BOLETÍN Nº 228 - 19 de noviembre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 107/2019, de 8 de noviembre, del Director General de Medio Ambiente, por la que se delega en las personas titulares de los Servicios de Economía Circular y Cambio Climático, Servicio Forestal y Cinegético y Biodiversidad las competencias abajo especificadas.

La Disposición Final Primera de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral establece que corresponden a las Directoras o Directores Generales las competencias resolutorias atribuidas a las Consejeras y Consejeros por la normativa foral anterior a la misma, con algunas salvedades.

Mediante el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto, publicado en el Boletín Oficial de Navarra de fecha 7 de agosto de 2019, se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el ámbito competencial correspondiente a cada departamento.

Asimismo, mediante el Decreto Foral 96/2019, de 14 de agosto, publicado en el Boletín Oficial de Navarra de 15 de agosto de 2019, se establece la estructura básica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, sin perjuicio de su ulterior desarrollo. En la Disposición Adicional única del citado Decreto Foral, en el apartado 3, se desconcentran en la persona titular de la Dirección General de Medio Ambiente, en su ámbito material de competencias, la titularidad y el ejercicio de las competencias administrativas que, en materia de subvenciones, contratación, responsabilidad patrimonial y de expedientes sancionadores, incluida la autorización y disposición de gastos y el reconocimiento de obligaciones de pago, la normativa vigente atribuye a la persona titular del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Y añade que, igualmente, se desconcentran en la persona titular de la Dirección General de Medio Ambiente, la titularidad y el ejercicio de las competencias administrativas que, en materia de intervención para la protección ambiental y de caza y pesca, la normativa vigente atribuye a la persona titular del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, así como cuantas otras se encuentren desconcentradas en la actualidad en la materia.

Mediante Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente y la Disposición Adicional Cuarta se contempla la desconcentración de competencias en la Dirección General de Medio Ambiente, en idénticos términos a la establecida en el Decreto Foral 96/2019.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, los órganos de la Administración Pública Foral pueden delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la respectiva Administración, de igual o inferior rango, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes.

Asimismo, el citado artículo establece que la delegación de competencias, así como su revocación, podrán ejercitarse en cualquier momento, se aprobarán por el órgano delegante, y se publicarán en el Boletín Oficial de Navarra, así como que los actos y resoluciones administrativas que se dicten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán, a todos los efectos, dictadas por el órgano delegante.

Con el fin de lograr la necesaria eficacia y celeridad en el desarrollo de las actividades del Departamento se considera oportuno delegar determinadas competencias que la normativa vigente atribuye al Director General de Medio Ambiente en las personas titulares de las Direcciones de Servicio dependientes de la citada Dirección General.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 11 y 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Delegar en la persona titular de la Dirección de Servicio de Economía Circular y Cambio Climático las siguientes competencias administrativas que la normativa vigente atribuye a la persona titular de la Dirección General de Medio Ambiente:

a) Resolución respecto de modificaciones significativas, modificaciones de oficio, revisiones, caducidades y extinciones de las autorizaciones ambientales integradas.

b) Resoluciones en materia de Etiqueta Ecológica.

c) Resoluciones en materia de autorizaciones de emisiones de Gases de Efecto Invernadero.

2. Delegar en la persona titular de la Dirección de Servicio Forestal y Cinegético las siguientes competencias administrativas que la normativa vigente atribuye a la persona titular de la Dirección General de Medio Ambiente:

d) Aprobación de los Planes de Ordenación Cinegética y sus modificaciones.

e) Autorizaciones de cambio de uso de monte o terreno forestal.

f) Aprobación de proyectos de repoblación forestal en montes catalogados y en los no catalogados cuando los terrenos objeto de repoblación tengan una cabida superior a 10 hectáreas.

g) Aprobación y/o denegación de los Planes Anuales de Aprovechamiento y Mejora en montes catalogados.

h) Autorizaciones de aprovechamientos forestales en montes no catalogados cuando se trate de aprovechamientos mayores de 100 metros cúbicos de madera o leña.

i) Autorizaciones de mejora y construcción de infraestructuras forestales.

j) La emisión de Resoluciones relacionadas con las peticiones de información formuladas por la ciudadanía.

3. Delegar en la persona titular de la Dirección de Servicio de Biodiversidad las siguientes competencias administrativas que la normativa vigente atribuye a la persona titular de la Dirección General de Medio Ambiente el otorgamiento de las autorizaciones de afecciones ambientales.

4. Las Resoluciones que se dicten en virtud de la delegación realizada se hará constar, expresamente, esta circunstancia y se considerarán, a todos los efectos, dictadas por la persona titular de la Dirección General de Medio Ambiente.

5. Notificar esta Resolución a las personas interesadas, a todos los Servicios de la Dirección General de Medio Ambiente y a la Secretaría General Técnica del Departamento.

6. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 8 de noviembre de 2019.–El Director General de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

Código del anuncio: F1914413