BOLETÍN Nº 48 - 11 de marzo de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 30E/2019, de 25 de enero, de la Directora de Servicio de Territorio y Paisaje por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto de mejora del camino de Muniain a Azanza, en los términos municipales de Guesálaz/Gesalatz y Goñi, promovido por el concejo de Muniain de Guesalaz.

Con fecha 28 de marzo de 2018 ha tenido entrada en el Servicio de Territorio y Paisaje la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado. Entre otras acciones el proyecto contempla la apertura de un nuevo camino en un tramo de unos 271 m, por lo que queda incluido en el Anexo 2C, apartado D del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, por lo que se somete al régimen de Autorización de Afecciones Ambientales.

El Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 del Decreto Foral legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Una vez analizada la documentación técnica presentada inicialmente, se ha requerido al promotor el aporte de documentación complementaria con fechas 15 de mayo y 19 de noviembre de 2018. El objeto de dichos requerimientos ha sido realizar una adecuada evaluación de las afecciones ambientales ocasionadas por el nuevo tramo de camino, el estudio de las posibles alternativas y la presentación de un plan de restauración. La documentación completa ha sido finalmente presentada con fecha 3 de enero de 2019.

Se proyectan diversos trabajos destinados a mejorar el camino que conecta Muniain (Guesálaz) con Azanza (Valle de Goñi). El camino tiene una longitud de 3.935 m y actualmente presenta un firme con defectos estructurales y deterioro en la capa de rodadura por lo que se proyecta la reconstrucción de las bases en los tramos mal asentados mediante fresado, aporte de áridos y dotación de capas de asfalto calizo (6 cm en todo el recorrido más una base de 4 cm en las zonas reconstruidas). Las anchuras actuales de 3 metros se incrementarán hasta los 3,5 m de media. También se incluye la limpieza y restitución de las cunetas existentes, la colocación de una nueva barrera canadiense y la mejora de otras tres barreras existentes.

El proyecto incluye la apertura de un tramo nuevo de camino en sustitución de un tramo con fuerte pendiente, con el fin de disminuirla. El tramo original tiene unos 112 metros de longitud y un 23% de pendiente y sería sustituido por un tramo de 271 m de longitud y una pendiente media del 15%. La nueva apertura se justifica por la peligrosidad que presenta el tramo actual de fuerte pendiente dado el elevado tráfico que soporta, al ser una conexión habitual entre los habitantes de los valles de Goñi y Guesálaz, incluyendo el paso habitual de tractores agrícolas. Hay que señalar que en el pueblo de Aizpun se localizan los almacenes de grano de la Cooperativa cerealista de Urroz Villa, a la cual transportan cereales desde los campos de los Valles de Goñi y Guesálaz, siendo el paso a través del camino Muniain a Azanza la mejor opción. Estos riesgos se ven incrementados por las condiciones invernales de este tramo con presencia habitual de hielo.

El proyecto no afecta a la red de espacios naturales protegidos, red Natura 2000, áreas de protección de aves, red hidrográfica, vías pecuarias y Camino de Santiago. Tampoco quedan afectadas especies de flora o fauna catalogada.

Las principales afecciones medioambientales del proyecto son las derivadas de la apertura del nuevo tramo de camino. Este tramo afectará a terreno forestal conformado por una masa boscosa de roble peloso (Quercus pubescens) acompañado de otras especies arbóreas de menor porte como arce de Montpellier (Acer monspessulanus) y sotobosque con abundante boj (Buxus sempervirens) y espino albar (Crataegus monogyna). El tramo afectado tendrá una longitud de 271 m y una anchura mínima de 3,5 metros para el firme más la superficie de los taludes y las cunetas. No se han detectado árboles viejos con capacidad para albergar nidificación de pícidos ni colonias de quirópteros. El impacto sobre la vegetación y el paisaje se considera severo pero asumible a la vista de los riesgos que conlleva el estado actual del camino y de su importancia para las comunicaciones de la zona.

