BOLETÍN Nº 219 - 6 de noviembre de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LIÉDENA

Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza reguladora de las ayudas para construcción y rehabilitación de viviendas.

El Pleno del Ayuntamiento de Liédena, en sesión celebrada el día 31 de julio de 2019, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza reguladora de las ayudas para construcción y rehabilitación de viviendas (publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 167, de 26 de agosto de 2019.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva de la citada modificación de Ordenanza, disponiendo la publicación de su texto íntegro, a los efectos pertinentes.

Liédena, 14 de octubre de 2019.–El Alcalde, Ricardo Murillo Delfa.

TEXTO MODIFICADO DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS PARA CONSTRUCCIÓN Y REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS

Ayudas para actuaciones a ejecutar
en el área de rehabilitación preferente

Artículo 9. Ámbito de aplicación y dotación presupuestaria.

Las ayudas de este capítulo se aplican exclusivamente a actuaciones informadas favorablemente por los servicios técnicos municipales, en las que se efectúen las obras mencionadas en el artículo 2, dentro del ámbito de actuación del Área de Rehabilitación Preferente definida en el Plan General Municipal de Liédena aprobado definitivamente por Orden Foral 87/E/2018 de 31 de julio, de la Consejera del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra y publicado en los Boletínes Oficiales de Navarra números 160 y 174 de 20 de agosto y de 7 de septiembre de 2018, o en la normativa urbanística vigente en cada momento en el municipio de Liédena.

Anualmente el Ayuntamiento de Liédena destinará en sus presupuestos una cantidad no inferior al 1% del modulo ponderado aplicable por habitante del Área de Rehabilitación Preferente y año. La dotación presupuestaria para apoyo a la rehabilitación en Área de Rehabilitación Preferente para el ejercicio de 2019 ascenderá a la cantidad de tres mil euros, fijando el Ayuntamiento en futuros ejercicios presupuestarios y mientras la presente Ordenanza se encuentre en vigor, la dotación que considere oportuna sin que en ningún caso pueda ser inferior al 1% del módulo aplicable por habitante del Área y año.

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