2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
OLITE
Tasas y precios públicos para 2020
Una vez transcurrido el trámite de información pública sin haberse formulado alegaciones, puede entenderse que el acuerdo de aprobación inicial de modificación de tasas y precios públicos para el año 2020, resulta elevado a definitivo en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio de Administración Local de Navarra.
Las tasas y precios públicos definitivamente aprobados son los siguientes:
ORDENANZA 3
Expedición y tramitación de documentos.
–Tramitación expedientes de boda civil: 120,00 euros.
–Expedición de fotocopias:
| COLOR | B/N |
DIN A4 (euros) | DIN A3 (euros) | DIN A4 (euros) | DIN A3 (euros) |
Público en general | 1,20 2,00 (dos caras) | 2,50 4,00 (dos caras) | 0,20 | 0,40 |
As. de interés social | 0,60 1,00 (dos caras) | 1,20 2,00 (dos caras) | 0,10 | 0,20 |
Fot. doc. biblioteca | 0,60 1,00 (dos caras) | 1,20 2,00 (dos caras) | 0,10 | 0,20 |
–Tarjetas de armas: 10,00 euros.
–Copias de CD: 5,00 euros.
–Fax (hoja enviada): 2,60 euros.
–Fax (hoja recibida): 0,50 euros.
–Certificados oficiales: 4,90 euros.
–Cédulas parcelarias: 2,70 euros.
–Expedición documentos que requieran labor de búsqueda en archivo: 36,50 euros, así como el precio de las copias correspondientes (por ejemplo proyecto obras).
–Expedición duplicados tarjetas acreditación municipal: 6,50 euros.
–Compulsa de documentos:
- Hasta 5 hojas: 3,00 euros/hoja.
- Más de 5 hojas 2,50 euros/hoja.
–Duplicados recibos: 2,50 euros.
–Acreditación de firmas 5,30 euros/documento.
–Tasa por copia de documentos con desplazamiento. Se cobraran los gastos de copia, los de desplazamiento y los costes salariales correspondientes al tiempo dedicado.
–Expedición de licencias de obras, el control de actos urbanísticos sujetos a declaración responsable o comunicación previa.
–Licencias de actividades clasificadas:
- La tarifa a aplicar se establece en función de la superficie total construida que vaya a ocupar la actividad, incluyendo todos los locales anexos precisos para su desarrollo.
- Cuando se trate de revisiones de la licencia por ampliaciones sólo se computarán los m² correspondientes a la citada ampliación.
- Cuando se trate de revisiones de la licencia por modificaciones de la actividad dentro de la misma superficie, que está afectada a otra actividad, se computarán los metros afectados por dicha modificación.
Al coste de los informes técnicos necesarios, se le sumarán las siguientes cantidades:
–La liquidación se realizará según los siguientes tramos:
- Superficie afectada hasta 50 m²: 607,00 euros.
A partir de 51 metros, el exceso tributará con arreglo a la siguiente escala dependiendo de la superficie total de los locales:
- Locales de 51 a 100 m²: 2,07 euros/m².
- Locales de 101 a 400 m²: 1,66 euros/m².
- Locales de 401 a 2.500 m²: 1,30 euros/m².
- Locales de 2.501 m²: 1,09 euros/m².
- En cualquier caso, con un máximo de 2.850,00 euros.
–De actividades inocuas: 56,50 euros.
–Licencias de obras:
- 0,5 % sobre presupuesto de ejecución material con un mínimo de 35,50 euros.
–Licencias de segregación:
- 35,50 euros por parcela resultante.
–Licencias de primera utilización de viviendas:
- 0,1 % sobre presupuesto de ejecución material con un mínimo de 35,50 euros.
ORDENANZA 4
Apertura y traspaso de establecimientos (en función de m² útiles de local).
–Apertura de establecimientos:
- Hasta 100 m²: 186,40 euros.
- De 101 a 400 m²: 238,10 euros.
- De 401 a 1.000 m²: 341,65 euros.
- Superiores a 1.000 m²: 517,65 euros.
–Traspaso de establecimientos:
ORDENANZA 5
Tasas por apertura de zanjas y pavimentos.
–Menos de 1 metro de ancho: 1,00 euro metro lineal y día.
–Igual o más de 1 metro de ancho: 1,80 euros metro lineal y día. (Los 10 primeros días naturales. A partir del día 11 la tasa se multiplica por dos).
