BOLETÍN Nº 46 - 7 de marzo de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 135/2019, de 18 de febrero, del Director General de Obras Públicas, por la que se somete a información pública el Plan Director de Movilidad Sostenible de Navarra (2018-2030).

El Decreto Foral 1/2017, de 11 de enero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Económico atribuye al Servicio de Transportes, entre otras funciones, la elaboración de políticas y planes en materia de movilidad, transporte y logística así como la planificación en materia de transportes de servicio público y privado de viajeros y mercancías.

En ejercicio de estas funciones, el Servicio de Transportes ha promovido la elaboración del Plan Director de Movilidad Sostenible de Navarra (2018-2030) para avanzar en el cumplimiento del objetivo de la Estrategia de Especialización Inteligente de Navarra (S3) de lograr “una mayor sostenibilidad, respetando y poniendo en valor el entorno natural de Navarra protegiendo los recursos naturales y promoviendo un uso eficiente de los mismos con el fin de mantener y mejorar la calidad medioambiental” buscando mejorar los indicadores de eficiencia energética (reducir el consumo energético) y reducción de emisiones totales de gases de efecto invernadero. Asimismo busca reforzar uno de los factores de competitividad definidos en dicha Estrategia: las infraestructuras (energía, conectividad y comunicaciones, transporte de personas y mercancías).

En este sentido, para la elaboración de dicho Plan se ha considerado el Plan energético de Navarra Horizonte 2030, que en su Estratégica energética y ambiental, considera la movilidad y el transporte y que, entre otras propuestas, plantea promover el transporte público, reducir los desplazamientos motorizados, y disminuir el consumo energético y las afecciones ambientales y sociales que generan los vehículos.

A su vez, el Plan Director de Movilidad Sostenible de Navarra (2018-2030) se alinea y coordina con la Hoja de Ruta para el Cambio Climático de Navarra (HCCN 2017-2030-2050) entre cuyas líneas de actuación para la mitigación en transporte se encuentra la denominada MI-L8: Promoción del transporte público y vehículos sin emisiones.

Asimismo el Plan busca reforzar la Estrategia Territorial de Navarra, uno de cuyos objetivos, el 3.2.3, es conciliar la movilidad individual con el interés colectivo para lo cual los poderes públicos deben favorecer la participación de los agentes de movilidad (asociaciones vecinales, colectivos de ciclistas, R.A.C., colectivos de peatones, personas con alguna discapacidad, empresas de transporte, asociaciones de empresarios, sindicatos de trabajadores) en la conciliación y coordinación de la movilidad a través de los diversos modos de transporte y en el reparto de los espacios públicos entre la movilidad no motorizada (peatones y ciclistas) y la motorizada (motos, transporte público, vehículo privado).

Por otra parte, se ha tenido en cuenta que la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, los Ayuntamientos integrados en el ámbito territorial del transporte urbano comarcal y la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona firmaron en junio de 2016 un Convenio de colaboración para la elaboración de un Plan de Movilidad Urbana Sostenible de la Comarca de Pamplona, un plan estratégico diseñado para satisfacer las necesidades de movilidad de las personas y mercancías en la ciudad y sus alrededores en busca de una mejor calidad de vida. Su finalidad es obtener un plan integral y coordinado de actuación sobre los distintos modos de desplazamiento y elementos que influyen en la movilidad de los ciudadanos de la Comarca de Pamplona, consensuado entre las diferentes Administraciones competentes que llevarán a cabo dichas actuaciones.

Asimismo, el Plan Director de Movilidad Sostenible de Navarra (2018-2030) profundiza y apoya los objetivos de coordinación territorial y movilidad sostenible del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, que subraya la necesidad de establecer determinaciones sobre movilidad sostenible, y a tal efecto, propone que el planeamiento urbanístico general establezca políticas de movilidad sostenible, integrando criterios de movilidad peatonal y ciclista, el concepto de seguridad vial en el diseño de las calles y espacios públicos, así como una adecuada accesibilidad de los ciudadanos al transporte público y colectivo y demás sistemas de transporte de bajo impacto.

