BOLETÍN Nº 250 - 23 de diciembre de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

BURLADA

Revocación de las bases de la convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Técnico/a
en relaciones laborales y prevención de riesgos

La señora Alcaldesa de este Ayuntamiento, con fecha 11 de diciembre de 2019, ha dictado Resolución número 1167/2019 cuyo texto se transcribe a continuación:

Vista Resolución número 1004/2019, de 30 de octubre de 2019, por la que se aprobó incoar procedimiento y aprobar las bases de la convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Técnico/a en relaciones laborales y prevención de riesgos, en el área de Recursos Humanos, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Burlada.

Visto que, publicada la referida Resolución en el Boletín Oficial de Navarra número 225, de 14 de noviembre de 2019, se procedió a la apertura de un procedimiento de selección,

Visto que por el grupo de gobierno se ha dado la orden de revocar dicha convocatoria basada en un informe propio entendiendo que se trata de un acto desfavorable que causa perjuicios a personas dada la exigencia de la preceptividad del euskera y tratándose de una plaza que no supone atención al público, en una localidad donde el uso del euskera es bajo (72,9% de personas que no lo hablan).

Considerando lo señalado por Tribunales, entre otras, en sentencia TS de 16 de julio de 1982, de donde cabe deducir la facultad de las administraciones de revocar las convocatorias de selección cuando medie justa causa y aún no se hayan materializado en la esfera jurídica de los aspirantes derecho alguno. En este sentido, la mera participación en el proceso no deja de ser una expectativa de derecho en tanto no se proceda a la aprobación de la lista de aspirantes admitidos y excluidos, acto éste que no se ha producido.

Oída la secretaria, considerando las facultades que el artículo 21 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y demás normativa concordante confiere al Alcalde-Presidente,

RESUELVO:

Primero.–Revocar, dejando sin efecto, las bases de la convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Técnico/a en relaciones laborales y prevención de riesgos, en el área de Recursos Humanos, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Burlada por entender que la preceptividad de euskera no procede por lo que se va a proponer la modificación de la plantilla orgánica al respecto.

Segundo.–Declarar de oficio el derecho a la devolución en concepto de ingresos indebidos de las tasas abonadas por los aspirantes que hubieran concurrido a la referida convocatoria.

Tercero.–Dar publicidad al presente acto mediante su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, Tablón de anuncios y en la página web municipal, sustituyendo a la notificación individualizada a quienes han participado en el proceso.

Burlada, 11 de diciembre de 2019.–La Alcaldesa, Ana María Góngora Urzaiz.

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