BOLETÍN Nº 23 - 4 de febrero de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

ORKOIEN

Convocatoria para la provisión mediante concurso oposición de dos plazas de Empleado Municipal de Servicios Múltiples

Mediante Acuerdo del Pleno municipal de fecha 20 de diciembre de 2018, se ha acordado lo siguiente:

Motivación. El Ayuntamiento de Orkoien ha procedido a la provisión de dos puestos de trabajo de servicios múltiples por vacante tras la promoción de sus anteriores titulares, siendo necesario para el buen funcionamiento y cumplimiento de los servicios de mantenimiento municipales el ir cubriendo de forma paulatina las vacantes creadas. En este sentido en el Boletín Oficial de Navarra número 165 de 27 de agosto de 2018, se aprobó la oferta pública de empleo para 2018 para cubrir dos plazas de empleado servicios múltiples. El alcalde del Ayuntamiento de Orkoien ha ordenado el inicio del procedimiento de provisión de esa vacante que se regirá por las siguientes Bases:

Base 1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso oposición, de dos puestos de trabajo de Empleado Municipal Servicios Múltiples al servicio del Ayuntamiento de Orkoien, en régimen funcionarial, de conformidad con lo contemplado en la plantilla orgánica municipal al haberse producido vacantes en la misma. Por lo que esta convocatoria no supone aumento de la plantilla de personal.

1.2. El nombramiento conferirá a la persona designada, a todos los efectos, el carácter de funcionario/a de nómina y plantilla del Ayuntamiento de Orkoien, desde la toma de posesión, siendo afiliado/a al Régimen General de la Seguridad Social.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado de las retribuciones correspondientes al nivel D de los establecidos en el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás legislación aplicable.

1.4. Bajo la dirección del Ayuntamiento, corresponderán a los designado entre otras las siguientes funciones:

a) Mantenimiento y conservación de inmuebles e instalaciones municipales.

b) Trabajos de albañilería, fontanería, calefacción, climatización, electricidad, y en general de mantenimiento en el municipio cuando sea necesario.

c) Pintado de objetos, paredes, edificios municipales, incluyendo señalización horizontal en calles y colocación y retirada de señalización vertical.

d) Obras de conservación de los bienes públicos.

e) Manejo de maquinaria.

f) Montaje y desmontaje de escenarios de actos festivos y culturales, vallados para festejos taurinos, instalaciones provisionales.

g) Cualesquiera otras labores de carácter municipal que, acomodadas a su categoría, le sean encomendadas.

1.5. El tipo de trabajo y régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

Base 2.–Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. Para ser admitidos/as en este concurso oposición, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad y tener la nacionalidad española, o la que corresponda a los Estados miembros de la Comunidad Económica Europea, o tener relación de parentesco en los términos señalados en la Ley Foral 10/2001, de 24 de mayo. Asimismo, las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por el Estado Español que contemplen la libre circulación de trabajadores.

b) Estar en posesión del título de Graduado en E.S.O, Graduado Escolar, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

c) Poseer la capacidad física o psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

d) No hallarse inhabilitado/a ni suspendido/a para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado/a del servicio de cualquier Administración Pública.

e) Estar en posesión del Permiso de Conducir de categoría B1, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes.

2.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por el/la aspirante aprobado/a que obtenga la plaza, en el plazo y forma prevista en la base 7 de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de solicitudes debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

Base 3.–Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el registro del Ayuntamiento de Orkoien, en el plazo de 30 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, presentando la siguiente documentación:

a) Instancia en modelo oficial publicado como anexo 1, con todos los extremos cumplimentados.

b) Fotocopia del D.N.I. o documento equivalente de identificación.

c) Documentos originales o compulsados de los méritos de la persona aspirante y que son susceptibles de valoración en la presente convocatoria.

