BOLETÍN Nº 36 - 21 de febrero de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BASABURUA

Calendario laboral para 2019

El Ayuntamiento de Basaburua, en sesión plenaria celebrada el 31 de enero de 2019, aprobó el calendario laboral de festivos entre semana del personal al servicio del mismo, además de establecer cuáles serán los festivos de carácter retribuido y no recuperable del mismo año. He aquí:

–1 de enero: Año Nuevo.

–7 de enero: lunes siguiente a la festividad de la Epifanía del Señor.

–19 de marzo: San José.

–18 de abril: Jueves Santo.

–19 de abril: Viernes Santo.

–22 de abril. Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–16 de agosto: Festividad local.

–12 de octubre: Virgen del Pilar.

–1 de noviembre: Todos los Santos.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–6 de diciembre: día de la Constitución.

–25 de diciembre: Navidad.

Además, se establecen 4 días más de fiesta a elegir cada empleado/a, con el condicionante de que no se cierre el Ayuntamiento al público.

Asimismo, se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2019, todos los sábados y domingos y los días declarados festivos para las oficinas municipales.

La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en el Ayuntamiento de Basaburua, fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo, se realizará de la siguiente forma:

La jornada diaria de trabajo contará, con carácter general, con una duración de 7 horas y 20 minutos, entre las 7:30 y 16:00 horas.

A) El horario de registro general y atención al público es de las 9:30 a 13:30 horas.

B) El disfrute de las vacaciones fijadas reglamentariamente se concederá por el órgano administrativo competente, sobre la base de establecer uno o dos periodos largos y dejar días sueltos para utilizarlos a lo largo del año, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.

Además, los trabajadores dispondrán de 3 días de asuntos propios, que deberán ser solicitados a Alcaldía y justificados con la debida antelación.

C) La distribución de la jornada de trabajo y las vacaciones señaladas en los anteriores apartados, no se aplicará al personal que, por necesidades del servicio, tengan establecido algún tipo de jornada especial, ni al personal adscrito a la escuela infantil, que se regirán por su calendario laboral específico, el cual deberá respetar el cómputo anual de la jornada establecida con carácter general.

La jornada anual será la que con carácter general se establezca definitivamente para la Administración Pública de Navarra. En caso de modificación, se aplicarán los ajustes pertinentes.

Basaburua, 1 de febrero de 2019.–La Alcaldesa, Esther Lakasta Perez Ilzarbe.

Código del anuncio: L1901655