BOLETÍN Nº 108 - 21 de mayo de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

GUESÁLAZ

Aprobación inicial de modificación presupuestaria 2/2020

Por Resolución de Alcaldía de fecha 2 de mayo 2020 se aprobó el crédito extraordinario en las partidas económicas de la Política de Gasto 231 del Presupuesto Ordinario de este Ayuntamiento.

El Artículo 20 (Aplicación del artículo 3 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, a las Entidades Locales) del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, en el apartado dos establece: “2. Para la aplicación del superávit a la política de gasto 23 en los términos regulados en el artículo 1 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, la modificación presupuestaria de crédito extraordinario para habilitar crédito o de suplemento de créditos que deba aprobarse, se tramitará por decreto o resolución del Presidente de la corporación local sin que le sean de aplicación las normas sobre reclamación y publicidad de los presupuestos a que se refiere el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Tales decretos o resoluciones serán objeto de convalidación en el primer Pleno posterior que se celebre, exigiéndose para ello el voto favorable de una mayoría simple y la posterior publicación en el Boletín Oficial correspondiente. El Pleno del Ayuntamiento de Guesálaz, en sesión celebrada el día 4 de mayo de 2020, convalidó la modificación por unanimidad.

Contra esta resolución o acuerdo, cabe interponer, directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción contencioso Administrativo de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación; o, previamente y con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante el órgano emanante de la misma en plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, o Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde su notificación.

Guesálaz, 4 de mayo de 2020.–El Alcalde, Pedro José Soto Eguren.

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