ORDENANZA 6
Precios públicos por utilización de las instalaciones deportivas y recreativas y culturales.
A los efectos del cobro de las tasas correspondientes a la Ordenanza número 6, se considerarán personas empadronadas exclusivamente aquellas que tengan una antigüedad mínima de 6 meses.
A.–Polideportivo municipal.
–Pista cubierta del polideportivo:
- Personas asociadas: 22,50 euros/hora/grupo con luz incluida.
- Personas no asociadas: 46,00 euros/hora/grupo con luz incluida.
- Equipos deportivos federados usuarios del polideportivo municipal que utilicen sus pistas para la actividad deportiva de entrenamientos y desarrollo de partidos de competición: 24,00 euros/año.
–Pistas exteriores (futbito, pádel, tenis):
- Personas usuarias (asociadas y no asociadas): 4,00 euros/hora (por grupo).
- Uso de salas del polideportivo no ocupadas por actividades de la empresa gestora: 13,40 euros/hora.
–Abonos para el polideportivo municipal:
1. Entrada diaria:
EDAD | |
Mayores 16 años | 5,00 euros |
De 9 a 15 años | 4,00 euros |
De 3 a 8 años | 2,30 euros |
2. Abonos:
EDAD | MENSUAL | TRIMESTRAL | ANUAL |
Mayores de 65 años | 22,20 | 42,50 | 151,50 |
De 19 a 65 años | 26,50 | 52,00 | 187,50 |
De 16 a 18 años | 22,50 | 42,50 | 151,50 |
De 9 a15 años | 11,50 | 22,00 | 43,50 |
De 3 a 8 años | 10,00 | 15,00 | 25,00 |
–Matrículas: 34,60 euros.
–Tasa por alquiler de taquillas en el polideportivo municipal: 3,00 euros, al mes, las de los vestuarios generales y por 2,00 euros, las de recepción.
–Los abonos de carácter mensual, que serán de fecha a fecha, no abonarán matrícula.
–Las cuotas del polideportivo se abonarán, bien de forma anual o trimestralmente por anticipado.
–En los abonos familiares (familias completas) con uno/a o dos descendientes, se aplicará, un descuento del 15 %.
–En los abonos a miembros de familias numerosas se aplicará el 50 % de descuento.
–Quienes justifiquen que están en paro se les aplicará un descuento del 15 %, se abonará de una vez y al término del periodo.
–A mayores de 16 años que presenten certificado de estudiante se les aplicará un descuento del 15 %.
–Quienes justifiquen una minusvalía superior a un 65 %, se aplicará un descuento del 50 % siendo gratuito para quien acompañe a la persona minusválida, que no haga uso de las instalaciones.
Nota: Los descuentos no serán acumulativos y en su caso se aplicará el más ventajoso para el abonado o la abonada.
B.–Piscinas de verano.
1. Abonos:
EDAD | PERSONAS NO EMPADRONADAS (Precio temporada) | PERSONAS EMPADRONADAS (Precio temporada) | PERSONAS EMPADRONADAS Y NO EMPADRONADAS (1 mes) |
Mayores de 65 años | 75,00 | 50,00 | 36,00 |
De 19 a 64 años | 97,00 | 64,00 | 47,00 |
De 16 a 18 años | 75,00 | 50,00 | 36,00 |
De 9 a 15 años | 55,00 | 36,00 | 27,00 |
De 3 a 8 años | 19,00 | 12,00 | 10,00 |
–En los abonos se aplicará un descuento del 100 %:
- A hijos o hijas en edades comprendidas de 3 a 15, cuyos progenitores estén en paro de larga duración o sean perceptores de rentas de inclusión social, previa justificación de encontrarse en dicha situación.
–En los abonos se aplicará un descuento del 50 %:
- A las familias numerosas.
- A quienes justifiquen una minusvalía superior a un 65 %, siendo gratuito para quien acompañe a la persona minusválida, que no haga uso de las piscinas.
