BOLETÍN Nº 213 - 28 de octubre de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

NOÁIN (VALLE DE ELORZ)

Bases reguladoras de la convocatoria para la constitución,
a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes
al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto
de trabajo del Área de Jardinería y Agenda 21 del Ayuntamiento
de Noáin (Valle de Elorz), en orden a la cobertura
de las necesidades que se produzcan en el Servicio

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), mediante Resolución de fecha 11 de septiembre de 2019, ha aprobado las siguientes,

BASES

1.–Objeto de la Convocatoria, funciones a desarrollar y características del puesto.

Es objeto de la presente convocatoria la constitución, mediante pruebas selectivas basadas en los principios de mérito y capacidad, de una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de Empleado/a de jardinería al servicio del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

Las funciones a desarrollar por el personal seleccionado se centran en el mantenimiento de las zonas verdes, y consisten fundamentalmente en la realización de trabajos de mantenimiento de praderas, arbustos, arbolado, sistemas de riego y zonas forestales del municipio. Dichas funciones implican la utilización de herramienta manual, maquinaria pesada, escaleras para poda en altura, elevadores, y toda aquella herramienta y maquinaria necesaria para el mantenimiento de jardines.

El puesto de trabajo estará dotado con las remuneraciones correspondientes al nivel D, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones de aplicación.

Se establece un periodo de prueba de dos meses.

La duración del contrato se dará a conocer en cada caso en el momento del llamamiento.

La jornada laboral, al igual que vacaciones, permisos, licencias y antigüedad se regularán por las disposiciones aplicables al personal funcionario que se recogen en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

2.–Vigencia de la lista constituida.

La relación de aspirantes a contratación temporal cuya constitución es objeto de la presente convocatoria estará vigente hasta que la misma se agote o se inicien procedimientos específicos de selección para la provisión definitiva de las plazas o se realice una nueva lista de contratación temporal.

3.–Requisitos de los participantes.

En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea, o de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores y sus familiares en los términos establecidos en el artículo 7 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.

El resto de extranjeros deberán tener residencia legal en España o disponer del correspondiente permiso de trabajo en vigor.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad establecida para la jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de formación profesional de grado medio, especialización jardinería o forestal.

d) Poseer las capacidades físicas y psíquicas necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

f) Estar en posesión de Permiso de conducción clase B en vigor.

Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, y el incumplimiento sobrevenido de cualquiera de ellos será causa suficiente para no proceder al llamamiento en tanto no cese aquel.

Deberá acreditarse así mismo estar en posesión del certificado de disposición de puntos en el momento de que los/as aspirantes sean llamados por el Ayuntamiento para ocupar un puesto.

4.–Instancias.

Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), sito en Plaza de los Fueros número 3, de 31110 Noáin (en horario de 9:00 a 14:00), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria como Anexo I.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

El plazo de presentación de solicitudes tiene carácter improrrogable.

Junto con la instancia de participación los/as aspirantes deberán aportar fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, de la titulación exigida (o documento que acredite que se está en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes), así como justificante de depósito de la tasa de 13,77 euros prevista en la Ordenanza Fiscal número 5 (*). La tasa a abonar será gratuita para aquellas personas que estén en situación de desempleo sin cobrar ningún tipo de prestación.

(*) El importe de la tasa indicado tiene en consideración la reducción del 55% prevista en la Ordenanza por derechos de examen en convocatorias donde la vacante a cubrir es con carácter temporal.

Los/as aspirantes con minusvalía deberán adjuntar a la instancia de participación, la acreditación de la condición de minusválido/a, expedida por órgano competente y acompañada de certificado médico acreditativo de que tal discapacidad que padece no es una enfermedad o defecto físico o psíquico que le incapacite para el normal ejercicio del puesto de trabajo en modelo especificado en anexo II.

Estos aspirantes podrán solicitar las adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios que sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia expresando en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.

5.–Listas provisionales.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) y en la web municipal (http://www.noain.es) la relación provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as.

Dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en los lugares señalados, los/las aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

En el supuesto de no haber excluidos/as, se pasará a publicar directamente la lista definitiva, con indicación de la fecha, hora y lugar de realización de las pruebas de selección.

6.–Listas definitivas.

Transcurrido el plazo indicado en la base anterior, y una vez resueltas las alegaciones presentadas, se dictará Resolución de alcaldía aprobando las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, y se harán públicas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) y en la web municipal (http://www.noain.es), junto con la fecha y lugar de realización de la prueba de selección prevista.

7.–Tribunal calificador.

7.1. Composición:

–Presidente: Don Sebastián Marco Zaratiegui, Alcalde-Presidente del M.I. Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

Suplente: Don Francisco Javier Erro Lacunza, Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

–Primer vocal: Don Raúl León Goñi, empleado del Área de Jardinería y Agenda 21 del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

Suplente: Don Mikel Baztán Carrera, responsable del Área de Jardinería y Agenda 21 del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

–Segundo vocal: Don Alfredo García Falces Larrañeta, responsable de jardinería del Ayuntamiento de Ansoáin.

Suplente: Doña Silvia Landiribar Rodríguez, empleada de jardinería del Área de Jardinería y Agenda 21 del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

–Tercer vocal: Doña Begoña Lausín Serrano, designada por los representantes de los trabajadores del M.I. Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

Suplente: Don Manuel Sánchez Sánchez, designado por los representantes de los trabajadores del M.I. Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

–Vocal-Secretaria: Isabel García Layana.

Suplente: Carlos Revilla Pascual, Interventor del M.I. Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

7.2. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mayoría absoluta de sus miembros. Asimismo, para su válida constitución se requerirá en todo caso la presencia del Presidente y del Secretario.

7.3. El Tribunal resolverá por mayoría cuantas cuestiones puedan plantearse sobre la interpretación y aplicación de las bases de la presente convocatoria.

7.4. El Tribunal tendrá facultad para acordar la incorporación de asesores para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente en ellas.

7.5. Sus miembros deberán abstenerse de intervenir como tales, notificándolo al Presidente del Tribunal, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Igualmente los/as aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as.

7.6. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

8.–Desarrollo de las pruebas.

La oposición constará de tres ejercicios, y en conjunto tendrá un valor total de 100 puntos.

1.–El primer ejercicio, de 40 puntos, consistirá en un cuestionario tipo test, estará formado por cuarenta preguntas sobre conocimientos tanto generales como específicos de las actividades del puesto de trabajo, y en la que solamente una de las respuestas será la correcta.

La prueba se valorará desde 0 a 40 puntos. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las respuestas incorrectas penalizarán con un 25% del valor de la pregunta. La duración del ejercicio será de 60 minutos y quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo del 30% de la puntuación máxima establecida para la prueba (12 puntos).

2.–El segundo ejercicio consistirá en un supuesto teórico-práctico, de carácter no eliminatorio, valorado con 20 puntos, constará de dos supuestos a desarrollar por los aspirantes. La duración de cada supuesto será de 30 minutos.

El sistema de las pruebas será en sobre cerrado mediante plicas, y en el plazo máximo de 3 días se hará pública la lista de calificaciones y el número de plica asignado señalándose, con una antelación mínima de 48 horas, el momento (día, hora y lugar) de celebración del acto de apertura de plicas, que tendrá carácter de acto público.

En el mismo acto de apertura de plicas se procederá a la fijación de la fecha del segundo ejercicio y se establecerá un plazo para la revisión de los ejercicios a instancia de quienes lo soliciten.

3.–El tercer ejercicio tendrá una valoración de 40 puntos y consistirá en un ejercicio práctico sobre alguno de los trabajos propios del puesto, a realizar en un máximo de 30 minutos, al objeto de valorar por el Tribunal las aptitudes de los aspirantes.

