2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
ETXALAR
Aprobación definitiva de modificación de Ordenanzas fiscales
El Pleno del Ayuntamiento de Etxalar, en sesión celebrada el día 26 de septiembre de 2019, aprobó inicialmente la modificación de tasas y precios correspondientes a varias ordenanzas municipales (Ordenanza reguladora de utilización de locales, casa de cultura e instalaciones municipales; ordenanza reguladora de suministro de agua y saneamiento; ordenanza reguladora de utilización privativa o aprovechamiento especial de suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local; ordenanza de cementerio y distribución de sepulturas y ordenanza reguladora de ceremonias civiles).
Publicado anuncio en el Boletín Oficial de Navarra de fecha 4 de octubre de 2019, dicha modificación fue expuesta al público durante 30 días, sin que se formulara ninguna reclamación por persona interesada. Por tanto, las tasas y precios públicos se entienden aprobados definitivamente.
Etxalar, 29 de noviembre de 2019.–El Alcalde, Miguel María Irigoien Sanzberro.
ANEXO
ORDENANZA REGULADORA DE TASAS
POR UTILIZACIÓN DE LOCALES, CASA DE CULTURA, INSTALACIONES DE PISCINAS Y FRONTÓN MUNICIPALES
Uso de piscinas
Temporada:
Menores de 7 años | exentos/as |
De 7 a 10 años | 14,26 euros |
De 11 a 16 años | 23,76 euros |
Mayores de 16 años | 46,12 euros |
Familiar (progenitores y menores de 16 años) | 100,12 euros |
Mensual:
Menores de 7 años | exentos/as |
De 7 a 10 años | 9,18 euros |
De 11 a 16 años | 16,96 euros |
Mayores de 16 años | 33,10 euros |
Semanal:
Menores de 7 años | exentos/as |
De 7 a 10 años | 5,24 euros |
De 11 a 16 años | 9,61 euros |
Mayores de 16 años | 18,74 euros |
Entradas:
Menores de 7 años | exentos/as |
De 7 a 10 años | 3,00 euros |
De 11 a 16 años | 4,50 euros |
Mayores de 16 años | 6,00 euros |
ORDENANZA REGULADORA DE TARIFAS
POR SUMINISTRO DE AGUA Y SANEAMIENTO
Tarifas-Suministro de agua
Para el uso de las viviendas:
El mínimo será de 30 m³ al trimestre, a razón de | 0,225 euros por m³ |
A partir de los 31 m³ | 0,282 euros por m³ |
A partir de los 71 m³ | 0,449 euros por m³ |
A partir de los 120 m³ | 0,563 euros por m³ |
Saneamiento | 0,112 euros por m³ de consumo real de agua |
Enganche a red pública | 58,65 euros |
Se deberá instalar un contador para cada vivienda. |
Para el resto de los usos: Industria, taller, comercio, bares, restaurantes, casas rurales, peluquerías, etc.:
El mínimo será de 30 m³ al trimestre, a razón de | 0,260 euros por m³ |
A partir de los 31 m³ | 0,323 euros por m³ |
A partir de los 71 m³ | 0,517 euros por m³ |
A partir de los 120 m³ | 0,648 euros por m³ |
Saneamiento | 0,112 euros por m³ de consumo real de agua |
Enganche a red pública | 58,65 euros |
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL SUELO, VUELO Y SUBSUELO DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL
Mesas y sillas | 10,20 euros por mesa en la época de verano |
Puestos y barracas | 10,20 euros por unidad durante las fiestas |
Contenedores de obras | 45,90 euros |
Por apilar leña en la calle | 45,90 euros |
Ocupación de vía pública (andamios, vallados, etc.) | 45,90 euros |
Colocación de grúas en la vía pública | 45,90 euros |
Entrada panadería | 244,80 euros |
ORDENANZA DEL CEMENTERIO
Y DE LA DISTRIBUCIÓN DE SEPULTURAS
Concesión sepultura | 50,00 euros |
Concesión panteón | 100,00 euros |
Inhumaciones/Exhumaciones (tierra o panteón) | 150,00 euros |
Inhumación urnas funerarias | 60,00 euros |
Limpieza de sepulturas | 10,00 euros |
ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS
POR CELEBRACIÓN DE CEREMONIAS CIVILES
Matrimonios civiles |
–Una persona o ambas personas contrayentes empadronadas en Etxalar | 40,00 euros |
–Personas contrayentes no empadronadas en Etxalar | 75,00 euros |
Despedidas civiles por defunción (sin distinción de lugar de empadronamiento) | 30,00 euros |
Código del anuncio: L1915615