BOLETÍN Nº 54 - 20 de marzo de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

RESOLUCIÓN 107/2019, de 6 de febrero, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se delega en la Jefa de Sección de Acreditación de Competencias Profesionales y Centro Iturrondo la competencia para la suscripción de convenios para la realización del módulo de formación práctica en centros de trabajo de los Certificados de Profesionalidad.

El Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, establece en su artículo 5 bis, apartado 2.º, que la realización del módulo de formación práctica en centros de trabajo se articulará a través de convenios o acuerdos entre los centros formativos y los centros de trabajo, sin perjuicio de su sujeción al régimen contemplado para las prácticas profesionales no laborales en empresas.

El artículo 108.2 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, establece que el Presidente o Director Gerente de los organismos públicos ostentará la máxima representación de los mismos. Análoga previsión se contiene en el artículo 12.a) del Decreto Foral 263/2015, de 2 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.

El artículo 36.1 de la misma Ley Foral dispone que el ejercicio de las competencias propias de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra podrá ser delegado en otros de igual o inferior rango, aunque no sean jerárquicamente dependientes, salvo disposición en contrario.

El apartado 4.º de dicho artículo prevé que la delegación de competencias, así como su revocación, que podrán ejercitarse en cualquier momento, se aprobarán por el órgano delegante y se publicarán en el Boletín Oficial de Navarra, señalando su apartado 6.º que los actos y resoluciones administrativas que se dicten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán, a todos los efectos, dictadas por el órgano delegante.

De conformidad con lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 12 del Decreto Foral 263/2015, de 2 de diciembre, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, en relación con el artículo 36 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Delegar en la Jefa de Sección de Acreditación de Competencias Profesionales y Centro Iturrondo la competencia para la suscripción de convenios para la realización del módulo de formación práctica en centros de trabajo de los Certificados de Profesionalidad.

2.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar esta Resolución al Director del Servicio de Desarrollo de Competencias Profesionales, y al Servicio de Asistencia y Gestión Administrativa, a los efectos oportunos.

Pamplona, 6 de febrero de 2019.–La Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Paz Fernández Mendaza.

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