BOLETÍN Nº 35 - 20 de febrero de 2019

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y POLÍTICA FINANCIERA

Servicio de Inspección Tributaria
Notificación de inicio de expedientes sancionadores

Se hace saber que habiendo resultado infructuosa, por causas no imputables a la Administración, la notificación a la mercantil “Unión Europea Productos, S.L.”, con NIF B98165178, y último domicilio conocido en el Polígono Industrial Calle D, número 17, de Cintruénigo (Navarra), de la comunicación-citación para inicio y puesta de manifiesto de expedientes sancionadores, en diversos intentos realizados en días y horas diferentes, habiendo constancia de cada circunstancia en el correspondiente expediente, se publica este edicto conforme dispone el artículo 99.4 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria (en adelante LFGT) y se les hace saber que:

1.º Deberán comparecer en el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, en horario de 8,30 a 14,30, de lunes a viernes, en las oficinas del Servicio de Inspección Tributaria del Gobierno de Navarra, sitas en la Cortes de Navarra número 2, nivel 7, de Pamplona, para ser notificados de la comunicación-citación de inicio de expedientes sancionadores.

2.º Podrán comparecer por medio de representante. La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna (artículo 36.2 de la LFGT).

3.º Si transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la notificación de la comunicación-citación para el inicio y puesta de manifiesto de los expedientes sancionadores en los términos previstos en el artículo 63 del Decreto Foral 152/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Inspección Tributaria de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y en el artículo 33 del Decreto Foral 153/2001, de 11 de junio, que desarrolla el Régimen de Infracciones y Sanciones Tributarias, se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

4.º La actuación inspectora tiene por objeto los expedientes sancionadores que procedan como consecuencia de las propuestas de regularización contenidas en las Actas formalizadas el 11 de enero de 2019 y referidas al Impuesto sobre Sociedades de los ejercicios 2013, 2014, 2015 y 2016, y al Impuesto sobre el Valor Añadido de los años 2014, 2015 y 2016 (números, respectivamente, 108576 y 108567), así como a la sustanciación del trámite de puesta de manifiesto del expediente sancionador.

5.º Si la comunicación-citación de inicio de los expedientes sancionadores se entendiera notificada por no haber comparecido el obligado tributario o su representante, se le tendrá por notificado también de las sucesivas actuaciones y diligencias de los expedientes sancionadores que procedan. No obstante, en todo caso las Resoluciones de los expedientes sancionadores dictadas por el Director del Servicio de Inspección y las resoluciones de enajenación de bienes embargados se notificarán con arreglo a lo establecido en el artículo 99 de la LFGT.

Pamplona, 4 de febrero de 2019.–El Actuario, Carlos Galán.

Código del anuncio: F1901491