BOLETÍN Nº 79 - 25 de abril de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 10 de abril de 2019, por el que se corrige el error advertido en el Acuerdo del Gobierno de Navarra de 20 de marzo de 2019, por el que se concreta para el año 2019 de actualización de las pensiones de las clases pasivas de los montepíos de las Administraciones Públicas de Navarra.

Por Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 20 de marzo de 2019, se concreta para el año 2019 la actualización de las pensiones de las clases pasivas de los Montepíos de las Administraciones Públicas de Navarra.

Advertido error en los puntos 5.º y 6.º del Acuerdo, en relación a las cuantías de los conceptos retributivos con incidencia en los derechos pasivos de los funcionarios de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Diputación Foral de Navarra y de los Montepíos de los Funcionarios Municipales de Navarra no acogidos a la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, y los conceptos retributivos que se han de tener en cuenta para el cálculo de los derechos pasivos del personal sanitario municipal sometido al régimen jurídico establecido en el Acuerdo de 16 de noviembre de 1981, sin perjuicio de los demás conceptos que puedan resultar aplicables en los supuestos contemplados en la disposición transitoria cuarta de la Ley Foral 22/1985, de 13 de noviembre, de Zonificación Sanitaria de Navarra, al no haberse aplicado a las mismas con respecto a las del año 2018, la variación porcentual interanual del Índice de Precios al Consumo de cada uno de los meses desde diciembre de 2017 hasta noviembre de 2018, que en 2018 es del 1,7 por ciento; es decir, las mismas se han calculado con el incremento general del 1,6 por ciento, sin haber tenido en cuenta dicha variación porcentual interanual del 0,1 por ciento, por lo que procede su corrección conforme a lo establecido en el artículo uno del Real Decreto 28/2018, de 28 diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo y en la Ley Foral 27/2018, de 24 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2019.

En virtud de lo expuesto, el Gobierno de Navarra, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia,

ACUERDA:

1.º Corregir el error advertido en el Acuerdo del Gobierno de Navarra de 20 de marzo de 2019, en los términos que siguen:

En el punto 5.º del acuerdo:

Donde dice:

5.º Las cuantías de los conceptos retributivos con incidencia en los derechos pasivos de los funcionarios de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Diputación Foral de Navarra y de los Montepíos de los Funcionarios Municipales de Navarra no acogidos a la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, serán los siguientes para el año 2019:

NIVEL

SUELDO

PLUS CARESTÍA VIDA

1

13.486,01

9.959,65

2

11.094,23

9.448,79

3

9.876,28

9.189,02

4

9.387,05

9.084,92

5

8.974,51

8.997,04

6

8.594,45

8.915,67

7

8.234,22

9.043,07

8

7.983,14

9.324,94

9

7.619,67

9.247,23

10

7.405,67

9.032,26

11

7.213,03

8.919,59

12

6.799,27

8.675,29

13

6.517,12

8.536,98

14

6.002,38

8.274,33

15

5.528,38

7.895,51

16

5.239,32

7.725,29

17

4.761,56

7.555,40

Debe decir:

5.º Las cuantías de los conceptos retributivos con incidencia en los derechos pasivos de los funcionarios de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Diputación Foral de Navarra y de los Montepíos de los Funcionarios Municipales de Navarra no acogidos a la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, serán los siguientes para el año 2019:

NIVEL

SUELDO

PLUS CARESTÍA VIDA

1

13.499,49

9.969,61

2

11.105,33

9.458,24

3

9.886,16

9.198,20

4

9.396,44

9.094,00

5

8.983,48

9.006,04

6

8.603,04

8.924,59

7

8.242,45

9.050,11

8

7.991,12

9.334,27

9

7.627,29

9.256,47

10

7.413,08

9.041,29

11

7.220,24

8.928,51

12

6.806,06

8.683,97

13

6.523,63

8.545,52

14

6.008,38

8.282,60

15

5.533,91

7.903,40

16

5.244,56

7.733,01

17

4.766,32

7.562,96

En el punto 6.º del acuerdo:

Donde dice:

6.º Para el año 2019, los conceptos retributivos que se han de tener en cuenta para el cálculo de los derechos pasivos del personal sanitario municipal sometido al régimen jurídico establecido en el Acuerdo de 16 de noviembre de 1981, sin perjuicio de los demás conceptos que puedan resultar aplicables en los supuestos contemplados en la disposición transitoria cuarta de la Ley Foral 22/1985, de 13 de noviembre, de Zonificación Sanitaria de Navarra, serán los siguientes:

a) Médicos, Farmacéuticos y Veterinarios:

SUELDO

PUESTO FACULTATIVO

8.426,28

5.506,76

b) Auxiliares Técnicos Sanitarios:

SUELDO

PUESTO FACULTATIVO

4.870,06

4.405,75

Debe decir:

6.º Para el año 2019, los conceptos retributivos que se han de tener en cuenta para el cálculo de los derechos pasivos del personal sanitario municipal sometido al régimen jurídico establecido en el Acuerdo de 16 de noviembre de 1981, sin perjuicio de los demás conceptos que puedan resultar aplicables en los supuestos contemplados en la disposición transitoria cuarta de la Ley Foral 22/1985, de 13 de noviembre, de Zonificación Sanitaria de Navarra, serán los siguientes:

a) Médicos, Farmacéuticos y Veterinarios:

SUELDO

PUESTO FACULTATIVO

8.434,70

5.512,27

b) Auxiliares Técnicos Sanitarios:

SUELDO

PUESTO FACULTATIVO

4.874,93

4.410,16

2.º La presente modificación se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar este acuerdo al Servicio de Prestaciones Sociales de la Dirección General de Función Pública.

Pamplona, 10 de abril de 2019.–La Consejera Secretaria del Gobierno de Navarra, María José Beaumont Aristu.

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