BOLETÍN Nº 230 - 21 de noviembre de 2019

6. Otros anuncios

6.2. Anuncios de particulares

FUNDACIÓN NAVARRA PARA LA GESTIÓN DE SERVICIOS SOCIALES PÚBLICOS

Convocatoria para la provisión de una plaza de Director Técnico al servicio de la Fundación Navarra para la Gestión de Servicios Sociales Públicos

1.–Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión de una plaza del puesto de trabajo de Director-Técnico al servicio de la Fundación Navarra para la gestión de servicios sociales públicos.

La formación académica que permite acceder a la convocatoria es la de Diplomado/a o Licenciado/Graduado/a.

La persona seleccionada como consecuencia de esta convocatoria será contratada en régimen laboral y por tiempo indefinido, una vez superado el período de prueba que, con carácter máximo, establece el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

El puesto de trabajo estará dotado con las remuneraciones aprobadas por el Patronato de la Fundación, que ascenderán a 48.383,02 euros brutos anuales.

El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio.

2.–Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a las pruebas, los aspirantes deberán reunir en la fecha en la que termine el plazo de presentación de solicitudes los requisitos siguientes:

1.–Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemple la libre circulación de trabajadores.

2.–Ser mayor de edad y no exceder la edad de jubilación forzosa.

3.–Estar en posesión del título de Diplomado/a o Licenciado/Graduado/a.

4.–Estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase B.

5.–Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

6.–No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los requisitos deberán acreditarse por los aspirantes propuestos para el trabajo, en el plazo y forma previstos en la base 7 de la convocatoria.

3.–Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en el procedimiento selectivo deberán solicitarlo mediante instancia de participación, que figura en el Anexo I de la convocatoria.

Junto con la instancia de participación deberán presentar fotocopia del Documento Nacional de Identidad, o carta de identidad equivalente. Además se deberá adjuntar curriculum vitae, acompañado necesariamente de la documentación acreditativa de los méritos alegados.

Las solicitudes deberán ajustarse al modelo del Anexo de la convocatoria, y en ella los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas.

El modelo de instancia se facilitará en las oficinas de la Fundación Navarra para la gestión de servicios sociales públicos, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.fundaciongizain.es.

3.2. Quienes participen con una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 deberán indicarlo en la instancia de participación y deberán adjuntar a la misma la documentación que la acredite, expedida por el órgano competente.

Asimismo, podrán solicitar adaptaciones de tiempos y medios que consideren necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y, además, expresar en hoja aparte las adaptaciones que solicitan. Estos aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 serán remitidos a la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, para las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas.

3.3. La presentación de solicitudes de participación en la convocatoria deberá realizarse en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Las solicitudes para participar en la convocatoria se presentarán en el Registro del Departamento de Derechos Sociales (calle González Tablas 7, Pamplona), o en su defecto por correo, en cuyo caso deberán remitir antes de la finalización del plazo de solicitudes un correo electrónico a la dirección de correo gizain@fundaciongizain.es comunicando dicho envío por correo.

En el caso de presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de correos, antes de ser certificada y enviada al Registro del Departamento de Derechos Sociales.

A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

Justificante de haber abonado la cantidad de 25 euros en concepto de pago de derechos por formalización de expediente y derechos de examen.

La falta de pago de los derechos de examen y de la presentación de la instancia determinará la exclusión del aspirante.

El abono de dichos derechos de examen se realizará mediante ingreso efectivo, o transferencia bancaria, al número de cuenta: ES20 2100 8988 8102 0001 7621, en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

–Concepto: nombre y apellidos del aspirante.

–DNI/NIF.

–Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación, reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional. La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado.

En la Fundación Navarra para la gestión de servicios sociales públicos se facilitará el modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de internet en la dirección anteriormente señalada.

3.4. Características de la plaza.

El objeto de la presente convocatoria es la cobertura de la plaza de Director/a Técnico de la Fundación.

Las funciones del puesto serán las de dirección y coordinación técnica de los diferentes centros y servicios que debe gestionar la Fundación:

–Los centros de servicios sociales.

–Los Servicios de Observación y Acogida de menores para perfiles en situación de desprotección y conflicto.

–El Centro de día, dentro del servicio de ejecución de medidas judiciales en medio abierto.

–Aquellas otras actividades o servicios que se le pueda encomendar a la Fundación.

Asimismo, asumirá las relaciones con los servicios sociales de base y con el Gobierno de Navarra, y la determinación de los protocolos y procedimientos a aplicar en los diferentes servicios que gestiona la Fundación.

Por otra parte, será la figura responsable de la política de calidad, así como de desarrollar e implantar el plan estratégico en la entidad.

4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente/a del Tribunal calificador, aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en la página web y en el tablón de anuncios de las oficinas de la Fundación pudiendo formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido en el plazo de 10 días.

Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Presidente/a del Tribunal calificador aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en la página web www.fundaciongizain.es y en el tablón de anuncios de la Fundación. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5.–Tribunal calificador.

El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Andrés Carbonero Martínez, Director General de Protección Social y Cooperación al Desarrollo.

Suplente: Doña Inés Francés Román, Directora de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas.

Vocal-Secretario: Don Pedro Ardaiz Labairu, Director-Gerente de la Fundación navarra para la gestión de servicios sociales públicos.

Suplente: Doña Cristina Iribarren, Directora Gerente de la Fundación Navarra para la Tutela de Personas Adultas.

Vocal: Don Ignacio Iriarte Aristu, Secretario General Técnico del Departamento de Derechos Sociales.

Suplente: Doña María Alba Fernández García, Jefa de la Sección de Régimen Jurídico de Inclusión, Protección Social y Familia.

Vocal: Doña María Dolores Gutiérrez Urrestarazu, Directora del Servicio de Atención Primaria e Inclusión Social.

