BOLETÍN Nº 116 - 29 de mayo de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 57E/2020, de 14 de mayo, del Director del Servicio de Biodiversidad por la que se procede a declarar la caducidad de la tramitación de la Autorización de Afecciones Ambientales del Proyecto de Restauración de una antigua cantera en Labiano, en el término municipal de Aranguren, promovido por el Ayuntamiento de esta localidad.

Con fecha 29 octubre de 2019 ha tenido entrada en el Servicio de Biodiversidad el expediente citado en el párrafo anterior para la concesión de Autorización de Afecciones Ambientales.

A la vista de la documentación técnica presentada para la solicitud, se requirió al promotor, mediante escrito notificado en fecha 21 de noviembre de 2019, la remisión de documentación complementaria necesaria para su debida tramitación. En dicho requerimiento se advertía expresamente que la paralización del expediente por un plazo superior a tres meses, si no enviara tal documentación, daría lugar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas a la caducidad de la solicitud y al consiguiente archivo de las actuaciones, lo que implicaría la imposibilidad de llevar a cabo las obras e instalaciones proyectadas.

Habiendo transcurrido ampliamente el plazo concedido sin que se haya cumplimentado el requerimiento formulado, de conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Declarar la caducidad del expediente iniciado a solicitud del Ayuntamiento de Aranguren, para la concesión de autorización de afecciones ambientales del proyecto de Restauración de una antigua cantera en Labiano y proceder al archivo de las actuaciones seguidas en el mismo.

Señalar que si en el futuro se pretendiera realizar estas obras, deberá procederse a la incoación de un nuevo expediente, en la forma establecida en el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.

2.º Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes desde el siguiente día hábil a la finalización del estado de alarma declarado por el COVID-19.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el siguiente día hábil a la finalización del estado de alarma declarado por el covid 19, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución al Ayuntamiento de Aranguren y a la Sección de Ordenación del Territorio, para su conocimiento y efectos oportunos.

Pamplona, 14 de mayo de 2020.–El Director del Servicio de Biodiversidad, Enrique Eraso Centelles.

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