Dentro de esta documentación se presentará, si se posee, la correspondiente al nivel de euskera. Si no se posee titulación de euskera y se desea que se valore o considere, deberá indicarse en la instancia que se solicita la realización de prueba de conocimiento de euskera. Dicha prueba será realizada al efecto por el Instituto Navarro del Euskera-Euskarabidea, con anterioridad al comienzo de la oposición.

3.2. El plazo para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Base 4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de las solicitudes, el alcalde dictará la resolución oportuna aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, y ordenando su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, las personas aspirantes excluidas podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, el alcalde dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y ordenará la publicación en el Boletín Oficial de Navarra. En la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Base 5.–Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Carlos Arroniz Loyola, alcalde de Orkoien.

Vocal: Roberto Pascal Garcés, encargado de mantenimiento del Ayuntamiento.

Vocal: Beatriz Gastesi Irañeta, arquitecta técnica del Ayuntamiento de Orkoien.

Vocal: Eva Faure Gurbindo, oficial de jardinería.

Secretario: La Secretaria del Ayuntamiento de Orkoien.

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución y actuación, la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de todas las bases de la convocatoria.

5.4 El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquellas.

Base 6.–Desarrollo del concurso oposición.

6.1. El concurso oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, en la forma indicada en las bases. El total de la puntuación del concurso oposición será de 100 puntos, de los cuales 80 corresponderán a la fase de oposición y 20 puntos a la fase de concurso.

En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinará el lugar, la fecha y la hora de comienzo de las pruebas teóricas.

Una vez publicada la lista definitiva de los aspirantes que haya superado la prueba teórica, se publicará la valoración de los méritos aportados por los aspirantes que hayan superado la prueba teórica.

Posteriormente el Tribunal hará públicas en el tablón de edictos del Ayuntamiento las fechas de celebración de las siguientes pruebas prácticas.

6.2. El concurso oposición constará de los siguientes ejercicios:

6.2.1. Fase de concurso.

Se realizará la valoración de los méritos alegados por los/as aspirantes que hayan superado la prueba teórica, conforme al baremo de méritos detallado en el anexo II. Valoración máxima de esta fase: 20 puntos.

Todos los méritos deberán ser alegados y probados por los/as aspirantes en el momento de presentar la solicitud con documentos originales o compulsados debidamente, teniéndolos por no aportados en caso contrario.

Una vez concluida la valoración de los méritos se hará público el resultado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

6.2.2. Fase de oposición.

La fase de oposición tendrá una puntuación máxima que será de 80 puntos y constará de los siguientes ejercicios:

–Primer ejercicio: Teórico (eliminatorio). Se realizará por el sistema de plicas y consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario con varias opciones de respuestas, de las que sólo una será válida, sobre materias del Anexo III. La puntuación máxima de este ejercicio será de 30 puntos, debiendo alcanzar un mínimo de 15 puntos para aprobar este ejercicio, quedando eliminadas las personas aspirantes que no la obtengan. El Tribunal determinará el tiempo para realizar esta prueba. Las respuestas erróneas se penalizarán restando 0,3 puntos. En caso de que se anule alguna pregunta, se procederá al prorrateo de la puntuación total de la prueba entre las preguntas finalmente válidas.

Finalizada la corrección del ejercicio el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la lista de aspirantes aprobados/as con las calificaciones obtenidas y la fecha, hora y lugar de celebración del siguiente ejercicio de la oposición. Seguidamente, se publicará la relación de la valoración de los méritos de los aspirantes que hayan aprobado.

–Segundo ejercicio: Práctico (eliminatorio). Consistirá en realizar diversas pruebas de índole práctico que podrán realizarse en uno o en varios días, relacionadas con el puesto de trabajo, sobre materias de las relacionadas en el Anexo III. La puntuación máxima de este ejercicio será de 50 puntos, debiendo alcanzar un mínimo de 25 puntos, quedando eliminadas las personas aspirantes que no la obtengan. El Tribunal determinará el tiempo para realizar esta prueba.