Se ha incluido un plan de restauración del tramo de camino que quedaría en desuso, pero el promotor solicita dejarlo temporalmente en la situación actual como posible vía alternativa hasta que pasen varios años y se compruebe el buen asentamiento y funcionalidad del nuevo trazado.

Consta en el expediente informe favorable del Ayuntamiento de Guesálaz de 18 de abril de 2018. Con fecha 14 de mayo de 2018 el Ayuntamiento de Goñi informa de que la competencia en materia urbanística recae en el Departamento del Gobierno de Navarra competente en Ordenación del Territorio al carecer este municipio de planeamiento urbanístico vigente. A este respecto, con fecha 12 de abril de 2018, la sección de Estrategia y Ordenación del Territorio informa de que la solicitud tiene la consideración de actividad permitida conforme al artículo 110.2.e) del TRLFOTU, por lo que no requiere autorización de actividad en suelo no urbanizable.

La Sección de Impacto Ambiental y Paisaje informa favorablemente el proyecto con el cumplimiento de las medidas recogidas en la parte resolutiva de la presente Resolución.

Vistos los informes obrantes en el expediente, en virtud del Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 760/2016, de 4 de octubre, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,

RESUELVO:

1.º Conceder la Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto Mejora del camino de Muniain a Azanza, en el término municipal de Guesálaz/Gesalatz y Goñi, promovido por el concejo de Muniain de Guesalaz.

2.º La presente Autorización estará sujeta a la aplicación de las siguientes medidas:

–Con una semana de antelación al inicio de los trabajos se avisará a la Oficina de Guarderío Forestal, Demarcación Pamplona-Iruña (ogfopamp7@cfnavarra.es).

–Las obras deberán afectar únicamente al espacio ocupado por el camino y al imprescindible para los taludes y la apertura o limpieza de cunetas. No se realizarán ocupaciones (movimientos de tierras, acopios de materiales, maquinaria...) en terrenos con vegetación arbolada anexos al camino.

–Una vez apeada la vegetación necesaria para la apertura del nuevo tramo de camino se retirará una capa de tierra vegetal de 40 cm que se acopiará de forma independiente y se empleará en la restauración de los taludes generados.

–Las ramas de árboles próximos a la traza del camino que dificulten su apertura deberán ser retiradas mediante poda, sin causar desgarros en el arbolado.

–Las tierras procedentes de la excavación del camino se emplearán en la formación del terraplén, por lo que no deberá producirse un sobrante de tierras de excavación.

–Los áridos necesarios para el afirmado del camino deberán provenir de cantera autorizada.

–Las obras deben contar con el informe favorable de la Sección de Arqueología de la Institución Príncipe de Viana, descartando la afección a yacimientos arqueológicos.

–Transcurridos dos años desde la ejecución del proyecto y una vez comprobada su viabilidad y la no necesidad del tramo de camino en desuso como vía alternativa, se procederá a la restauración del tramo en desuso en los términos recogidos en el proyecto.

–El plazo máximo para la ejecución del proyecto será de dos años.

–La presente autorización se emite exclusivamente a los efectos medioambientales. Respecto a las infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución de la actividad pretendida o que pudieran condicionar dicha ejecución, la empresa promotora se proveerá, de modo previo a la ejecución de las obras, de cuantas autorizaciones fueren precisas de los órganos competentes en razón de la materia de que se trate.

3.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

4.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Trasladar la presente Resolución a la Sección de Estrategia y Ordenación del Territorio, a los Concejos de Muniain (Guesálaz) y Azanza (Goñi), a los Ayuntamientos de Goñi y Guesálaz, y al Guarderío Forestal (demarcación Pamplona-Iruña) a los efectos oportunos.

Pamplona, 25 de enero de 2019.–La Directora del Servicio de Territorio y Paisaje, Carmen Ursúa Sesma.

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