2. Bono 10 entradas (valido para toda la temporada):
EDAD | DÍA ENTERO |
Mayores 16 años | 40,50 |
De 9 a 15 años | 30,50 |
De 3 a 8 años | 15,00 |
3. Entradas diarias (se considera tarde a partir de las 16:00 h):
EDAD | DÍA ENTERO | TARDES |
Mayores 16 años | 6,00 | 3,50 |
De 9 a 15 años | 4,00 | 2,50 |
De 3 a 8 años | 2,50 | 1,50 |
4. Entradas para duchas:
Por uso exclusivamente de las duchas, participantes en medievales y otros grupos autorizados por el Ayuntamiento 2 euros.
C.–Frontón municipal.
a) Cesión del uso del frontón para la organización de actos.
–Entidades y/o actividades con ánimo de lucro 800,00 euros/día; 150,00 euros/hora.
–Entidades y/o actividades sin ánimo de lucro: 500,00 euros/día; 100,00 euros hora.
–Entidades de carácter social o cultural sin ánimo de lucro: 100,00 euros/día.
Las personas cesionarias deberán de presentar una fianza de 300,00 euros así como un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños y perjuicios que pudieran ocasionar.
Las entidades incluidas en Registro de actividades culturales de Olite quedaran exentas representar fianza.
–Alquiler del frontón a vecinos y vecinas 10,00 euros/hora/grupo (incluye derecho a usar duchas de polideportivo municipal o de piscina en verano).
–Alquiler de frontón a foráneas y foráneos 17,00 euros/hora/grupo (incluye derecho a usar duchas de polideportivo municipal o de piscina en verano).
–Para cursos de grupo no organizados por el Ayuntamiento: 3,50 euros/hora/grupo.
D.–Carpa municipal.
Cesión del uso de la carpa municipal para la organización de actos.
–Entidades y/o actividades con ánimo de lucro 800,00 euros/día; 150,00 euros/hora.
–Entidades y/o actividades sin ánimo de lucro: 500,00 euros/día; 100,00 euros hora.
–Entidades de carácter social o cultural sin ánimo de lucro: 100,00 euros/día.
–Ceremonias matrimoniales/ celebración uniones de hecho: 125,00 euros (máximo 3 horas).
Las personas cesionarias deberán de presentar una fianza de 300 euros así como un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños y perjuicios que pudieran ocasionar.
Las entidades incluidas en Registro de actividades culturales de Olite quedaran exentas representar fianza.
E.–Casa de Cultura.
| SALÓN | SALAS DE ARRIBA |
Actos comerciales y reuniones: Para la utilización del salón, se establece una fianza de 90,00 euros | 100,00 euros euros/acto/día | 35,00 euros euros/acto/día |
Actos políticos en elecciones | 0,00 euros | 0,00 euros |
Actos culturales concertados | 0,00 euros | 0,00 euros |
Para cursos y actividades no organizados por el Ayuntamiento |
Organizados por asociaciones de interés social | 8,00 euros/hora | 4,00 euros/hora |
Otros | 14,00 euros/hora | 6,50 euros/hora |
Los actos comerciales y reuniones únicamente pondrán reservar locales a media jornada o a jornada entera sin prorrateo de horas.
–Cine:
- Entrada para mayores: 4,00 euros.
- Entrada para menores: 4,00 euros.
–Exposiciones:
- Exposiciones con ánimo de lucro (el seguro y el cuidador o cuidadora en su caso, serán por cuenta de la persona interesada): 10,00 euros/día.
- Exposiciones sin ánimo de lucro: 0,00 euros.
Todos los actos que requieran que haya conserje u otro personal municipal para que le sustituya en sus servicios en fin de semana y/o fuera de horario se incrementarán en 11,00 euros/hora/persona.
F.–Actividades escuelas San Francisco.
–Actividades de interés social para la población del municipio (sin ánimo de lucro): exento.
–Cursos organizados por asociaciones de interés social: 8,00 euros/hora.
–Otros: 14,00 euros/hora.
G.–Entradas a la exposición de las Galerías Medievales:
–Mayores: 1,60 euros/persona.
–Menores y grupos: 1,00 euro/persona. (Se consideran grupos a partir de 10 personas).
H.–Reserva galerías medievales.
Cesión del uso para la organización de actos:
–Entidades y/o actividades con ánimo de lucro 500,00 euros/día; 100,00 euros/hora.
–Entidades y/o actividades sin ánimo de lucro: 300,00 euros/día; 75,00 euros hora.
–Entidades de carácter social o cultural sin ánimo de lucro: 100,00 euros/día.
