BOLETÍN Nº 56 - 22 de marzo de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 31E/2019, de 7 de marzo, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se aprueba definitivamente la modificación del Plan Municipal de Pamplona, en la parcela 340 del polígono 5, promovida por la Congregación de la Misión de San Vicente de Paúl Provincia Canónica de Zaragoza (Padres Paúles).

El Ayuntamiento de Pamplona ha presentado ante el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, se considera procedente su aprobación definitiva.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente la modificación del Plan Municipal de Pamplona, en la parcela 340 del polígono 5, promovida por la Congregación de la Misión de San Vicente de Paúl Provincia Canónica de Zaragoza (Padres Paúles).

2.º Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar esta Orden Foral a la Congregación de la Misión de San Vicente de Paúl Provincia Canónica de Zaragoza (Padres Paúles) y al Ayuntamiento de Pamplona, a los efectos oportunos.

4.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, recordando al Ayuntamiento de Pamplona el deber de publicar la correspondiente normativa urbanística en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 7 de marzo de 2019.–La Consejera de Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, Isabel Elizalde Arretxea.

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