BOLETÍN Nº 10 - 16 de enero de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LEKUNBERRI

Aprobación definitiva del reglamento municipal de los Presupuestos Participativos

El Pleno del ayuntamiento de Lekunberri, en sesión celebrada el día 26 de septiembre de 2019, acordó aprobar inicialmente el Reglamento municipal de los Presupuestos Participativos.

Dicha aprobación inicial se publicó en el Boletín Oficial de Navarra 199 de 8 de octubre de 2019, habiendo permanecido en información pública durante treinta días hábiles sin que se hayan formulado reclamaciones, reparos u observaciones, por lo que el Reglamento Municipal de presupuestos Participativos ha quedado definitivamente aprobado.

En consecuencia, procede a la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de Navarra.

Lekunberri, 5 de diciembre de 2019.–El Alcalde, Gorka Azpiroz Razquin.

ANEXO I

Reglamento de los Presupuestos Participativos

TÍTULO PRIMERO

De los principios básicos

Declaración de principios.

–Un proceso abierto y universal.

Los Presupuestos Participativos serán abiertos y de carácter universal para toda la ciudadanía empadronada en Lekunberri. Cada participante tiene la misma capacidad de decisión, salvo las restricciones acordadas por edad. La votación será universal (una persona, un voto).

–Un proceso plural y diverso.

Los Presupuestos Participativos serán reflejo de la pluralidad y diversidad del municipio de Lekunberri.

–Un proceso claro y transparente.

Los Presupuestos Participativos serán de conocimiento popular, con transparencia en su desarrollo, reglamento y contenidos. El lenguaje y los materiales utilizados en el proceso, serán lo más clarificadores posible para facilitar el entendimiento y participación de toda la ciudadanía.

–Un proceso acordado y consensuado.

Los Presupuestos Participativos se articularán desde el acuerdo y la toma de decisiones con el mayor grado posible de consenso ciudadano.

–Un proceso deliberativo y autorregulado.

Los Presupuestos Participativos se regularán por la normativa creada. Este conjunto de normas se recogerán en un documento (el “Autorreglamento”) que servirá para establecer las reglas del proceso del Presupuesto Participativo en todos sus pasos y acciones.

–Un proceso consultivo y vinculante.

Los Presupuestos Participativos tendrán en cuenta las opiniones de la ciudadanía y las decisiones finales que se tomen, tendrán vinculación política, incluyéndose en el presupuesto municipal anual.

–Un proceso cogestionado y corresponsable.

Los Presupuestos Participativos favorecerán la responsabilidad y gestión compartida del proceso, entre la ciudadanía y la administración local.

–Un proceso dinámico y flexible.

Los Presupuestos Participativos se adaptarán de manera flexible y continua al contexto de Lekunberri, sus habitantes, los/as participantes directos/as y al desarrollo del propio proceso.

–Un proceso socialmente justo y solidario.

Los Presupuestos Participativos incorporarán en su desarrollo y propuestas criterios de justicia social y sostenibilidad que beneficien al municipio de Lekunberri y sus habitantes.

–Un proceso accesible.

Los Presupuestos Participativos facilitarán el acceso al proceso, en condiciones de igualdad, a toda la población de Lekunberri.

–Un proceso integrador e inclusivo.

Los Presupuestos Participativos pretenden generar un marco de participación social, donde la ciudadanía de Lekunberri se sienta activa y partícipe de la vida política, económica, social y cultural de su municipio.

–Un proceso equitativo e igualitario.

Los Presupuestos Participativos favorecerán la equidad e igualdad para hombres y mujeres en todas las etapas del proceso y en el desarrollo de las propuestas incluidas en el presupuesto municipal anual, una vez que sean aprobadas por el pleno del Ayuntamiento.

–Un proceso formativo y educativo.

Los Presupuestos Participativos pretenden ser un espacio de aprendizaje y desarrollo de competencias para la participación social.

–Un proceso sostenible (económica, social y ambientalmente).

Los Presupuestos Participativos favorecerán la sostenibilidad económica, social y ambiental del proceso en todas sus etapas y en el desarrollo de las propuestas incluidas en el presupuesto municipal anual, una vez que sean aprobadas por el pleno del Ayuntamiento.

TÍTULO SEGUNDO

De la organización

Estructura Territorial

Artículo 1. Ámbito Territorial.

En el proceso está incluido todo el ámbito territorial del Municipio de Lekunberri.

Estructura Organizativa.

Artículo 2. Participantes.

En el proceso estarán incluidos tres grupos de población en relación a su responsabilidad respecto al municipio: ciudadanos/as, personal técnico y personal político.

Podrá participar (debatir, proponer, decidir) en el Presupuesto Participativo cualquier persona empadronada en Lekunberri. Residentes no empadronados pueden participar activamente en el proceso, con voz pero sin voto.