Los/as aspirantes serán convocados para los ejercicios mediante llamamiento único, al que acudirán provistos del Documento Nacional de Identidad.

Base 7.–Relación de aprobados y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación de los ejercicios el Tribunal elevará al Ayuntamiento la relación de aprobados/as por orden de puntuación total obtenida, sumando las calificaciones alcanzadas por cada aspirante en la fase de oposición más los de la fase de concurso, y acompañarán la propuesta de nombramiento a favor de la persona aspirante con mayor puntuación.

Dicha propuesta deberá publicarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Navarra.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, la persona aspirante propuesta deberá aportar ante el Ayuntamiento los siguientes documentos:

1.–Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (a compulsar con el original que se presentará en las oficinas municipales) o Certificado del acta de nacimiento.

2.–Copia autenticada o fotocopia (a compulsar con el original que se presentará en las oficinas municipales) de la titulación exigida, o del resultado de haber satisfecho los derechos para su obtención.

3.–Copia autenticada o fotocopia (a compulsar con el original que se presentará en las oficinas municipales) del Permiso de Conducir de Categoría B1.

4.–Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

5.–Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias del cargo.

6.–Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, y acatar la Constitución y las leyes y de cumplir fielmente las obligaciones del cargo.

7.3. Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentaran dichos documentos, no podrán ser nombrados/as quedando anuladas las actuaciones sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la baja se cubrirá con el/la aspirante incluido/a inmediatamente a continuación en la relación de aprobados/as a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

Base 8.–Nombramiento y toma de posesión.

8.1. Concluido el proceso selectivo y aportado por la persona aspirante los documentos a que se refiere la base 8.2 anterior, el alcalde mediante resolución, procederá a su nombramiento como funcionario/a del Ayuntamiento de Orkoien, para el desempeño de Empleado Municipal Subalterno.

8.2. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

8.3. La persona nombrada deberá tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo, y salvo los casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la condición de Empleado/a Municipal de Servicios Múltiples del Ayuntamiento de Orkoien. En tal supuesto se estará a lo establecido en la base 7.4.

Base 9.–Con la relación de personas aprobadas que no hayan obtenido plaza en la convocatoria.

Se confeccionará una única lista de la que el Ayuntamiento de Orkoien, podrá hacer uso para la contratación temporal de personal por riguroso orden de puntuación. Esta lista prevalecerá sobre cualquier otra lista anterior que pudiera existir para el mismo cometido de contrataciones temporales.

Base 10.–Recursos.

Contra la convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de estos y de la actuación de los órganos de selección, podrá interponerse alguno de los siguientes recursos:

A) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la publicación o notificación de los actos o acuerdos recurridos.

B) Recurso contencioso administrativo, ante la sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación o notificación de los actos o acuerdos recurridos.

C) Recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acuerdo, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente a su notificación.

Orkoien, 20 de diciembre de 2018.–El Alcalde, Carlos Arroniz Loyola.

ANEXO I

Impreso de solicitud (PDF).

ANEXO II

Baremo de méritos

A.–Experiencia profesional (máximo 12 puntos):

A.1. Por cada año de servicios prestado en Ayuntamientos o entidades públicas como empleado/a de servicios múltiples (Nivel D), (u otros puestos relacionados con el puesto): 1 puntos hasta un máximo de 7 puntos. Las fracciones de año se valorarán de forma proporcional.

A.2. Por cada año de servicios prestado en Ayuntamientos o entidades públicas como empleado/a de servicios múltiples (Nivel E), (u otros puestos relacionados con el puesto): 0,75 puntos hasta un máximo de 3 puntos. Las fracciones de año se valorarán de forma proporcional.

A.3. Por cada año de servicios prestado en entidades privadas como empleado de servicios múltiples o mantenimiento de instalaciones (u otros puestos relacionados): 0,5 puntos hasta un máximo de 2 puntos.