Durante la realización del ejercicio, los miembros del Tribunal, o los técnicos asesores podrán formular preguntas relativas al trabajo realizado, que también se evaluarán a efectos de la puntuación final, junto con la calidad del trabajo realizado o el tiempo invertido para su terminación.

Para la valoración de esta prueba, además de lo señalado en el párrafo anterior, se tendrán en cuenta otras consideraciones como el tratamiento de los residuos generados, la limpieza y el orden y cuidado en la utilización de los materiales, así como en su caso la adopción “motu proprio” de medidas de prevención de riesgos laborales.

En función de las características de la prueba, el Tribunal podrá descalificar directamente, e impedir la continuación de la prueba, a aquellos aspirantes que comiencen el ejercicio sin adoptar las mínimas medidas de protección de riesgos laborales, poniendo en peligro su integridad física o la del resto de presentes en el ejercicio.

El desarrollo del ejercicio se programará en función del número de aspirantes.

La lista quedará formada por los aspirantes en orden a las calificaciones finales obtenidas.

Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único, cada aspirante deberá ir provisto de su DNI, pasaporte o NIE, no pudiendo realizar la prueba sin la exhibición del mismo.

9.–Relación de aprobados y llamamiento.

9.1. Concluidos los ejercicios, los resultados se harán públicos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), en la página web municipal http://www.noain.es y en el lugar de celebración de las pruebas.

La relación de aprobados, por orden de puntuación obtenida, se elevará a Alcaldía junto con el expediente completo del proceso selectivo para su aprobación definitiva.

En caso de empate se procederá a un sorteo entre los aspirantes.

9.2. Si examinada la documentación los/as candidatos/as carecieran de alguno de los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9.3. Los/as aspirantes aprobados podrán ser llamados/as, de acuerdo con las necesidades que se produzcan, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación.

9.4. Para el llamamiento se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la redacción dada por la Ley Foral 13/2015, de 10 de abril, de modificación del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en lo relativo al acceso al empleo público de las personas con discapacidad, previa declaración de compatibilidad para el normal desempeño de las tareas y funciones correspondientes al puesto de trabajo, realizada por los servicios médicos designados por el Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

9.5. El Ayuntamiento se reserva la facultad de exigir a aquellos aspirantes que hayan alegado minusvalía y hayan superado las pruebas la realización de las pruebas de idoneidad al trabajo que se va a desempeñar.

10.–Gestión de la lista.

–Aprobada y publicada la lista definitiva, se realizará llamamiento a los/as aspirantes según riguroso orden de puntuación. La gestión de la lista será responsabilidad de alcaldía, y se tramitará según lo establecido en la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión de la contratación temporal, con la siguiente particularidad:

Los aspirantes seleccionados, salvo que se señale otro plazo, deberán suscribir el oportuno contrato dentro de los 5 días siguientes a la fecha en la que sea avisado a tal efecto, debiendo aportar la documentación precisa para la formalización del contrato de trabajo (DNI, tarjeta de desempleo en su caso, tarjeta de la Seguridad Social), junto con una declaración jurada de no haber sido expulsado de ningún cargo o puesto de trabajo en una Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, así como acreditar encontrarse en posesión del certificado de disposición de puntos.

11.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Noáin (Valle de Elorz), 11 de septiembre de 2019.–El Alcalde-Presidente, Sebastián Marco Zaratiegui.

ANEXO I

Modelo de solicitud (PDF).

ANEXO II

Modelo de capacitación par el puesto de trabajo (PDF).

ANEXO III

Temario de las pruebas

Tema 1.–Labores de creación y conservación de praderas.

Tema 2.–Arbolado, arbustos, vivaces y flor de temporada. Especies, características, instalación, multiplicación, mantenimiento y cuidados. Xerojardinería. Jardinería ecológica.

Tema 3.–Jardinería, ecosistemas forestales y especies vegetales del municipio de Noain-Valle de Elorz.

Tema 4.–Sistemas de riego. Diseño, instalación y mantenimiento.

Tema 5.–Seguridad e higiene en el trabajo.

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