BOLETÍN Nº 242 - 11 de diciembre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 59/2019, de 20 de noviembre de 2019, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se fijan los plazos y fechas para el ingreso de fondos y presentación de documentos y envíos telemáticos por las entidades colaboradoras en la recaudación de la Hacienda Foral de Navarra para el año 2020.

En el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, se regulan en el Libro II, en su Capítulo II, las relaciones con las entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Hacienda Foral de Navarra.

El artículo 81.1 de dicho reglamento establece que el Consejero de Economía y Hacienda determinará el lugar, plazo, forma y demás condiciones en que las entidades colaboradoras efectuarán el ingreso y remitirán la información.

La lógica alteración anual de los días hábiles obliga a fijar cada año el calendario de las quincenas en función, según el artículo 81.2, de los días inhábiles de Pamplona.

En consecuencia, ORDENO:

1.º Para el año 2020, los plazos y fechas fijados para el abono en la cuenta corriente general de la Comunidad Foral de Navarra y para la presentación de la documentación y envíos telemáticos de la recaudación efectuada por las entidades colaboradoras de la Hacienda Foral de Navarra, serán las que se detallan a continuación:

QUINCENAS

DÍAS QUINCENA
(ambos inclusive)

FECHA VALOR
ABONO EN CUENTA
CORRIENTE GENERAL

FECHA LÍMITE PRESENTACIÓN DOCUMENTOS O ENVÍO TELEMÁTICO

Meses

Denomin./

mes

Número Orden

Enero

1.ª

1

21 de diciembre

7 de enero

13 de enero

14 de enero

Enero

2.ª

2

8 de enero

20 de enero

27 de enero

28 de enero

Febrero

1.ª

3

21 de enero

5 de febrero

10 de febrero

11 de febrero

Febrero

2.ª

4

6 de febrero

20 de febrero

25 de febrero

26 de febrero

Marzo

1.ª

5

21 de febrero

5 de marzo

10 de marzo

11 de marzo

Marzo

2.ª

6

6 de marzo

20 de marzo

25 de marzo

26 de marzo

Abril

1.ª

7

21 de marzo

6 de abril

14 de abril

15 de abril

Abril

2.ª

8

7 de abril

20 de abril

27 de abril

28 de abril

Mayo

1.ª

9

21 de abril

5 de mayo

11 de mayo

12 de mayo

Mayo

2.ª

10

6 de mayo

20 de mayo

25 de mayo

26 de mayo

Junio

1.ª

11

21 de mayo

5 de junio

10 de junio

11 de junio

Junio

2.ª

12

6 de junio

22 de junio

29 de junio

30 de junio

Julio

1.ª

13

23 de junio

6 de julio

13 de julio

14 de julio

Julio

2.ª

14

7 de julio

20 de julio

27 de julio

28 de julio

Agosto

1.ª

15

21 de julio

5 de agosto

10 de agosto

11 de agosto

Agosto

2.ª

16

6 de agosto

20 de agosto

25 de agosto

26 de agosto

Septiembre

1.ª

17

21 de agosto

7 de septiembre

14 de septiembre

15 de septiembre

Septiembre

2.ª

18

8 de septiembre

21 de septiembre

28 de septiembre

29 de septiembre

Octubre

1.ª

19

22 de septiembre

5 de octubre

13 de octubre

14 de octubre

Octubre

2.ª

20

6 de octubre

20 de octubre

26 de octubre

27 de octubre

Noviembre

1.ª

21

21 de octubre

5 de noviembre

10 de noviembre

11 de noviembre

Noviembre

2.ª

22

6 de noviembre

20 de noviembre

25 de noviembre

26 de noviembre

Diciembre

1.ª

23

21 de noviembre

9 de diciembre

14 de diciembre

15 de diciembre

Diciembre

2.ª

24

10 de diciembre

21 de diciembre

28 de diciembre

29 de diciembre

2.º El documento de orden de abono en la cuenta corriente general de los ingresos recaudados en cada quincena, deberá remitirse por correo electrónico a la Sección de Tesorería (seccion.tesoreria@navarra.es) antes de las 15 horas del día fijado como fecha valor en el dispositivo anterior.

3.º Notificar esta Orden Foral al Servicio de Presupuestos y Política Financiera, al Servicio de Contabilidad, al Servicio de Intervención General, al Servicio de Recaudación, a la Sección de Aplicación y Control de Recaudación, a la Sección de Tesorería y a las entidades financieras colaboradoras, y disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 20 de noviembre de 2019.–La Consejera de Economía y Hacienda, Elma Saiz Delgado.

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