–Ceremonias matrimoniales/ celebración uniones de hecho: 125,00 euros (máximo 3 horas).
Las personas cesionarias deberán de presentar una fianza de 300,00 euros así como un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños y perjuicios que pudieran ocasionar.
Las entidades incluidas en Registro de actividades culturales de Olite quedaran exentas del pago de la tasa y de presentar fianza.
ORDENANZA 7
Aprovechamientos especiales de vuelo, suelo y subsuelo (año).
A) Tanques de combustible en subsuelo público: 66,00 euros.
B) Básculas y descargaderos, aparatos de venta automática, etc.: 40,60 euros/año.
C) Cajeros automáticos, que ocupen vía pública: 406 euros/año.
D) Materiales, escombros, mercancías, etc.:
–De 0 a 30 m²: 0,55 euros/día y m².
–De 30,10 m² a 100 m²: 0,30 euros/día y m².
–Más de 100 m²: 0,15 euros/día y m².
–Mínimo: 40,00 euros.
–Grúa: 10,10 euros/día.
E) Cierre calles: Una cantidad fija de 117,00 euros y a partir del 4.º día incluido 14,00 euros/día.
F) Ocupación vía pública:
1. Mesas y sillas de bares.
–Desde Semana Santa hasta octubre incluido (mesa y máximo de 6 sillas): 67,50 euros (euros/mesa/temporada).
–Todo el año (mesa y máximo de 6 sillas): 96,50 euros/mesa/año.
–Se establece una fianza de 30,00 euros/mesa/año, para garantizar la limpieza viaria.
–Otros objetos en vía pública (barriles, bancos, expositores, etc.), mínimo: 1 m².
- Desde Semana Santa a octubre incluido: día completo, 25,00 euros/m²/temporada; sólo por horario comercial, 10,00 euros/m²/temporada.
- Por todo el año: 30,00 y 15,00 euros, respectivamente.
–En caso de apertura o cierre de nuevos establecimientos se abonará únicamente la tasa correspondiente al semestre natural en que tuvieran abiertos.
2. Mercadillo semanal, ferias y exposiciones: 2,00 euros/m²/día. Para actividades de entidades con ánimo de lucro.
3. Romería de Santa Brígida:
–Bares con ánimo de lucro: 75,00 euros.
–Resto puestos: 25,00 euros.
4. Tarifas Mercadillo medieval:
–Puestos de productos agroalimentarios: 70,00 euros.
–Resto de puestos: 35,00 euros.
5. Ocupación de terrenos por barracas, casetas, instalaciones de recreo, puestos de feriantes (por m² y día): 0,35 euros/día. (Se deberá constituir una fianza de 60,00 euros, pasando ésta a 173,00 euros para los circos).
6. Colocación de barras en otros supuestos no contemplados (sólo permitido a establecimientos de hostelería): 50,00 euros/día.
7. Ocupación de vía publica en días de fiestas o actos especiales (fiestas patronales, día de la vendimia, fiestas de la Virgen del Cólera. etc.), concentraciones de vehículos, etc.
–Puestos de alimentación movibles, hasta 3 días a 50,00 euros/día y desde el 4.º a 10.º día a 30,00 euros/día.
–Otras ocupaciones con elementos móviles: 30,00 euros/día.
G) Ocupación de aparcamiento de autocaravanas: 2,00 euros cada 24 horas.
ORDENANZA 8
Vados.
–Garantía de devolución de placas de la concesión: 100,00 euros.
Se devolverá la garantía en el momento de la restitución de las placas en buen estado de uso.
–Todas las calles: 28,00 euros/año.
ORDENANZA 10
Tasas por servicios en el cementerio.
