BOLETÍN Nº 54 - 20 de marzo de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 12E/2019, de 16 de enero, del Consejero de Salud, por la que se autoriza una encomienda de gestión de la Dirección General de Salud a la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, para la convocatoria, concesión y abono de subvenciones a entidades locales para ejecutar proyectos de la Agenda Local 21.

La Agenda Local 21 es un proceso de planificación estratégica de un municipio o agrupación de municipios que pretende encaminar su desarrollo hacia la sostenibilidad económica, social y ambiental y cuyos objetivos se definen mediante el acuerdo entre las autoridades municipales y la población local.

En el año 2002, se constituyó la Red Navarra de Entidades Locales hacia la Sostenibilidad (Red NELS), mediante la Orden Foral 1422/2002, de 19 de septiembre, integrando a las 24 entidades y mancomunidades que formaban entonces parte del programa de las Agendas 21 Locales en la Comunidad Foral.

El Decreto Foral 89/2018, de 31 de octubre, por el que se modifica parcialmente el Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que se aprobó la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, establece la dependencia de la Sección de Sostenibilidad, Educación Ambiental y Participación Pública de la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Entre sus competencias se encuentra prestar apoyo al desarrollo de los Planes de Acción Local de Agenda Local 21.

Por su parte, el artículo 8.v) del Decreto Foral 132/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Salud atribuye al Director General de Salud la competencia para la convocatoria, concesión y gestión de ayudas, convenios y subvenciones en materias de formación e investigación y, en general, en materias relacionadas con la salud.

En los Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio 2019 se contienen las siguientes partidas de gasto:

Departamento de Salud:

–520001-51200-4609-313905 “Subvenciones para estrategia de envejecimiento activo (AGENDA 21)” con un crédito de 90.000 euros.

–520001-51200-7609-313900 “Subvenciones para equipamiento a entidades municipales estrategia envejecimiento activo (AGENDA 21)” con un crédito de 200.000 euros.

Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local:

–740007 74700 4609 456202 “Subvención a EELL para proyectos medioambientales: Red Nels.” con un crédito de 50.000 euros.

–740007 74700 7609 456200 “Subvención a EELL para proyectos medioambientales: Red Nels.” con un crédito de 110.000 euros.

Existiendo dichas partidas referidas a la Agenda Local 21 tanto en el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local como en el Departamento de Salud procede que, por motivos de eficacia, sea un único órgano quien se ocupe de la convocatoria, y concesión y abono de las mismas, siendo necesario para ello instrumentalizar la colaboración entre la Dirección General de Salud y la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante la técnica de la encomienda de gestión.

El artículo 39.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, establece que los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra podrán encomendar a otros órganos la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de su competencia, por razones de eficacia o cuando no posean los medios técnicos idóneos para su desempeño, con arreglo a lo dispuesto en dicho precepto. En el apartado 3 del citado artículo 39 se señala que la encomienda de gestión a un órgano administrativo de distinto Departamento de aquél al que pertenezca el órgano encomendante, o la efectuada en favor de un organismo público dependiente de otro Departamento de la Administración de la Comunidad Foral, precisará de autorización de los respectivos Consejeros.

Por su parte, el artículo 39.5 de la citada Ley Foral de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, requiere que la encomienda de gestión contenga el régimen jurídico de la misma, con mención expresa de la actividad o actividades a las que afecte, plazo de vigencia, naturaleza y alcance de la gestión encomendada y obligaciones que asuman el órgano o la entidad encomendados y, en su caso, la Administración de la Comunidad Foral.,

En este sentido, el objeto de la presente encomienda será la realización, por los órganos competentes de la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de todas las actuaciones administrativas necesarias para convocar, conceder y abonar las subvenciones a entidades locales para estrategia de envejecimiento activo en proyectos de Agenda Local 21 y para equipamiento a entidades municipales en estrategia de envejecimiento activo de Agenda Local 21.

La encomienda tendrá un plazo de vigencia de un año contado a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Salud, en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 39.3 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

ORDENO:

1. Autorizar la encomienda por parte de la Dirección General de Salud a la Dirección de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, para gestionar la convocatoria, la concesión y el abono de subvenciones entidades locales para ejecutar proyectos de Agenda Local 21, en el año 2019.

2. La encomienda de gestión tendrá un plazo de vigencia de un año contado a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

3. La financiación de los gastos que se deriven de los procedimientos objeto de esta encomienda se efectuará con cargo a las partidas presupuestarias 520001-51200-4609-313905 “Subvenciones para estrategia de envejecimiento activo (AGENDA 21)”, con un crédito de 90.000 euros, y 520001-51200-7609-313900 “Subvenciones para equipamiento a entidades municipales estrategia envejecimiento activo (AGENDA 21)”, con un crédito de 200.000 euros, correspondientes al Departamento de Salud.

4. Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

5. Trasladar la presente Orden Foral al Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, a la Secretaría General Técnica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local y a la intervención delegada en el Departamento de Salud, a los efectos oportunos.

Pamplona, 16 de enero de 2019.–El Consejero de Salud, Fernando Domínguez Cunchillos.

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