BOLETÍN Nº 117 - 1 de junio de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 48/2020, de 25 de mayo, del Director General de Formación Profesional, por la que se aprueban las instrucciones y el calendario del procedimiento de admisión del alumnado en centros públicos y privados concertados para cursar ciclos de Formación Profesional Especial, en la Comunidad Foral de Navarra para el curso académico 2020-2021.

Tal y como se establece en el Capítulo II “Inscripción, procedimiento y criterios de admisión” de la Orden Foral 52/2015, de 22 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se regulan los programas formativos de formación profesional a los que se refiere la disposición adicional cuarta del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, para el alumnado de necesidades educativas especiales bajo la denominación de “Ciclos de Formación Profesional Especial”, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, la intervención del Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra (CREENA) es precisa para establecer el procedimiento de admisión, en el que los plazos de inscripción, las instrucciones, el traslado a los centros. Todo lo cual se debe señalar en una Resolución del Director General de Educación.

Como consecuencia de la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, se dictó el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma. El referido Real Decreto establece en su disposición adicional tercera, la suspensión de términos y la interrupción de plazos en la tramitación de los procedimientos del sector público.

No obstante lo anterior, el apartado 4, de la disposición adicional tercera, dispone que “Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, desde la entrada en vigor del presente Real Decreto, las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios”.

La regulación del procedimiento de admisión del alumnado en centros públicos y privados concertados para cursar ciclos de formación profesional especial se considera esencial para la protección del interés general y básico para el funcionamiento del servicio público educativo.

Una vez determinado por el CREENA todos los aspectos relativos a la admisión en los ciclos de Formación Profesional Especial y visto el informe favorable de la Directora del Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia y de la Directora del Servicio de Planificación e Innovación de la Formación Profesional.

En virtud de las facultades atribuidas en el Decreto Foral 267/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Aprobar las instrucciones, el calendario del procedimiento de admisión y otros aspectos de desarrollo del mismo, del alumnado en centros públicos y privados concertados para cursar ciclos de Formación Profesional Especial, para el curso 2020-2021, que figuran en los anexos de la presente resolución.

2.º Contra la presente resolución y anexos podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Ordenar la publicación de la presente resolución y anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente resolución y sus anexos al Servicio de Inspección Educativa, Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia, Servicio de Planificación e Innovación de la Formación Profesional, Servicio de Cualificaciones Profesionales, Empresa y Empleo, Servicio de Estudios Económicos y Nóminas, Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente, Servicio de Gestión de Personal Temporal; a la Comisión General de Escolarización de Navarra; a la Sección de Gestión Jurídico-Administrativa; al Negociado de Escolarización, Negociado de Gestión de la Información Escolar, y al Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra a los efectos oportunos.

Pamplona, 25 de mayo de 2020.–El Director General de Formación Profesional, Tomás Rodríguez Garraza

ANEXO 1

Instrucciones del procedimiento de admisión en Ciclos de Formación Profesional Especial-Modalidad A. Curso 2020-2021

1. Las siguientes instrucciones de la Resolución 258/2019, de 9 de mayo, del Director General de Educación, por la que se aprueban las instrucciones y el calendario del procedimiento de admisión del alumnado en centros públicos y privados concertados para cursar ciclos de Formación Profesional Especial, en la Comunidad Foral de Navarra para el curso académico 2019-2020, resultan de aplicación para el proceso de admisión del curso 2020-2021:

–Instrucciones 1 y 2: “Desarrollo del proceso de admisión, instrucciones y criterios para la formación de grupos” y “Tramitación”. (Anexo 1).

–Instrucción 3 “Presentación de solicitudes en el proceso de admisión. Listados definitivos de personas admitidas del plazo ordinario del proceso de admisión”, excepto la referencia al número de opciones, al plazo ordinario de inscripción y al lugar y modo de presentación de la solicitud de inscripción (apartados 2 y 3 de la mencionada instrucción 3), que se ajustarán a lo establecido en las instrucciones de la presente resolución.

–Instrucción 4 “Presentación de solicitudes de inscripción de alumnado menor de edad y casos de separación y divorcio.”

–Instrucción 5 “Documentación que se debe presentar junto a la solicitud de inscripción”, excepto las referencias a las fechas de presentación de documentación señalada en los apartados 2 y 3 de esta instrucción, que se efectuaran conforme al calendario establecido en la presente resolución.

–Instrucción 6 “Desarrollo de los requisitos de acceso a los Ciclos de Formación Profesional Especial.”

–Instrucción 7 “Baremación y criterios de admisión para ciclos de Formación Profesional Especial”, excepto la referencia al Sorteo que se aplica en los casos de empates de los procesos de admisión, que se corresponde con el celebrado el 14 de febrero de 2020 en el Departamento de Educación.