Dentro de este marco global, y buscando así el interés general de Navarra en el ámbito del transporte y la movilidad, el Plan Director de Movilidad Sostenible de Navarra (2018-2030) tiene por objetivo formular una política común en materia de movilidad y transporte que se pueda desarrollar en los próximos años, hasta el año 2030, y cuyo objetivo fundamental es avanzar hacia la consecución de un modelo de transporte sostenible en Navarra.

Este Plan permite disponer de un plan director con acciones encaminadas a fomentar la cultura ciudadana y empresarial en movilidad sostenible, optimizar y mejorar la eficiencia del transporte y sus infraestructuras mediante una adecuada planificación del territorio y la coordinación entre el sistema de transporte y la distribución de actividades en el territorio, favorecer los desplazamientos peatonales y ciclistas, potenciar el transporte público o mejorar la cohesión social. Asimismo identifica los instrumentos legales y administrativos para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, la correcta ejecución de sus actuaciones y la coordinación entre las administraciones y agentes implicados.

El Servicio de Transportes tras elaborar el Borrador del Plan Director de Movilidad Sostenible de Navarra (2018-2030) y el Documento Inicial Estratégico, solicitó al Servicio de Territorio y Paisaje el inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria correspondiente a dicho Plan, conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, por el que se inició el trámite de consultas previas a efectos ambientales.

Paralelamente, mediante Resolución 458/2018, de 30 de mayo, del Director General de Obras Públicas, se aprobó el inicio y diseño del proceso participativo del Plan Director de Movilidad Sostenible de Navarra 2018-2030, que incluía la realización del trámite de participación pública de conformidad con la Ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto, vigente en esa fecha.

Con las aportaciones de los trámites de consultas previas y de participación pública se ha elaborado la versión inicial del Plan Director de Movilidad Sostenible de Navarra 2018-2030 sobre el que se ha llevado a cabo la correspondiente evaluación ambiental estratégica.

De conformidad con el artículo 21 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, dicha versión inicial del Plan, acompañada del estudio ambiental estratégico, debe someterse a información pública previo anuncio en el Boletín Oficial de Navarra y, en su caso, en su sede electrónica, por un plazo mínimo de cuarenta y cinco días hábiles.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por el artículo 22.1.d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y de conformidad con la propuesta realizada por el Servicio de Transportes,

RESUELVO:

1.º Someter a información pública la versión inicial del Plan Director de Movilidad Sostenible de Navarra (2018-2030) acompañada del estudio ambiental estratégico del Plan, por un plazo de 45 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

A estos efectos, la versión inicial del Plan Director de Movilidad Sostenible de Navarra (2018-2030) y la mencionada documentación estarán disponibles en el Servicio de Transportes (calle Alhóndiga, 1, segunda planta, de Pamplona, en horas hábiles de oficina) y en la página web del Portal del Gobierno Abierto de Navarra en la siguiente dirección:

https://gobiernoabierto.navarra.es/es/participacion/procesos/plan-director-movilidad-sostenible-navarra-2018-2030

Durante el plazo indicado, las personas interesadas podrán presentar las alegaciones que estimen convenientes en el Registro General del Gobierno de Navarra situado en el Departamento de Desarrollo Económico (avenida San Ignacio, número 3, planta baja, 31002 Pamplona, Navarra, España) o en cualquiera del resto de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra relacionadas en la dirección: https://www.navarra.es/home_es/Servicios/AtencionCiudadana/Oficinas.htm y en los registros y oficinas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como mediante la dirección de correo electrónico que al efecto se indique en el portal de Internet de Gobierno Abierto de Navarra, https://gobiernoabierto.navarra.es/es.

2.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Notificar esta Resolución al Servicio de Transportes, a los efectos oportunos.

Pamplona, 18 de febrero de 2019.–El Director General de Obras Públicas, Ignacio Nagore Laín.

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