BOLETÍN Nº 253 - 27 de diciembre de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TUDELA

Aprobación definitiva de “ordenanza fiscal reguladora
de las tasas por visitas guiadas y otras actividades
del museo Muñoz Sola de arte moderno para 2020

El Pleno del Ayuntamiento de Tudela, en sesión ordinaria celebrada en fecha 7 de octubre de 2019, aprobó inicialmente la “Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por visitas guiadas y otras actividades del Museo Muñoz Sola de Arte Moderno”, con el fin de su entrada en vigor el 1 de enero de 2020.

En cumplimiento de las prescripciones contenidas en el artículo 325.1.b) Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, dicho acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 206 de 17 de octubre de 2019 y en el tablón de Edictos de este Ayuntamiento, sometiéndose el expediente al trámite de exposición pública durante el plazo de 30 días.

Transcurrido el periodo de exposición pública legalmente establecido sin que se hayan producido alegaciones, reparos u observaciones y en cumplimiento de las prescripciones contenidas en el artículo 325.1.c) de la Ley Foral citada se procede a la publicación íntegra del texto definitivamente aprobado, como se establecen en el siguiente anexo.

Lo que se hace público en cumplimiento del precepto citado advirtiéndose que contra las presentes modificaciones –al tratarse de una disposición administrativa de carácter general– no cabe conforme al artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso en vía administrativa pudiendo ser, en consecuencia, esta aprobación definitiva impugnada por alguna de las siguientes vías:

a) Mediante la interposición directa de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, ex artículo 10.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncia en el Boletín Oficial de Navarra.

b) Mediante interposición, ante el Tribunal Administrativo de Navarra de recurso de alzada, dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

Tudela, 2 de diciembre de 2019.–La Concejala Delegada de Hacienda, Irene Royo Ortín.

ANEXO

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS
POR VISITAS GUIADAS Y OTRAS ACTIVIDADES
DEL MUSEO MUÑOZ SOLA DE ARTE MODERNO

Fundamento

Artículo 1. La presente tasa se establece de conformidad con el artículo 100.5 de la Ley Foral 4/1999, de 2 de marzo, por la que se modifica la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de tasas y de precios públicos, y es de aplicación al Museo Muñoz Sola de acuerdo al artículo 41.1.c de los estatutos de la Entidad Pública Empresarial Tudela-Cultura, a la que está adscrito el Museo.

Hecho imponible

Articulo 2. Constituyen los hechos imponibles de la presente ordenanza los que siguen:

a) Visitas guiadas al Museo.

b) Realización de cursillos, aulas, talleres, seminarios, visitas especiales u otras actividades.

Sujetos pasivos

Artículo 3. Son sujetos pasivos quienes efectúen la visita guiada al Museo o quienes realicen las actividades detalladas en el apartado b) del artículo 2.

Tarifas

Artículo 4. Las tarifas a aplicar serán las que figuran en el anexo adjunto y estarán en vigor hasta que el Pleno Municipal acuerde su modificación.

Exenciones y bonificaciones

Artículo 5. Están exentos del pago de la tasa establecida en el apartado a) del artículo 2:

–Menores de 18 años.

–Visitas guiadas concertadas con centros escolares y universitarios.

Devengo de las tasas

Artículo 6. Las tasas se devengarán en el momento de inscripción de las visitas guiadas o de los cursillos, aulas, talleres, seminarios, visitas especiales u otras actividades.

Recaudación

Artículo 7. La recaudación de las tasas por visita al Museo se realizará por el personal que al efecto se designe. Periódicamente, el personal afecto a estas tareas rendirá cuentas en la Entidad Pública Empresarial Local Tudela-Cultura con las formalidades que se le indiquen.

El pago se efectuará por el medio que la Entidad Pública Empresarial Local Tudela-Cultura establezca.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.–En todo lo no previsto en la presente ordenanza será de aplicación la “Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección” y cuantas disposiciones sean de aplicación.

Segunda.–La presente ordenanza entrará en vigor el día 1 de enero de 2020.

TARIFAS

a) Visita guiada al museo.

Mayores de 18 años: 3 euros por persona.

b) Realización de cursillos, aulas, talleres, seminarios, visitas especiales u otras actividades.

Se aplicarán las tasas que se aprueben en el momento de acordar su realización.

Código del anuncio: L1915516