Podrán plantear demandas y realizar propuestas para el Presupuesto Participativo todas las personas sin limitaciones de edad. Sin embargo, solo podrán tomar decisiones sobre el Presupuesto Participativo aquellas personas que sean mayores de 14 años (incluidas las personas que los cumplan durante ese año).

En aquellos momentos del proceso que se considere necesario (presentación de propuestas, votaciones, etc.), los/as participantes deberán acreditarse y documentarse mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos: DNI, pasaporte, NIE o permiso de conducir. Estos documentos deberán ser válidos, estar vigentes.

Artículo 3. Asamblea Ciudadana.

La Asamblea Ciudadana es un espacio de intercambio, análisis, decisión y debate sobre el proceso de los Presupuestos Participativos.

En las Asambleas Ciudadanas podrán participar todas las personas que lo deseen con “voz”, pero no con voto. Para votar las decisiones que se tomen en las asambleas será necesario estar empadronado/a en Lekunberri y ser mayor de 14 años (incluidas las personas que los cumplan durante ese año).

Las Asambleas Ciudadanas podrán contar si es necesario con la asistencia y asesoramiento del Equipo Técnico del Ayuntamiento.

Se realizarán tantas asambleas ciudadanas como se valore necesario en el proceso de los Presupuestos Participativos.

La coordinación de la asamblea la llevaran a cabo las personas del equipo técnico y los concejales nombrados por el pleno del Ayuntamiento.

Artículo 4. Mesa Técnica.

La mesa técnica estará formada por:

El personal técnico del ayuntamiento de Lekunberri: Equipo arquitectura municipal + Secretaría municipal.

Los concejales nombrados por el pleno del Ayuntamiento: 2 de LT y 1 de EH-B.

Los vecino/as elegido/as de la Asamblea Ciudadana (no podrán ser participantes de los proyectos)

TÍTULO TERCERO

De las propuestas y su priorización

Las propuestas.

Artículo 5. Características de las propuestas.

Las propuestas estarán dirigidas al municipio de Lekunberri y/o su población. Existirá el límite de una propuesta por ciudadano/a o grupo de ciudadanos/as.

Deberán ejecutarse en el ejercicio presupuestario del año en curso, en el año natural o en las prórrogas correspondientes.

Las propuestas cuando estén expuestas al público, serán anónimas.

Artículo 6. Presentación de las propuestas.

La presentación de propuestas ciudadanas se realizará dentro del plazo establecido a través de los espacios de participación y a través de los canales y espacios destinados a la recogida de propuestas.

La presentación de propuestas se realizará mediante la entrega de un formulario básico, breve y sencillo, que explique sus principales características: título de la propuesta, justificación, objetivos, descripción, presupuesto aproximado y datos opcionales.

Las propuestas se identificarán con las personas que las proponen y los/as participantes deberán acreditarse y documentarse (mediante el DNI, Pasaporte, NIE o permiso de conducir). En todos los casos se recogerá en el formulario los siguientes datos de la persona que presenta las propuestas: número del documento acreditativo, edad y sexo.

En caso de tratarse de un/a persona de menos de 14 años (quedan incluidas las personas que cumplan los 14 años durante este año), la propuesta tendrá que ser presentada por una persona mayor de edad.

Cuando un vecino no pueda presentar su propuesta en el Ayuntamiento, podrá dar la autorización a otra persona para que la presente en su nombre.

El formulario de las propuestas, se podrá recoger en las Oficinas del Ayuntamiento de Lekunberri. También se podrá descargar de la página web del Ayuntamiento. Quedarán excluidas las propuestas que no se presenten en el formulario oficial.

La presentación de propuestas se realizará mediante la entrega del formulario de las propuestas correctamente rellenado en la Oficina del Ayuntamiento de Lekunberri.

Para facilitar la cumplimentación del formulario, se contará con la ayuda del personal del Ayuntamiento que ayude a trasladar las propuestas al modelo de formulario. (Ver anexo 2)

La priorización de las propuestas

Artículo 7. Criterios aplicables a todas propuestas.

La mesa técnica de los presupuestos participativos, valorarán qué propuestas cumplen con los criterios para su inclusión en los presupuestos participativos. Serán incluidas aquellas propuestas que cumplan los siguientes criterios:

La propuesta está dirigida al municipio de Lekunberri (de forma total o parcial) y/o a su población.

La propuesta es de ámbito y competencia municipal.

La propuesta se ejecuta en el ejercicio presupuestario del año en curso.

La propuesta responde a las necesidades del municipio.

La propuesta es concreta, determinada y evaluable económicamente.

La propuesta no podrá ser discriminatoria con ninguna persona por motivos de género, raza, edad, etc.