–Instrucción 8 “Prioridad de inscripción”, señalando que se añade una segunda situación que acredita la condición de “Prioridad de inscripción”, conforme a lo que se establece en la presente resolución.

–Instrucción 9 “Exposición pública de los criterios de admisión”.

–Instrucción 10. “Plazo ordinario del proceso de admisión. Listas provisionales y definitivas de personas admitidas”, excepto la referencia a las fechas, que se serán las establecidas en el calendario de la presente resolución.

–Instrucción 11. “Expediente y traslado del mismo”, señalando que se añade una segunda situación de alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad para el que se precisa la remisión de informe psicopedagógico al CREENA, conforme a lo que se establece en la presente resolución; y excepto la referencia a las fechas, que serán las establecidas en el calendario de la presente resolución.

–Instrucción 12. “Festivos”, referidas al calendario del proceso de admisión del curso 2020-2021.

–Instrucción 13. “Matrícula. Formulario y documentación para la matrícula”, excepto la referencia a las fechas, que serán las establecidas en el calendario de la presente resolución.

–Instrucción 14. “Cauces de comunicación”.

Inscripción.

2. El plazo de inscripción a ciclos de Formación Profesional Especial es el señalado en el anexo 2 de la presente resolución.

3. La solicitud de inscripción se dirigirá o entregará en el Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra (CREENA). Se podrá señalar hasta un máximo de 8 opciones.

4. La inscripción a ciclos de Formación Profesional Especial se podrá realizar mediante:

a) Inscripción on line, desde el enlace de la Ficha de Trámites “Inscripción en ciclos de Formación Profesional Especial”, que se encuentra en la siguiente dirección:

https://www.navarra.es/home_es/servicios/ficha/7584/Inscripcion-en-ciclos-de-Formacion-Profesional-Especial

b) Inscripción presencial.

La dirección del Centro Recursos de Educación Especial de Navarra (CREENA), de manera excepcional en el proceso de admisión para el curso 2020-2021, podrán requerir a personal adscrito al CREENA para tareas de organización y gestión de la inscripción a ciclos de Formación Profesional Especial.

5. La solicitud de inscripción deberá ser validada por el CREENA, atendiendo, entre otros, a criterios de concordancia con los informes de orientación existentes para el alumnado, criterios de proximidad y de existencia de transporte. El CREENA entregará al solicitante fotocopia sellada y con fecha de entrada del impreso de solicitud validado, en el caso de que la presentación de la solicitud de inscripción se realice de manera presencial.

Las solicitudes que no sean validadas no participarán en el proceso de admisión en ciclos de Formación Profesional Especial.

Prioridad de inscripción.

6. Se añade una segunda situación que acredita la condición de “Prioridad de inscripción”: estar escolarizado en el mismo centro para el que solicita la inscripción en ciclos de Formación Profesional Especial.

Esta situación se deberá acreditar mediante documentación adjunta a la solicitud de inscripción para aquellas alumnas y alumnos que no hayan cursado UCE, en los plazos establecidos para la presentación de dichas solicitudes de inscripción.

Expediente y traslado del mismo.

7. Para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad intelectual que haya cursado otras enseñanzas sin haber obtenido el título de Graduada/o en E.S.O., se remitirá el informe psicopedagógico al CREENA conforme al modelo que se establezca en las fechas señaladas en el calendario de la presente resolución.

ANEXO 2

Calendario del proceso de admisión para el curso 2020-2021

Ciclos de Formación Profesional Especial-Modalidad A

PROCESO

FECHA INICIO

FECHA FIN

PLAZO ORDINARIO

Plazo de inscripción (presentación de solicitudes de inscripción y de la documentación que le debe acompañar).

1 de junio

12 de junio (hasta las 14 h)

Publicación de listado provisional de personas admitidas.

15 de junio

Presentación de reclamaciones al listado provisional de personas admitidas.

15 de junio

17 de junio (hasta las 14 h)

Publicación del listado definitivo de personas admitidas.

19 de junio

Fecha límite de presentación del “Informe Síntesis al final de Secundaria para los ciclos de FP Especial”, con indicación de los niveles de competencia curricular en los diferentes ámbitos formativos, del alumnado que no haya cursado UCE.

19 de junio (hasta las 14 h)

Fechas de matriculación.

23 de junio

24 de junio (hasta las 14 h)

Fecha límite para el traslado de:

–El informe psicopedagógico relativo al alumnado con discapacidad que ha cursado la enseñanza en una Unidad de Currículo Especial con indicación de los niveles de competencia curricular de los diferentes ámbitos educativos.

–El informe psicopedagógico relativo al alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad que ha cursado la Educación secundaria con adaptaciones curriculares significativas.

–El informe psicopedagógico relativo al alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad que ha cursado otras enseñanzas.

25 de junio

26 de junio (hasta las 14 h)

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