BOLETÍN Nº 213 - 28 de octubre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 1029/2019, de 17 de octubre, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se modifica la base reguladora número 5.A.b) de la convocatoria de subvenciones a entidades que desarrollan en Navarra programas dirigidos a la prevención y reducción del paro de larga duración en personas mayores de 45 años aprobada por Resolución 928/2019, de 11 de septiembre.

Mediante Resolución 928/2019, de 11 de septiembre, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, se aprueba la convocatoria y las bases reguladoras de subvenciones a entidades que desarrollan en Navarra programas dirigidos a la prevención y reducción del paro de larga duración en personas mayores de 45 años.

Con motivo de la actualización de los módulos formativos, es preciso modificar la Base 5 Importe de la subvención y gastos subvencionables, en lo que corresponde al primer párrafo del apartado A. b) Gastos de formación de la citada convocatoria.

Así el primer párrafo “Se subvencionará un módulo de 6,87 euros por persona participante y hora hasta un máximo de 10.000 euros por cada tutor a jornada completa. Si la entidad propone atender a más o a menos personas se subvencionará en la proporción que corresponda”, debe ser sustituido por “La cuantía a conceder dependerá de la familia profesional a la que pertenezca la formación, multiplicando el módulo correspondiente del siguiente cuadro por el número de horas y el número de participantes proyectado, hasta un máximo de 10.000 euros por cada tutor a jornada completa. Si la entidad propone atender a más o a menos personas se subvencionará en la proporción que corresponda.

FAMILIA PROFESIONAL

EUROS/HORA

ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

7,62

ACT. FÍSICAS Y DEPORTIVAS

8,23

AGRARIA

8,00

ARTES GRÁFICAS

7,83

COMERCIO Y MÁRKETING

7,69

ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA

9,32

FABRICACIÓN MECÁNICA

8,22

HOSTELERÍA Y TURISMO

7,72

INFORMÁTICA Y TELECOM.

8,05

INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO

9,18

IMAGEN PERSONAL

8,08

IMAGEN Y SONIDO

7,95

INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

7,94

MADERA, MUEBLE Y CORCHO

8,28

QUÍMICA

8,72

SANIDAD

7,72

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

7,94

SERV. SOCIOCULT. Y A LA COMUNIDAD

7,38

TRANSP. Y MANTENIM. DE VEHÍCULOS

8,05

En cuanto a la formación en competencias técnicas que no corresponda a ninguna de las familias profesionales consignadas en el cuadro anterior, así como para el resto de la formación, el módulo será de 8 euros por participante y hora de formación.”

En consecuencia, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 del Decreto Foral 263/2015, de 2 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare,

RESUELVO:

1.º Modificar la base reguladora número 5.A.b) de la Convocatoria de Subvenciones a entidades que desarrollan en Navarra programas dirigidos a la prevención y reducción del paro de larga duración en personas mayores de 45 años, aprobada por Resolución 928/2019, de 11 de septiembre, que queda redactada en los siguientes términos:

“b) Gastos de Formación:

La cuantía a conceder dependerá de la familia profesional a la que pertenezca la formación, multiplicando el módulo correspondiente del siguiente cuadro por el número de horas y el número de participantes proyectado, hasta un máximo de 10.000 euros por cada tutor a jornada completa. Si la entidad propone atender a más o a menos personas se subvencionará en la proporción que corresponda.

FAMILIA PROFESIONAL

EUROS/HORA

ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

7,62

ACT. FÍSICAS Y DEPORTIVAS

8,23

AGRARIA

8,00

ARTES GRÁFICAS

7,83

COMERCIO Y MÁRKETING

7,69

ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA

9,32

FABRICACIÓN MECÁNICA

8,22

HOSTELERÍA Y TURISMO

7,72

INFORMÁTICA Y TELECOM.

8,05

INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO

9,18

IMAGEN PERSONAL

8,08

IMAGEN Y SONIDO

7,95

INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

7,94

MADERA, MUEBLE Y CORCHO

8,28

QUÍMICA

8,72

SANIDAD

7,72

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

7,94

SERV. SOCIOCULT. Y A LA COMUNIDAD

7,38

TRANSP. Y MANTENIM. DE VEHÍCULOS

8,05

En cuanto a la formación en competencias técnicas que no corresponda a ninguna de las familias profesionales consignadas en el cuadro anterior, así como para el resto de la formación, el módulo será de 8 euros por participante y hora de formación.

La formación no podrá ser impartida, en ningún caso, por el personal tutor.

Todos los gastos deberán producirse en el período de tiempo para el que se concede la subvención”.

2.º Trasladar esta Resolución al Servicio de Fomento del Empleo y Servicios a Empresas del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare y a la Intervención Delegada en el citado organismo autónomo

3.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Derechos Sociales, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 126.3 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

Pamplona, 17 de octubre de 2019.–La Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Miriam Martón Pérez.

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