BOLETÍN Nº 54 - 20 de marzo de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 18/2019, de 31 de enero, de la Directora General de Universidades y Recursos Educativos, por la que se inscriben las especialidades de Percusión y Trikitixa en el Registro Específico de Escuelas de Música y Danza, entre las enseñanzas que puede impartir la Escuela de Música “Valle de Salazar” con domicilio en Ezcároz.

Visto el expediente instruido ante la solicitud de don Gonzalo Celay Iriarte, Presidente de la Junta General del Valle de Salazar, titular de la Escuela de Música “Valle de Salazar”, domiciliada en Ezcároz, para que se autorice para impartir las especialidades de Percusión y Trikitixa en dicha escuela.

Vistos los informes favorables emitidos por el Servicio de Inspección Educativa para que se inscriban las enseñanzas solicitadas.

Teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 29 del Decreto Foral 421/1992, de 21 de diciembre, por el que se aprueban las normas básicas para la creación y funcionamiento de las Escuelas de Música y Danza.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra; y a propuesta del Servicio de Infraestructuras Educativas,

RESUELVO:

1.º Inscribir en el Registro Específico de Escuelas de Música y Danza del Gobierno de Navarra las especialidades de Percusión y Trikitixa como enseñanzas que imparte la Escuela de Música “Valle de Salazar” (código de centro: 31008751), con domicilio en Ezcároz, que tendrá sus efectos desde el día 5 de diciembre de 2018, fecha en que tuvo su entrada en este Departamento de Educación la documentación necesaria para tramitar solicitud del titular del centro.

2.º Indicar que las enseñanzas que impartirá la escuela a partir de esa fecha serán las establecidas en el artículo 48.3 de la Ley Orgánica de Educación, según la ordenación establecida por el artículo 9.º del Decreto Foral 421/1992, de 21 de diciembre, con las siguientes especialidades dentro del ámbito de la “práctica instrumental”: Acordeón, Gaita, Guitarra, Percusión, Piano, Saxofón, Trikitixa, Trompeta y Violín.

3.º Recordar que cualquier modificación en la composición de la Escuela, que afecte a los supuestos contemplados en el artículo 29 del citado Decreto Foral 421/1992, deberá ser comunicada a este Departamento de Educación.

4.º Advertir que la inscripción de la Escuela podrá revocarse en los supuestos contemplados en el artículo 31 del mencionado Decreto Foral.

5.º Notificar la presente Resolución a la Junta del Valle de Salazar, indicado que, contra la presente resolución administrativa, la Administración Pública interesada podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

6.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Inspección Educativa y al de Infraestructuras Educativas, y a la Sección de Enseñanzas Artísticas y a la de Contratación, Servicios Complementarios y Coordinación Administrativa.

7.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 31 de enero de 2019.–La Directora General de Universidades y Recursos Educativos, Nekane Oroz Bretón.

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