Aquella propuesta que no cumpla alguno de los criterios, quedará temporalmente excluida de los Presupuestos Participativos, dando siempre la opción y la orientación a los promotores de la idea a que puedan subsanar los errores de contenido o forma de su proyecto y hacer posible su participación respetando así el espíritu de los Presupuestos Participativos.

Varias de las propuestas incluidas en los Presupuestos Participativos pueden ser unificadas en una sola propuesta, siempre que sean iguales o se complementen entre ellas y así lo estime la mesa técnica de Los Presupuestos Participativos.

Las propuestas que se incluyan en los Presupuestos Participativos se difundirán y serán expuestas públicamente y de manera anónima.

No obstante, las personas que presenten propuestas, tendrán la opción de publicitar su propuesta como crea conveniente.

Artículo 8. Priorización de las propuestas.

La elección y priorización de las propuestas ciudadanas, se realizará por orden de prioridad (de mayor a menor), de acuerdo con la puntuación total alcanzada por cada una de ellas mediante dos sistemas:

Puntuación de los principios y criterios técnicos de los presupuestos participativos.

Votación directa de los/as ciudadanos/as.

La puntuación total que alcanza cada propuesta, dependerá del porcentaje asignado a cada uno de estos sistemas:

La puntuación de los principios y criterios técnicos de los presupuestos participativos supondrá un 25 % del total de la puntuación de la propuesta.

Votación directa de los/as ciudadanos/as supondrá un 75 % del total de la puntuación de la propuesta.

Dependiendo del número de propuestas presentadas, la mesa técnica decidirá si hacer una o dos rondas de votaciones para hacer una elección más concreta.

Una vez ponderados los resultados obtenidos de la votación directa de los/as ciudadanos/as, junto con los principios y criterios técnicos, se organizarán las propuestas ordenando la prioridad de las propuestas de mayor a menor de acuerdo con la puntuación alcanzada. (Ver anexo 3.)

TÍTULO CUARTO

De la evaluación del proceso y la modificación del autorreglamento

Evaluación y modificación del autorreglamento.

Artículo 9. Evaluación del proceso.

Para analizar el proceso de los Presupuestos Participativos, se realizarán las siguientes evaluaciones finales:

La evaluación de los/as vecinos/as, por medio de una reunión del Grupo de Trabajo de los Presupuestos Participativos.

Las enmiendas o aportaciones al Autorreglamento planteada a lo largo del proceso de los Presupuestos Participativos.

El resultado de estas evaluaciones se recogerá en la memoria final de todo el proceso.

Artículo 10. Modificación del autorreglamento.

Para la modificación del autorreglamento se tendrá en cuenta la memoria final de todo el proceso.

El Grupo de trabajo de los Presupuestos Participativos tras analizar los resultados de las diferentes evaluaciones planteará las posibles modificaciones para el autorreglamento de cara al nuevo proceso de Presupuestos Participativos.

TÍTULO QUINTO

De las fechas de cada hito a celebrar en todo el proceso

1. Asamblea ciudadana: 16 de septiembre de 2019 a las 19:30h

2. Exposición bases: 17 de septiembre

3. Presentación propuestas: Fecha límite 4 de octubre

4. Reunión mesa técnica 8 de octubre a las 11h

5. PEriodo de corrección de propuestas: hasta el 18 de octubre

6. Reunión mesa técnica: 22 de octubre a las 11h

7. Votación: del 28 de octubre al 31 de octubre

ANEXOS

Introducción a los anexos.

Los anexos del Autorreglamento de los Presupuestos Participativos de Lekunberri no podrán ser modificados hasta la finalización de todo el proceso, momento en el que tras analizar los resultados de las diferentes evaluaciones el Grupo de trabajo planteará las posibles modificaciones para el autorreglamento de cara al nuevo proceso de Presupuestos Participativos.

ANEXO 1

Cuantías de gasto municipal abierto al proceso de los Presupuestos Participativos de 2019 son: 15.000 euros (IVA incluido).

ANEXO 2

Formulario para la presentación de propuestas

NOMBRE Y APELLIDOS:

DNI:

TELEFONO:

EMAIL:

FECHA:

RAZÓN DEL PROYECTO

EXPLICACIÓN DEL PROYECTO

PRESUPUESTO

ANEXO 3

Puntuación de los principios
y criterios técnicos de los presupuestos participativos

La puntuación de los principios y criterios técnicos de los presupuestos participativos de cada propuesta se realizará por el Grupo de Trabajo.

Estratégico y continuado (hasta 3 puntos).

La propuesta tiene posibilidades de continuidad, permanencia e impacto en años futuros.

Entre 0 año y 1 año: 0 puntos

Entre 1 año y 5 años: 1 punto

Entre 5 años y 10 años: 2 puntos

Más de 10 años: 3 puntos.

Justo socialmente (hasta 3 puntos).

La propuesta afecta a un porcentaje significativo de la población de Lekunberri.

