BOLETÍN Nº 120 - 4 de junio de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 1474E/2020, de 20 de mayo, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que, por la que se modifica la Resolución 1677/2018, de 26 de junio, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de la contratación de personas mayores de 45 años desempleadas de larga duración. Identificación BDNS: 494411.

Uno de los objetivos prioritarios del Gobierno de Navarra es la reducción de la tasa de desempleo de las personas desempleadas de larga duración. La falta de oportunidades laborales de este colectivo, a pesar de su capacitación profesional, restringe sus posibilidades de incorporación al mercado de trabajo. La situación económica y laboral derivada de la crisis sanitaria del COVID-19 no ha hecho sino agravar estas dificultades.

Las últimas previsiones para España en 2020, han pasado, de esperar un crecimiento del 1,6% a prever un desplome del 8% del PIB. Esto tiene un traslado en el desempleo, que se espera que supere el 20%. Aunque nos encontramos en un escenario incierto, todo hace pensar que esta previsión tendrá reflejo en la economía y el desempleo de Navarra.

Por una parte, es importante recuperar a las personas desempleadas de larga duración a la vida laboral activa, y por otra urge rescatar a aquella personas que han entrado en el desempleo como consecuencia de esta crisis, con el objetivo claro de que su situación no se cronifique y se sumen al desempleo de larga duración.

Es por esto que procede la modificación de esta convocatoria, que permitirá actuar de forma preventiva y más amplia con el colectivo de las personas desempleadas de larga duración.

En consecuencia, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 del Decreto Foral 302/2019, de 6 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.

RESUELVO:

1.º Modificar la convocatoria de subvenciones para el fomento de la contratación de personas mayores de 45 años desempleadas de larga duración aprobada por Resolución 1677/2018, de 26 de junio, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, en los siguientes términos:

1.1.–La base 1.1 queda redactada de la siguiente manera:

1.1. Las presentes bases tienen como objeto regular las condiciones y requisitos de la concesión de subvenciones a empresas para fomentar la contratación de personas desempleadas de larga duración y de las personas que han quedado desempleadas como consecuencia de la crisis generada por el COVID-19.

1.2.–La base 13.2.a) queda redactada de la siguiente manera:

13.2.a) La duración mínima del contrato será de 3 meses para las personas desempleadas de larga duración y de 6 meses para las personas desempleadas como consecuencia de la crisis del COVID-19.

1.3.–La base 14.1 queda redactada de la siguiente manera:

14.1. Las personas contratadas deberán reunir los siguientes requisitos en el momento de la contratación.

a) Estar desempleadas e inscritas en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.

b) Ser desempleado de larga duración o haber quedado desempleado como consecuencia de la crisis del COVID-19.

A los efectos de esta convocatoria, se considerarán personas en situación de desempleo de larga duración aquellas que hayan permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, al menos 360 días durante los 540 días anteriores a su fecha de contratación.

A los efectos de esta convocatoria, se considerarán personas desempleadas a consecuencia de la crisis del COVID-19 a aquellas que se les haya extinguido su contrato indefinido o de una duración igual o superior a un año con posterioridad al 16 de marzo de 2020.

1.4.–La base 17.a) queda redactada de la siguiente manera:

17.a) Suscribir un contrato laboral, según la normativa legalmente establecida, con las personas desempleadas de larga duración o con personas desempleadas como consecuencia de la crisis del COVID-19.

2.º La tramitación de la modificación de esta convocatoria de subvenciones se encuentra amparada por la Disposición Adicional Tercera, apartado 4, del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, al estar la misma directamente relacionada con las consecuencias derivadas de dicha crisis.

No obstante lo anterior, se encuentran suspendidos los plazos para la presentación de un eventual recurso de alzada contra la convocatoria, que se reanudarán en el momento en que pierda vigencia el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, o en su caso, las prórrogas del mismo.

Igualmente se encuentra suspendido el plazo de presentación de solicitudes. No obstante si alguna entidad o persona presentara solicitud durante el plazo de suspensión se admitirá la misma, teniendo la consideración de presentada dentro de plazo.

3.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Derechos Sociales, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 20 de mayo de 2020.–La Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Mirian Martón Pérez.

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