2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
BERTIZARANA
Tipos de gravamen y tarifas para 2020
El Pleno del Ayuntamiento de Bertizarana en sesión celebrada el día 21 de noviembre de 2019 adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
1.º Establecer los tipos impositivos para los impuestos municipales con efectos 1 de enero de 2020.
–Contribución Territorial: Tipo de gravamen 0,16 % sobre el valor catastral que resulte de la nueva ponencia de valoración.
–Impuesto de Actividades Económicas: Índice municipal de 1,2 % sobre las cuotas mínimas exigidas y aprobadas por Ley Foral 7/96 de 28 de mayo.
–Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras:
- Un 3,5% sobre el presupuesto de ejecución material para las obras nuevas o rehabilitación de viviendas que no sean residencia habitual y permanente de su titular.
- Un 2% sobre el presupuesto de ejecución material para las obras de rehabilitación de la primera vivienda que sea residencia habitual y permanente de su titular y no se ejerza actividad comercial alguna.
- Un 5% en las obras para la implantación de actividades industriales.
–Impuesto del incremento de Valor de las Terrenos de Naturaleza Urbana, siendo el tipo de gravamen el 8% y los coeficientes los siguientes:
- 0,63 Igual o superior a 20 años.
- 0,58 19 años.
- 0,51 18 años.
- 0,36 17 años.
- 0,21 16 años.
- 0,06 15 años a 4 años.
- 0,11 3 años.
- 0,13 2 años.
- 0,13 1 año.
- 0,06 Inferior a 1 año.
–Tasas del agua:
- Tarifa por m³: 0,25 euros cuando el consumo doméstico anual es menor de 250 m³ y en uso no doméstico en cualquier tipo de consumo.
- Tarifa por m³: 0,30 euros cuando el consumo doméstico anual es superior a 250 m³ y en uso no doméstico en cualquier tipo de consumo.
- Tarifa por m³: 0,42 euros en usos industriales, comerciales, granjas, y con consumo anual hasta a 750 m³.
- Tarifa por m³: será de 0, 50 euros m³ en usos industriales, comerciales, granjas, cuando el consumo sea superior a 750 m³.
- Tarifa por m³: será de 0, 60 euros m³ en usos industriales, comerciales, granjas, cuando el consumo sea superior a 1000 m³.
- Cuota fija de contador: 10 euros
- Tasa contador sin lectura: 50 euros
- Tasa sustitución de contador: según coste del mismo.
- Tasa de enganche en edificaciones y construcciones nuevas: según coste servicio.
- Tarifa: Consumos motivados como consecuencia de fugas ocultas: 0,10 euros/m³.
2.º Publicar este Acuerdo en el tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de Navarra.
Contra este acuerdo puede interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:
a) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a esta notificación, pudiendo no obstante interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo; o bien
b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a esta notificación.
Bertizarana, 28 de noviembre de 2019.–El Alcalde, Andrés Echenique Iriarte.
Código del anuncio: L1915288