BOLETÍN Nº 230 - 21 de noviembre de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

NOÁIN (VALLE DE ELORZ)

Plan de Control Tributario 2020 a 2022

El Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), en sesión plenaria celebrada el día 12 de noviembre de 2019, aprobó por unanimidad el Plan Municipal de Control Tributario para los ejercicios 2020 a 2022, con el alcance y contenido definidos en la Ley Foral 13/2000 General Tributaria de Navarra, y en el Reglamento de la Inspección Tributaria de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 152/2001.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 137 de la Ley Foral 13/2000 General Tributaria de Navarra, se procede a la publicación del texto íntegro del citado plan a los efectos procedentes.

Noáin (Valle de Elorz), 13 de noviembre de 2019.–El Alcalde-Presidente, Sebastián Marco Zaratiegui.

INTRODUCCIÓN

Primero.

Por parte de los servicios municipales de gestión y de inspección de los Tributos del excelentísimo Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), se hace necesario la elaboración para los ejercicios 2020 a 2022 del correspondiente Plan Municipal de Control Tributario.

El Plan Municipal de Control Tributario constituye un instrumento fundamental en la planificación de las actuaciones de comprobación e investigación que la Administración Municipal va a realizar anualmente. El Plan detalla la cuantía y cualidad de las actuaciones de control a desarrollar y que van a permitir alcanzar los objetivos fijados en el ejercicio.

Segundo.

Los objetivos generales del Plan Municipal de Control Tributario han de ser fundamentalmente dos, por un lado el objetivo de justicia tributaria obedeciendo al mandato constitucional del artículo 31.1 de la Constitución, cuyo tenor literal es el siguiente: “Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio”.

Y por otro lado el objetivo recogido en el artículo 142 de la Constitución, basado en el principio de suficiencia económica de los entes locales, con el siguiente contenido:

“Las Haciendas Locales deberán disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la ley atribuye a las Corporaciones respectivas y se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de participación en los del Estado y de las comunidades autónomas.”

Por tanto, se hace necesaria una planificación coordinada de las tareas a desempeñar por los distintos órganos que llevan a cabo funciones de control del cumplimiento de obligaciones tributarias y de comprobación de valores, dirigiendo los esfuerzos de las Unidades de Inspección a detectar el fraude fiscal y regularización eficaz.

El objetivo principal no es otro que aplicar el sistema tributario propio de las Haciendas Locales de Navarra con la finalidad de obtener los recursos públicos suficientes para la prestación de los servicios públicos, fomentando el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales por parte de todos los contribuyentes y reprimiendo aquellas conductas encaminadas a infringirlo.

Para ello, el Ayuntamiento de Noáin debe llevar a cabo una planificación de sus actuaciones de control tributario, como eje que permite establecer y coordinar las prioridades de los diferentes órganos administrativos que la componen, asignar objetivos y establecer indicadores de medición de los resultados obtenidos.

En dicho proceso planificador es fundamental el Plan de Control Tributario puesto que concreta y establece las líneas prioritarias de actuación de la Hacienda Tributaria de Navarra para esos dos ejercicios.

Tercero.

Bajo la premisa de conseguir dichos objetivos se establecen los criterios generales sobre los que se va a elaborar el Plan de Control Tributario del Ayuntamiento de Noáin. Con la presente Resolución se dan a conocer los criterios y líneas de actuación del Plan de Control Tributario para el año 2020-2022, ofreciendo una visión global e integral de la planificación de dicha actuación de control, cumpliéndose lo preceptuado en el artículo 137 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 10.4 del Decreto Foral 152/2001, de 11 de junio, que aprueba el Reglamento de la Inspección Tributaria, donde se dispone expresamente que se proceda a la publicación de los criterios y la líneas de actuación que informan el Plan de Inspección de cada año.

En virtud de lo expuesto y en cumplimiento de las obligaciones establecidas en estas disposiciones, se procede a la publicación de los criterios y las líneas de actuación que informan cada una de las áreas de control tributario.

En consecuencia,

SE ACUERDA:

Primero.–Aprobar los siguientes criterios que informan el Plan de Control Tributario para los años 2020-2022.

1. Criterios generales de actuación.

1.1. Potenciación del sistema de tratamiento de la información en el que se sustenta la actuación de las Haciendas Locales de Navarra, intensificando las actuaciones de obtención de información con trascendencia tributaria, tanto mediante la firma de nuevos acuerdos de intercambio de información y el desarrollo de los ya suscritos con otras Administraciones Tributarias y con los diferentes Departamentos del Gobierno de Navarra, como desarrollando actuaciones selectivas de captación de información.

1.2. Selección eficiente de los contribuyentes que deban ser objeto de control, reforzando las actuaciones coordinadas de selección entre los distintos órganos de control tributario y recaudatorio de la Hacienda Tributaria de Navarra, mediante un análisis de la información que permita lograr una adecuada identificación y ponderación de los riesgos fiscales.

1.3. Potenciación de la lucha contra el fraude en la economía sumergida mediante la realización de actuaciones presenciales de control y de captación de información sobre actividades económicas, así como la verificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias de carácter formal.

1.4. Continuación de la colaboración activa con los órganos jurisdiccionales en los procesos judiciales por delitos contra la Hacienda Local y en otros relacionados con el ámbito tributario. Esta colaboración se manifiesta en diversos ámbitos como el suministro de información a juzgados y tribunales y al Ministerio Fiscal, así como la realización de labores de peritaje y auxilio judicial en el curso del proceso penal.

1.5. Continuación de estrategias y actuaciones encaminadas a potenciar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, el fortalecimiento de su conciencia fiscal y el rechazo social al fraude tributario.

2. Líneas de actuación específicas de comprobación e investigación del fraude tributario.

2.1. Se potenciará la lucha contra el fraude en la economía sumergida mediante la realización de las siguientes actuaciones de prevención control y captación de información:

–Actuaciones presenciales de verificación del cumplimiento de obligaciones de carácter formal, toma de datos de la actividad visitada y de detección de actividades no declaradas.

–Actuaciones de captación y explotación de información de situaciones patrimoniales inconsistentes con el contenido de las declaraciones tributarias, así como de información de otras Administraciones Públicas relativa al ejercicio de actividades económicas.

–Comprobación de la tributación de contribuyentes con signos externos relevantes que no se corresponden con la renta o patrimonio declarados.

2.2. Además entre las actuaciones que se incluyen en el Plan de Control Tributario para los años 2020-2022, se encuentran aquellas derivadas de comunicaciones ante el Servicio de Inspección Tributaria de situaciones anómalas en el orden tributario, instadas por los distintos Órganos Públicos, por otros Departamentos del Gobierno de Navarra, Administraciones tributarias estatal y autonómicas, Entidades Locales de Navarra y demás entes públicos.

Asimismo se incluyen denuncias debidamente motivadas y previo análisis de las mismas.

Código del anuncio: L1914548