B.–Formación complementaria (máximo 6,8 puntos):

B.1. Por titulación distinta a la exigida de grado medio, superior o FPII grado o equivalentes en especialidades relacionadas con las funciones del puesto: 3 puntos por cada titulación, como máximo 3 puntos.

B.2. Por cursos de formación relacionada con las funciones del puesto, hasta un máximo de 3,8 puntos.

–Cursos de 20 horas o más cada uno: 0,10 puntos por curso.

–Cursos de 50 horas o más cada uno: 0,25 puntos por curso.

–Cursos de 100 horas o más cada uno: 1 punto por curso.

–Cursos de 15 horas o más cada uno: 1,5 puntos por curso.

–Cursos de 200 horas o más cada uno: 2 puntos por curso.

C.–Conocimientos de euskera (máximo 1,2 puntos):

Por conocimiento de euskera se valorará con 1,2 puntos la acreditación del nivel C1, con 0,96 puntos el nivel B2; con 0,72 el nivel B1; con 0,48 el nivel A2 y con 0,24 puntos el nivel A1.

Para el cómputo de los méritos previstos en los apartados anteriores, acreditados por certificados de la Administración Pública donde trabajó la persona concursante, o la empresa privada legalmente constituida, se tendrán en cuenta los servicios prestados tanto en régimen laboral, eventual o fijo, como administrativo, interino o en propiedad.

Cuando el tiempo de experiencia acreditado no complete anualidades enteras, se obtendrá la correspondiente proporcionalidad.

Para el caso, que la jornada no sea completa también se calculará conforme a la proporcionalidad que corresponda.

Para la justificación de estos méritos se exigirá la presentación de Certificados de las entidades contratantes (públicas o privadas) en los que se deberá indicar el tipo de trabajo realizado, el nivel del puesto de trabajo, el tipo/duración de la jornada, y la duración de dicha contratación.

ANEXO III

Temas oposición

–Organización y administración de las Entidades Locales de Navarra (Ley Foral 6/1990, Título Primero y actualizaciones)

–Régimen de Funcionamiento de las Entidades Locales de Navarra Información y Participación Ciudadanas (Ley Foral 6/1990, Título Tercero y actualizaciones)

–Bienes de las Entidades Locales de Navarra (Ley Foral 6/1990, Título Cuarto y actualizaciones)

–Actividades, Servicios y Obras (Ley Foral 6/1990, Título V y actualizaciones)

–Personal al servicio de las Entidades Locales de Navarra (Ley Foral 6/1990, Título Séptimo y actualizaciones)

–Albañilería, conceptos generales; materiales; herramientas; solados; alicatados; encofrados; levantes de muros; pintura de mobiliario urbano y edificios; mantenimiento de edificios y mobiliario urbano.

–Mantenimiento y reparaciones ordinarias de maquinarias y vehículos.

–Instalación de fontanería, calefacción y climatización: materiales para canalizaciones de fontanería, saneamiento y calefacción; sanitarios; griferías; cisternas; sifones; circuitos de calefacción: elementos, llenado y purgado de aire de circuitos; sala de calderas y elementos singulares de las mismas; sala de climatización y elementos singulares de las mismas. Comprensión de esquemas de fontanería, saneamiento, calefacción y climatización.

–Ejecución de trabajos de soldadura, sistema de soldadura, geometría, soldabilidad de materiales, manejo de maquinaria y seguridad.

–Instalaciones de electricidad e incendios: cuadros de distribución en edificios, interruptor de control de potencia, magnetotérmicos y diferenciales. Iluminación en interior de edificios. Elementos de protección contra incendios. Comprensión de esquemas eléctricos.

–Prevención de Riesgos Laborales, marco normativo: Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. Derechos y deberes. Riesgos ligados a las condiciones de seguridad y el medioambiente de trabajo. Sistemas elementales de control de riesgos: protecciones colectivas y equipos de protección individual. Seguridad vial: Primeros auxilios. Utilización en condiciones de seguridad de andamios metálicos tubulares, escaleras y plataformas elevadoras.

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