamente necesarias para evitar perjuicios graves en los derechos e intereses del interesado en el procedimiento y siempre que éste manifieste su conformidad, o cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo. A este respecto, con fecha 15 de abril de 2020, la entidad interesada manifiesta su conformidad con que no se suspenda el plazo de tramitación del procedimiento.

El brote de COVID-19 constituye una grave emergencia de salud pública para los ciudadanos y las sociedades, y representa también una perturbación importante y sin precedentes para las economías de la Unión y del mundo. Esta perturbación afecta a toda la economía por diferentes vías y de distintas maneras, también en el ámbito agrario y de la producción ecológica se ha producido una perturbación general de la oferta debido a la interrupción de las cadenas de suministro, que se combina con una perturbación asimétrica de la demanda provocada por la brusca disminución de la demanda de determinados productos agrarios por parte de los consumidores o el pronunciado aumento de la demanda de otros productos. También existe incertidumbre en este momento sobre la duración y la intensidad de la perturbación, ya que depende principalmente de factores que no están todos bajo el control de las explotaciones agrarias, sino más bien de las decisiones de las autoridades públicas, entre otras cosas, por consideraciones de salud pública.

En estas circunstancias extraordinarias, las subvenciones son una importante herramienta que pueden emplear las Administraciones públicas para mitigar el impacto social y económico de esta crisis sanitaria.

De esta manera, aprovechando que el presupuestario comunitario abarca el periodo 2014-2020 y que las normas jurídicas que prevén el establecimiento de estos regímenes de ayuda tienen generalmente idéntica duración, se han creado por el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local diversas medidas de ayuda que alcanzan por lo general hasta el 31 de diciembre de 2020. En este caso, el régimen de ayudas al Consejo de la Producción Agraria Ecológica de Navarra-Nafarroako Nekazaritzako Produkzio Ekologikoaren Kontseilua, CPAEN-NNPEK, como autoridad de control de la producción ecológica, en la Comunidad Foral de Navarra, para el periodo 2016-2020, se regula, por una parte, conforme el apartado 1.1.9 de las Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícolas y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020 (2014/C 204/01), que prevé su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020, y por otra parte, según la Resolución 799/2016, de 2 de agosto, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, por la que se aprueban las bases reguladoras de la ayuda para el periodo 2016-2020 al CPAEN-NNPEK como autoridad de control de la producción ecológica en la Comunidad Foral de Navarra. Esta resolución fue modificada por la Resolución 801/2017, de 4 de julio, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería.

Previamente esta resolución fue notificada a la Comisión Europea que decidió no plantear objeciones en relación con el régimen de referencia, puesto que es compatible con el artículo 107.3.c) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Esta declaración de compatibilidad está contenida en la decisión positiva SA.44490 (2016/N) de Ayuda al Consejo Regulador de la producción agraria ecológica de Navarra para el periodo 2016-2020.

La citada resolución establece en su base quinta, que para cada ejercicio presupuestario se autorizará el gasto correspondiente a la subvención anual y se establecerá el porcentaje de intensidad de ayuda por las medidas de control que podrá llegar al 100% de los costes reales efectuados.

La base sexta de la Resolución 799/2016, de 2 de agosto, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, dispone de igual manera, que el CPAEN-NNPEK presentará al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente la correspondiente solicitud de ayuda a partir del uno de enero del ejercicio presupuestario correspondiente.

Por otra parte, la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, determina en sus artículos 18 y 19, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará de oficio, cuando previamente el órgano competente haya establecido la norma o convocatoria de subvención y sus correspondientes bases reguladoras, salvo que ya existieran éstas.

Dado que se cumplen los requisitos establecidos en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, y que la duración de la ayuda se extiende hasta el 31 de diciembre de 2020, la Comunidad Foral de Navarra desea aprobar de conformidad con las Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020, la correspondiente convocatoria de ayudas al CPAEN-NNPEK para la actividad de control y certificación de la producción ecológica del año 2020.

Vista que se trata de una subvención concedida mediante el procedimiento de concesión directa regulado en el artículo 17.2.a) de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Visto que la entidad interesada manifiesta con fecha 15 de abril de 2020 su conformidad con que no se suspenda el plazo de tramitación del procedimiento, de conformidad con dispuesto en la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, este expediente se instruirá y tramitará en todas sus fases sin aplicación de suspensión de plazos.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y por el Decreto Foral, 258/2019, de 23 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1. Aprobar la convocatoria de la subvención al CPAEN-NNPEK para la actividad de control y certificación de la producción ecológica del año 2020.

2. El plazo de presentación de la solicitud de ayuda finalizará a los 15 días del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3. Autorizar un gasto de 225.000 euros, con cargo al Presupuesto de Gastos de 2020, del Gobierno de Navarra:

–Partida 720003-72220-4459-413104 denominada “Subvención al Consejo Regulador de la Producción Ecológica. Control y certificación” por un importe de 200.000 euros y

–Partida 72003-72220-4459-413107 denominada “(E) Linea de control y certificación en agricultura ecológica. CPAEN” por 25.000 euros.

Esta última partida fue introducida por enmienda parlamentaria, con la finalidad de dotar a esta convocatoria con un mayor importe, por la previsión de incremento de gasto de control y certificación.

4. Establecer la intensidad de la ayuda para el año 2020, en el 100%.

5. Este expediente se instruirá y tramitará en todas sus fases sin aplicación de suspensión de plazos, de conformidad a lo dispuesto en el punto 3 de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

6. Para esta convocatoria será de aplicación la Resolución 799/2016, de 2 de agosto, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, por la que se aprueban las bases reguladoras de la ayuda para el periodo 2016-2020 al CPAEN-NNPEK, como autoridad de control de la producción ecológica en la Comunidad Foral de Navarra, modificada por la Resolución 801/2017, de 4 de julio.

Las entidades a que hace referencia el artículo 3 de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, estarán sujetas a las normas de transparencia, cuando perciban, durante el periodo de un año, ayudas o subvenciones en una cuantía superior a 20.000 euros, o cuando las ayudas o subvenciones percibidas representen al menos el 20% del total de sus ingresos anuales, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros.

A estos efectos, se aprueba el modelo sobre la obligación de declaración de transparencia, al que se puede acceder a través del siguiente enlace:

http://www.navarra.es/appsext/DescargarFichero/default.aspx?CodigoCompleto=Portal@@@epub/BON/IMPRESOSG/001_Transparencia_C.pdf

7. Registrar la presente convocatoria en la Base de Datos del Gobierno de Navarra de Subvenciones (BDGNS).

8. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

9. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes que se computará desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del Estado de Alarma.

Pamplona, 14 de mayo de 2020.–El Director General de Desarrollo Rural, Fernando Santafé Aranda.

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