1. Cementerio:
| POR LA CONCESIÓN (euros) | POR EL MANTENIMIENTO ANUAL (euros/año) |
NICHOS |
Concesión por 50 años | 1.418,36 | 6,83 |
Prórrogas ilimitadas cada 15 años | 458,63 |
TUMBAS |
TRES ALTURAS |
Concesión 75 años | 3.463,07 | 13,77 |
Única prorroga por 15 años | 1.035,30 | |
DOS ALTURAS |
Concesión 75 años | 2.997,19 | 10,35 |
Única prorroga por 15 años | 688,47 | |
UNA ALTURA |
Concesión por 75 años | 1.309,30 | 6,83 |
Única prorroga por 15 años | 458,64 | |
COLUMBARIOS |
Concesión por 25 años | 300,23 | 3,47 |
Prorrogas de 10 años | 113,80 |
PANTEONES |
Concesión por 99 años | 10.330,22 | –Panteón de capilla o dos fosas + pasillo: 31,37 –Panteón de dos fosas: 20,70 –Panteón de una fosa: 13,77 |
Prorrogas por 50 años | 3.442,30 |
El plazo computará a partir de la fecha del último enterramiento existente. A las concesiones otorgadas con anterioridad, se les incrementará los años de concesión, en función del tipo tumba, panteón, nicho o columbario otorgado, con arreglo a los años aprobados. |
–Por la utilización de las dependencias municipales en el cementerio 20,00 euros/hora.
2. Derechos de enterramiento y traslados de restos: se repercutirá el coste de la empresa contratada.
ORDENANZA 11
Tasa por utilización de dependencias municipales.
–Sala de plenos: 125,00 euros/acto/día.
ORDENANZA 17
Tasas Escuela de Música.
–Por matrícula: 60,00 euros.
–Por asignatura: 22,00 euros.
–Pagos mensuales para el alumnado:
- Lenguaje musical:
- Preparación para ingreso en el conservatorio 36,00 euros.
- Niños y niñas:
- 2 clases semanales de 1 hora 15 minutos: 25,00 euros.
- 2 clases semanales de 1 hora 30 minutos: 31,00 euros.
- Personas adultas:
- 1 clase semanal de 1 hora 30 minutos: 25,50 euros.
- Instrumento:
- 30 minutos semanales: 36,50 euros.
- 45 minutos semanales: 54,00 euros.
–Taller de 2 horas semanales: 21,00 euros.
–Conjunto coral de 1 hora semanal: 10,70 euros.
–Conjunto instrumental de 1 hora: 10,70 euros.
–Clases de informática: 30,00 euros/mes.
–Utilización de instrumentos musicales por personal que no sea de la Escuela de Música: 3,50 euros/hora.
–Por la utilización de instrumentos musicales al alumnado de la escuela: 11,50 euros mensuales.
El alumnado foráneo paga las tasas anteriores incrementadas un 30 %. Reducción de tasas por familia numerosa del 50 %, excepto en matrícula.
Personas mayores de 65 años y unidades familiares con tres o más miembros matriculados en la Escuela de Música (excepto para familias numerosas) estarán exentos del pago de la matrícula y de lo que se paga por asignatura en la matriculación.
Miembros del Coro infantil que no estén matriculados en la Escuela de Música: 3,00 euros mensuales.
ORDENANZA 18
Aprovechamiento y disfrute de comunales.
El canon de los aprovechamientos comunales se actualizará anualmente aplicando la variación del índice de precios al consumo de Navarra.
Se establece una repercusión de los costes fijos, por uso de agua en parcelas de regadío sin amueblar: equivalente a 193,80 euros/ha (incrementado cada año en función del I.P.C.), descontando la parte del canon que se cobre.
–Colocación de colmenas:
- Hasta 10 colmenas: 34,00 euros/año.
- Hasta 25 colmenas: 46,10 euros/año.
- Hasta 50 colmenas: 61,00 euros/año.
- Más de 50 colmenas: Las primeras 50 colmenas 61,00 euros/año y resto a 1,00 euro/colmena/año.
ORDENANZA 19
Aprovechamiento de pastos municipales.
–Corralizas:
- Monte encinar: Según precio adjudicación.
- Cesión de uso de corral y hierbas anejas: 360,00 euros/mes.
ORDENANZA 26 B
Sanidad y seguridad y reguladora de la tenencia de animales.
–Por expedición de licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos: 50,00 euros.
–Inscripción de perros en el Registro: 35,00 euros.
Otras tasas.
–Anuncios programas de fiestas:
- Página entera: 119,00 euros.
- Media página: 74,50 euros.
- 1/4 de página: 52,00 euros.
- Publicaciones del Ayuntamiento:
- Programa fiestas: 3,50 euros.
–Servicio voy y vengo: 2 euros/viaje.
Lo que se hace público para conocimiento y efectos.
Olite-Erriberri, 26 de diciembre de 2019.–La Alcaldesa, Maite Garbayo Valencia.
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