Suplente: Doña María Carmen Urra Urriza, Jefa de Sección de Atención Primaria y Comunitaria.

Vocal: Don Miguel Angel Gurbindo Marín, Subdirector de Familia y Menores.

Suplente: Doña Ana Isabel García López, Jefa de Sección de Valoración de Situaciones de Desprotección.

El Tribunal Calificador deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, de al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran las aludidas circunstancias.

El Tribunal calificador resolverá por mayoría simple todas las cuestiones que puedan plantearse en la relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

El Tribunal calificador podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal calificador limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.–Desarrollo de las pruebas.

6.1. Las pruebas darán comienzo a partir del mes de diciembre de 2019. Con la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

6.2. Las pruebas consistirán en:

Primera parte: Valoración de méritos. Se valorará la experiencia profesional y los méritos aportados por los candidatos en relación con el perfil de la plaza. En especial se valorará la experiencia en la coordinación y dirección de equipos y/o la experiencia en cargos de responsabilidad en el ámbito de los servicios sociales y de la protección de menores.

Además de la experiencia profesional se valorará la formación académica y formación especializada en relación con el perfil de la plaza.

Para la valoración de la experiencia profesional se exigirá un mínimo de 3 años de experiencia, adjudicándose hasta un máximo de un punto por año, en función del tipo de puesto desempeñado, siendo la puntuación máxima de este apartado 15 puntos.

Para la valoración de la formación académica se valorará preferentemente las titulaciones y cursos de especialización en el campo de las Ciencias Sociales, la Educación, o la Psicología, hasta un máximo de 15 puntos.

Esta primera parte será calificada con una puntuación máxima de 30 puntos y tendrá carácter eliminatorio, siendo necesario obtener al menos 15 puntos.

Segunda parte: Presentación y defensa ante el tribunal de un proyecto/memoria sobre el desempeño del puesto y la estrategia corporativa a seguir en la presente legislatura detallando los objetivos y líneas estratégicas conforme a las características de la plaza establecidas en la base 4.

El proyecto/memoria tendrá un máximo de 25.000 caracteres (contando los espacios) y se le podrá adjuntar la documentación adicional que se considere oportuna.

La segunda prueba será calificada con una puntuación máxima de 70 puntos, quedando eliminadas aquellas personas que no alcancen al menos 35 puntos de la puntuación máxima establecida en la prueba.

La puntuación final del proceso selectivo se valorará con una puntuación máxima de 100 puntos.

6.3. Terminada la calificación de cada parte, el Tribunal calificador publicará en el Tablón de anuncios de la Fundación Navarra para la gestión de servicios sociales públicos la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas. La relación mencionada podrá ser consultada a través de internet en la dirección www.fundaciongizain.es.

6.4. La convocatoria de la segunda prueba se hará mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o permiso de conducir. Quedarán excluidos los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad, mediante alguno de los documentos citados.

6.5. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7.–Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

Concluidas las pruebas, el Tribunal calificador publicará en la página web y en el Tablón de anuncios de la Fundación Navarra para la gestión de servicios sociales públicos, la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en el proceso y elevará a la Gerencia de la Fundación, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta del nombramiento a favor del aspirante aprobado con mayor puntuación. La referida propuesta se publicará en la página web y en el Tablón de anuncios de la Fundación.

Los empates que se produzcan se dirimirán a favor de los aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido en el segundo ejercicio.

El/la aspirante propuesta deberá aportar a la Fundación Navarra para la gestión de servicios sociales públicos, en el plazo de 20 días naturales desde la publicación, la siguiente documentación:

1.–Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

2.–Fotocopia compulsada el Título de Diplomado/a, Licenciado/Graduado/a.

3.–Declaración jurada de no haber sido inhabilitado/a ni suspendido/a para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado/a del servicio de una Administración Pública.

4.–Número de la Seguridad Social.

5.–Quienes dentro del plazo exigido y, salvo casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

8.–Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

El nombramiento y firma del contrato le conferirá a la persona candidata carácter de trabajador de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes derivados del régimen jurídico de aplicación.

La residencia en localidad distinta de la de su destino no implicará compensación alguna por desplazamiento al lugar de trabajo.

En el caso de que el candidato/a seleccionado no supere el período de prueba, se llamará al siguiente aspirante por orden de puntuación.

El/la aspirante que no suscriba el contrato perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de empleados fijos en régimen laboral, procediéndose en este caso al llamamiento del siguiente aspirante por orden de puntuación.

9.–Listas de aspirantes a la contratación temporal.

Se constituirá una lista de aspirantes a la contratación temporal con aquellos aspirantes que hayan superado las pruebas del proceso y no hayan obtenido plaza.

Dicha lista se podrá utilizar para la cobertura de sustituciones o plazas vacantes de determinados puestos de responsable o coordinador/a en el ámbito la Fundación.

El orden de aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado por la obtención de mayor de puntuación en el proceso.

Los empates que se produzcan se resolverán de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria.

La inclusión en la relación de aspirantes a la contratación personal no prejuzga que se reconozca a los/as interesados/as la posesión de los requisitos establecidos en esta convocatoria en la base 2, los cuales deberán ser acreditados conforme a dicha base. Únicamente, los aspirantes que resulten llamados deberán acreditar documentalmente estos requisitos.

El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el período de contratación.

La validez de la lista será de 5 años, salvo en el caso de elaboración de una nueva lista antes de dicho plazo.

Pamplona, 12 de noviembre de 2019.–El Director-Gerente, Pedro María Ardaiz Labairu.

ANEXO I

Instancia (PDF).

ANEXO II

Declaración sobre percepción de renta (PDF).

Código del anuncio: P1914476