Entre el 0 % y 25 % de la población: 0 puntos

Entre el 26 % y 50 % de la población: 1 punto

Entre el 51 % y 75 % de la población: 2 puntos

Entre el 76 % y 100 % de la población: 3 puntos

Accesible y solidario (hasta 6 puntos).

La propuesta está destinada a población o áreas del municipio con mayor necesidad.

Población con mayor necesidad en el municipio: Grupos de edad (infancia, juventud, mayores), discapacidad (física, psíquica o sensorial), colectivos con menos oportunidades (parados/as, inmigrantes, minorías culturales), etc.

–Valoración técnica de importancia-urgencia:

Intervención no necesaria: 0 puntos

Intervención necesaria: 1 punto

Intervención importante: 2 puntos

Intervención urgente: 3 puntos

Espacios y zonas del municipio con mayor necesidad en el municipio.

–Valoración técnica de importancia-urgencia

Intervención no necesaria: 0 puntos

Intervención necesaria: 1 punto

Intervención importante: 2 puntos

Intervención urgente: 3 puntos

Equitativo e igualitario (hasta 1 punto)

La propuesta favorece la igualdad de oportunidades y trato en las relaciones entre mujeres y hombres. Fortalece la participación, la corresponsabilidad y la presencia equilibrada de mujeres y hombres. Tiene en cuenta las necesidades de conciliación personal (diferencias de género en el reparto de las tareas domésticas y de cuidado). Visibiliza las aportaciones de las mujeres. Promueve la coeducación. Otras.

No: 0 puntos

Si: 1 punto.

Integrador e inclusivo (hasta 1 punto)

La propuesta favorece la participación y articulación ciudadana. Favorece la creación de un tejido ciudadano autónomo, participativo y comprometido. Fortalece los espacios y canales de comunicación o coordinación entre diferentes sectores y grupos sociales de municipio. Favorece iniciativas o espacios de democracia participativa en el municipio.

No: 0 puntos

Si: 1 punto

Formativo y educativo (hasta 1 punto).

Las propuestas favorecen procesos de aprendizaje y capacitación ciudadana. Favorece la adquisición de capacidades (actitudes, habilidades y conceptos) necesarias para el desarrollo del municipio.

No: 0 puntos

Si: 1 punto

Sostenibilidad ambiental. Impacto ambiental en Lekunberri (hasta 4 puntos).

La propuesta minimiza el impacto sobre los distintos aspectos ambientales de Lekunberri o incluye criterios de sostenibilidad ambiental. El impacto ambiental es el efecto que produce una actividad sobre el medio. Ello supone la existencia de impactos negativos (perjudiciales) y positivos (beneficiosos).

–Impacto ambiental negativo: 0 puntos

–Impacto ambiental negativo bajo (o minimiza el impacto existente): 1 punto

–Impacto ambiental negativo nulo: 2 puntos

–Impacto ambiental negativo positivo: 4 puntos.

Coste de mantenimiento (hasta 4 puntos).

La propuesta no tiene coste de mantenimiento o el menor coste de mantenimiento posible.

Coste superior al 10 % del coste en el año: 0 puntos

Coste inferior al 10 % del coste en el año: 1 puntos

Coste inferior al 5 % del coste en el año: 2 puntos

No tiene coste: 3 puntos

Ahorra costes: 4 puntos

–Uso de recursos propios (hasta 1 punto).

La propuesta puede realizarse utilizando los recursos existentes en el municipio (infraestructuras, materiales, personal, etc.). El cálculo del coste de la propuesta, incluiría el gasto municipal

No: 0 puntos

Si: 1 punto

Euskera. Normalización lingüística (hasta 2 puntos).

Las propuestas favorecen procesos normalización lingüística con procesos educativos o Integrando el euskera en el día a día del pueblo y/o su ciudadanía.

No: 0 puntos.

Si: 2 puntos.

Nuevas propuestas (hasta 1 punto)

La propuesta es nueva y no ha sido beneficiada en los presupuestos participativos de años anteriores.

No: 0 puntos

Si: 1 punto

ANEXO 4

En caso de que el proyecto ganador no llegue a cubrir los 15.000euros y por tanto exista un excedente, este será ofrecido por orden de puntuación a los restantes proyectos por si quisieran hacer uso de ese importe para llevar a cabo su proyecto.

En caso de que alguno de los proyectos exceda de los 15.000euros, este deberá venir acompañado de un plan de viabilidad y de financiación.

El plazo máximo para la ejecución del proyecto ganador será de 1 año a contar desde su designación. En caso de sobrepasar ese plazo sin notificación ni justificación alguna, la Mesa Técnica determinará si concede una prórroga o no, pudiendo determinar la anulación de la dotación presupuestaria al proyecto ganador por incumplimiento de las condiciones del concurso.

Código del anuncio: L1915700