BOLETÍN Nº 46 - 7 de marzo de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 27 de febrero de 2019, por el que se incluye la operación estadística “Acogimiento familiar en familia ajena con población de origen marroquí” en el Programa Anual de Estadística del año 2019.

La Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, establece en su artículo 26 que el Plan de Estadística de Navarra es el instrumento de promoción, ordenación y planificación de la actividad estadística pública de interés para Navarra. Para el periodo 2017-2020, dicho plan fue aprobado por la Ley Foral 14/2016, de 21 de octubre, y en él se contienen las operaciones estadísticas a realizar durante ese período.

Asimismo, la propia Ley Foral 11/1997 dispone en su artículo 27 que los programas anuales de estadística son el instrumento de desarrollo del Plan, que incluyen la relación de operaciones estadísticas, recogiendo cada una de ellas, en forma de ficha individualizada, las características que determina el propio artículo 27, y que deberán ser aprobados por el Gobierno de Navarra.

El Programa Anual de Estadística para el año 2019 fue aprobado por el Gobierno de Navarra mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 26 de diciembre de 2018.

El artículo 28 de la Ley Foral 11/1997 determina que el Gobierno de Navarra, por motivos de oportunidad o urgencia, podrá autorizar la realización de operaciones estadísticas no contempladas en el Plan de Estadística o Programa Anual, adquiriendo las mismas la consideración de oficiales. Esta autorización se formalizará mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra, previo informe favorable del Instituto de Estadística de Navarra en el que se contemple la adecuación a los objetivos y requisitos establecidos en los correspondientes planes y programas de Estadística y comunicación a los miembros del Consejo de Estadística.

Consta en el expediente tanto el informe favorable del Instituto de Estadística de Navarra como la comunicación a los miembros del Consejo de Estadística.

Por todo ello, a propuesta del Consejero de Hacienda y Política Financiera,

ACUERDA:

1.º Incluir en el Programa Anual de Estadística del año 2019 la siguiente operación estadística:

Derechos Sociales:

NÚM.

NOMBRE ACTUACIÓN

2200434

Acogimiento familiar en familia ajena con población de origen marroquí

2.º Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 27 de febrero de 2019.–El Consejero de Derechos Sociales, en sustitución de la Secretaria del Gobierno de Navarra (Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 1/2019, de 14 de febrero), Miguel Laparra Navarro.

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