BOLETÍN Nº 36 - 21 de febrero de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 6 de febrero de 2019, por el que se incrementa al personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos el porcentaje equivalente al 2,25 por ciento de las retribuciones establecido para 2019, con efectos de 1 de enero de 2019.

El artículo 6 de la Ley Foral 27/2018, de 24 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2019, establece en su apartado primero que, con efectos de 1 de enero de 2019, las retribuciones del personal funcionario y estatutario al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra experimentarán el incremento máximo global establecido para 2019 en la legislación estatal para el personal al servicio del sector público, sin perjuicio, en su caso, de las adecuaciones retributivas necesarias para asegurar que las asignadas a cada puesto de trabajo guarden relación procedente con el contenido de especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, peligrosidad o penosidad del mismo.

Asimismo, el artículo 7.1 de la antedicha Ley Foral 27/2018, de 24 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2019, prevé que, con efectos de 1 de enero de 2019, las retribuciones del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos serán las que se determinen en el correspondiente convenio colectivo, con sujeción a los criterios fijados en la referida ley foral para el personal funcionario.

En relación con el personal directivo de libre designación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, el apartado 3 del artículo 8 de la misma Ley Foral 27/2018, de 24 de diciembre, establece que las retribuciones del personal directivo de libre designación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos experimentarán el mismo incremento que resulte, en su caso, de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.

En el mismo sentido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9, apartado 12, de la repetida Ley Foral 27/2018, de 24 de diciembre, las retribuciones para el año 2019 de los integrantes del Gobierno de Navarra, de los altos cargos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos y del resto del personal eventual experimentarán el mismo incremento que resulte, en su caso, de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.

Señalado lo anterior, como quiera que las disposiciones legales anteriormente citadas resultan de aplicación preceptiva para el Gobierno de Navarra, una vez aprobada y en vigor la Ley Foral 27/2018, de 24 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2019, únicamente procedía esperar a que se materializara la aprobación de la concreción y habilitación necesaria para abordar el incremento retributivo correspondiente a los empleados públicos en virtud del título legal correspondiente.

Pues bien, con fecha 27 de diciembre de 2018, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 24/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público, cuya aprobación viene motivada como consecuencia de la prórroga automática de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, en aplicación de lo previsto en el artículo 134.4 de la Constitución Española. El precitado Real Decreto-ley 24/2018, de 21 de diciembre, prevé en su artículo 3, apartado dos, que en el año 2019 las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 2,25 por ciento respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2018, en términos de homogeneidad para los dos periodos de comparación, tanto en lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo.

Mediante Resolución de 22 de enero de 2019, del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 24/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público (Boletín Oficial del Estado número 25, de 29 de enero de 2019).

En la Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2019 se consignó una cantidad estimada equivalente al 2,25 por ciento de las retribuciones del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, la cual se concreta en el importe de 27.499.069 euros. En este sentido, dado que en este momento es posible ejecutar ese mismo incremento sin necesidad de efectuar tramitaciones adicionales a la aprobación del presente acuerdo, se estima oportuna la aprobación del incremento de las retribuciones del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos en la cantidad equivalente al 2,25 por ciento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 apartado dos del Real Decreto-ley 24/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público.

Los efectos del incremento retributivo que ahora se acuerda tendrán carácter retroactivo desde el día 1 de enero de 2019, y se hará efectivo en la nómina correspondiente al mes de febrero de 2019.

De acuerdo con lo expuesto, en la Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2019 existe consignación presupuestaria suficiente que permite abordar el abono de las cantidades derivadas del incremento legalmente previsto, el cual se financiará con cargo a la partida 020002 04100 1800 921402 existente en el vigente presupuesto de gastos.

En su virtud, el Gobierno de Navarra, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia,

ACUERDA:

1.º Incrementar al personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos el porcentaje equivalente al 2,25 por ciento de las retribuciones establecido para 2019, con efectos de 1 de enero de 2019.

2.º Aplicar igualmente el incremento a los miembros del Gobierno de Navarra, a los altos cargos y al resto del personal eventual de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

3.º Trasladar el presente acuerdo a la Dirección General de Función Pública, a los efectos de que se adopten las medidas precisas en el sistema de gestión del personal para el cumplimiento de este acuerdo en todos los ámbitos de las Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

4.º Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 6 de febrero de 2019.–La Consejera Secretaria del Gobierno de Navarra, María José Beaumont Aristu.

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