BOLETÍN Nº 48 - 11 de marzo de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LARRAGA

Aprobación definitiva del Presupuesto de 2019

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 de la Ley Foral de la Administración Local de Navarra, se publica resumido el Presupuesto para 2019 una vez que el mismo ha sido aprobado definitivamente, tras los trámites oportunos y habiendo transcurrido el plazo legalmente previsto desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 12, de 18 de enero de 2019, sin que se hayan producido reclamaciones.

INGRESOS:

Capítulo 1

Impuestos directos

554.000,00

Capítulo 2

Impuestos indirectos

50.000,00

Capítulo 3

Tasas, precios públicos y otros ingresos

354.000,00

Capítulo 4

Transferencias corrientes

769.340,00

Capítulo 5

Ingresos patrimoniales y aprovechamientos comunales

279.600,00

Capítulo 6

Enajenación de inversiones reales

1.000,00

Capítulo 7

Transferencias de capital y otros ingresos de capital

262.625,00

Capítulo 8

Activos financieros

296.131,00

Capítulo 9

Pasivos financieros

Total Ingresos

2.566.696,00

GASTOS:

Capítulo 1

Gastos de personal

536.330,00

Capítulo 2

Gastos corrientes en bienes corrientes y servicios

1.021.775,00

Capítulo 3

Gastos financieros

10,00

Capítulo 4

Transferencias corrientes

85.734,00

Capítulo 5

Fondo de contingencias y otros imprevistos

0,00

Capítulo 6

Inversiones reales

838.847,00

Capítulo 7

Transferencias de capital

84.000,00

Capítulo 8

Activos financieros

0,00

Capítulo 9

Pasivos financieros

0,00

Total Gastos

2.566.696,00

Contra la aprobación definitiva del Presupuesto general único para el año 2019 y sus bases de ejecución, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra o, en su caso, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en los casos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción, en el plazo de dos meses contados a partir desde el día siguiente a esta publicación o, previamente y con carácter potestativo, algunos de los siguientes recursos:

A) Recurso de reposición ante el mismo órgano que lo hubiere dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo.

B) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra o, en su caso, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en los casos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción, en el plazo de dos meses contados a partir desde el día siguiente a esta notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la citada Ley.

Larraga, 12 de febrero de 2019.–El Alcalde, Carlos Suescun Sotés.

Código del anuncio: L1902084