BOLETÍN Nº 8 - 14 de enero de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 980E/2018, de 28 de noviembre, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se formula Informe Ambiental Estratégico de la Modificación Estructurante del Plan Municipal de Cáseda. Ampliación de suelo urbano consolidado para ampliación instalaciones, promovido por SCL Cerealista.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 6.2 en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, son objeto de evaluación ambiental estratégica simplificada las Modificaciones menores de los planes.

El expediente de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada se inicia con la remisión por parte del Ayuntamiento de Cáseda de la “Modificación Estructurante del Plan Municipal de Cáseda. Ampliación de suelo urbano consolidado (parcelas 28, 42, 46, 47 y 48 del polígono 63) para ampliación instalaciones SCL Cerealista”, promovido por SCL Cerealista.

La Modificación aprobada inicialmente el 27 de julio de 2015 y se ha sometido a un periodo de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 157, de 13 de agosto de 2015. En este periodo de información pública no se han recibido alegaciones de contenido ambiental.

La Modificación tiene como objetivo ampliar el entorno urbano de la actual Cooperativa Cerealista, agregando las parcelas 28, 42, 46, 47, 48 del polígono 63 y conformando una única parcela de uso industrial. Dicha actuación pretende facilitar la ampliación de la actividad de la Cooperativa, ubicada en la parcela 115 del polígono 62 y supone un incremento de su superficie en 9.000 m². El ámbito propuesto resulta colindante a las instalaciones actuales y se plantea sobre terrenos de topografía prácticamente llana, con uso agrícola en el que no se identifican formaciones naturales, hábitats de interés, y/o enclaves de valor ambiental. Se trata de una Modificación de extensión reducida y no se prevén afecciones ambientales significativas.

Las instalaciones existentes ya cuentan con redes de abastecimiento (mediante acometida de conexión a la red general y depósito interior en la parcela), saneamiento (fosa séptica), una canalización interior a la parcela que recoge las aguas pluviales y la red de suministro eléctrico. Por lo que no se contemplan nuevas infraestructuras.

El principal condicionante territorial del entorno de la Cooperativa son los riesgos por inundabilidad del río Aragón. Este aspecto de especial relevancia, ha sido valorado a lo largo de la tramitación ambiental del expediente. Desde el Servicio de Calidad Ambiental se informó con fecha 4 de enero de 2016, que a la vista de la información disponible sobre áreas inundables en el entorno, el análisis ambiental de la propuesta requería información precisa y actualizada que valorará los riesgos existentes y se aportó el informe del Servicio del Agua de fecha 23 de octubre de 2015.

En respuesta a este informe, se presenta información complementaria “Anexo B. Estudio Hidrológico de la Modificación estructurante del Plan Municipal de Cáseda, ampliación del suelo urbano consolidado para ampliación de instalación S. Coop. Ltda.” de fecha agosto de 2016. A la vista de esta nueva documentación, se emiten nuevos informes desde el Servicio del Agua de fecha 10 de agosto de 2017, el cual no es concluyente y de Protección Civil de 29 de agosto de 2017. Este último, condiciona su informe a la validación por parte del Servicio de Economía Circular y Agua del Estudio Hidrológico, sin perjuicio de las medidas en materia de planificación de emergencia que tenga que adoptar el Ayuntamiento de Cáseda y la Sociedad Cooperativa Ltda. Cerealista de Cáseda.

En marzo de 2018, se presenta nueva documentación “Refundido Estudio Hidraúlico” de fecha diciembre de 2017. El Servicio de Economía Circular y Agua en su informe de 28 de septiembre de 2018 indica que se han recogido adecuadamente las indicaciones dadas por la Sección de Restauración de ríos y gestión piscícola para la elaboración del Estudio Hidráulico, relativas principalmente a la zonificación de los riesgos en base a los criterios del POT, la simulación de los resultados en un escenario futuro y la adopción de medidas concretas. Por lo que emite informe favorable puesto que según los criterios del POT 4, las medidas correctoras no producen un incremento sustancial de la inundabilidad en el entorno y reducen el riesgo de inundación.

El Servicio de Territorio y Paisaje, a la vista de las características de la Modificación y analizando el ámbito de actuación concluye que no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente. Se trata de una Modificación menor definida en el artículo 5 de la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental, informa sobre la realización del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada y emite informe favorable.

En consecuencia, a la vista de los informes que figuran en el expediente, considerando que el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada está completo y, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y por Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

RESUELVO:

1.º No someter la “Modificación Estructurante del Plan Municipal de Cáseda. Ampliación de suelo urbano consolidado para ampliación instalaciones SCL Cerealista” al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria.

2.º Formular informe ambiental estratégico favorable sobre la “Modificación Estructurante del Plan Municipal de Cáseda. Ampliación de suelo urbano consolidado para ampliación instalaciones SCL Cerealista” promovida por SCL Cerealista, considerando que no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente.

3.º De conformidad con lo previsto en el artículo 31 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el informe ambiental estratégico no será objeto de recurso alguno, sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía judicial frente a la disposición de carácter general que hubiese aprobado la Modificación Estructurante del Plan General o bien, sin perjuicio de los procedan en vía administrativa frente al acto, en su caso de aprobación de la Modificación Estructurante del Plan General de Cáseda.

4.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Notificar esta Resolución al Ayuntamiento de Cáseda y a la Sección de Urbanismo, a los efectos oportunos.

Pamplona, 28 de noviembre de 2018.–La Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Eva García Balaguer.

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