BOLETÍN Nº 254 - 30 de diciembre de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

UHARTE ARAKIL

Tipos impositivos, impuestos y tasas para 2020

El Ayuntamiento de Uharte-Arakil, en sesión extraordinaria celebrada el 16 de diciembre de 2019, adoptó el siguiente acuerdo que se transmite a continuación para general conocimiento:

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, se acuerda por unainimidad para el año 2020:

Primero.

1. Establecer el tipo impositivo del 0,2405% a la contribución urbana y el 0,8008 % a la contribución rústica.

2. Impuesto sobre el incremento de los terrenos de naturaleza urbana: para determinar el importe del incremento real se aplicarán los porcentajes anuales mínimos del cuadro del artículo 175 de la Ley Foral de Haciendas Locales. El tipo impositivo será del 8,016%.

3. Establecer el tipo impositivo del 3,7007 % al impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

4. Impuesto de actividades económicas: Aplicar el índice de 1,202.

5. Tasas.

5.1. Aguas.

5.1.0. Consumo mínimo a facturar: 40 m³ el semestre. Cuota mínima: 13,00 euros.

5.1.1. Consumo doméstico: menor o igual a 90 m³, 0,3173 euros/m³; a partir de 90 m³, 0,55 euros/m³.

5.1.2. Consumo industrial: 0,49 euros/m³.

5.1.3. Canon mantenimiento: 3,60 euros más IVA.

5.1.4. Contador e instalación: 65,00 euros.

5.1.5. Enganche a red abastecimiento o acometida uso doméstico: 320,00 euros.

5.1.6. Enganche a red abastecimiento o acometida uso industrial: 400,00 euros.

5.2. Televisión por cable.

5.2.1. Acometida TV por cable: 160,00 euros.

5.2.2. Canon de mantenimiento 30,00 euros/año. Será pagado por los contribuyentes que integran el censo de TV por cable que consta en el expediente.

5.3. Lotes de leña.

5.3.1. Canon para optar a un lote de leña de hogares para 2020 será 35,00 euros. El lote de leña será por casa y el plazo para disponer del lote es del 1 de julio al 1 de noviembre es de un año.

5.3.2. Árboles durante el año (no del lote) se cubicará por el personal del guarderio forestal.

5.4. Ocupación de la vía pública.

5.4.1. Mercadillo: 2,50 euros/día puesto de menos de 3 m lineales. Por puesto entre 3 m y 6 m lineales, 5 euros/día. Por puesto de más de 6 m lineales: 7,50 euros. Se comprobará que figura dada de alta en el IAE con cuota municipal o territorial.

5.4.2. Instalación de grúa, camión grúa, camión pluma u otro vehículo elevador, 30,00 euros mes, siendo la unidad mínima un mes.

5.4.3. Instalación de contenedor, caseta de obra: 30,00 euros/mes. Con un mínimo de 20,00 euros.

5.4.4. Instalación de andamio, vallado, cierre o cualquier ocupación que no constituya una actividad económica: 30,00 euros/mes. Con un mínimo de 10,00 euros.

5.4.5. Barracas y venta ambulante en fiestas.

5.4.5.1. Instalación de barracas en fiestas: 15,00 euros/día. Previa comprobación de que figura dada de alta en el IAE con cuota municipal o territorial.

5.4.5.2. Venta ambulante en fiestas: 15,00 euros/día. Previa comprobación de que figura dada de alta en el IAE con cuota municipal o territorial.

5.5. Uso de bienes municipales de uso público.

5.5.1. Campo de fútbol y vestuarios: 45,00 euros mes y fianza de 200,00 euros.

5.5.2. Frontón: las señaladas en la Ordenanza del frontón municipal.

5.6. Expedición de documentos.

–Certificados: 0,60 euro/ud.

–Envío y remisión fax: 0,60 euro/folio.

–Fotocopias DIN A3: 0,15 euro/folio.

–Fotocopias DIN A4: 0,10 euro/folio.

–Compulsas: 0,60 euro/ud.

–Búsqueda de documentación en archivos: 10,00 euros.

–Tramitación de documentación para animales peligrosos: 45,00 euros.

–Licencia de tarjeta de armas: 25,00 euros.

Segundo.–Aprobar el siguiente calendario de recaudación municipal.

–El canon de mantenimiento de TV se girará en febrero.

–El impuesto de circulación de vehículos se girará en marzo.

–El impuesto sobre la contribución territorial se girará en septiembre.

–El impuesto de actividades económicas se girará en octubre.

–La tasa por consumo de agua se cobrará semestralmente, en enero y en julio.

–El lote de leña se abonara al solicitarlo.

Tercero.–Aprobar las siguientes bonificaciones en la cuota de la tasa de agua para los empadronados en Uharte Arakil dependiendo del número de miembros que componen la familia y los ingresos mensuales de la familia comparados con el SMI, según el siguiente cuadro:

SMI O MENOR

SMI + 10 %

SMI + 20 %

Número miembros

1-2

90 %

75 %

50 %

A partir de 3

100 %

90 %

75 %

El SMI para el año 2020 es de 900,00 euros/mes.

Para justificar el cumplimiento de los citados requisitos los solicitantes deberán aportar:

–Solicitud.

–Declaración de Renta o Patrimonio o certificado del Departamento de Economía y Hacienda de no tener obligación de realizarla, así como otros documentos que justifiquen los ingresos del solicitante o de las personas convivientes.

–Certificado de convivencia del Padrón Municipal.

Se solicitará la bonificación en el primer trimestre de cada año, siendo este plazo improrrogable.

Cuarto.–El resto de tasas y precios públicos como figuran en sus respectivas ordenanzas o acuerdos.

Quinto.–El presente acuerdo entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Lo que se hace público para general conocimiento, con la advertencia de que contra el presente acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, cabe, ex artículo 21 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo.

b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de de dos meses, contados desde el día siguiente al de la referida publicación.

c) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de publicación del presente acuerdo.

Uharte Arakil, 17 de diciembre de 2019.–El Alcalde-Presidente, José Domingo Huarte Baleztena.

Código del anuncio: L1916187